CARTAS: Contribuciones: impuesto al lujo de estar en Chile
Contribuciones: impuesto lujo de estar en Chile - Señor Director: al impuesto territorial, se cuestiona lo absurdo de imponerlo a jubilados o lo opaco de la determinación de su base.
Pero hay una discusión anterior: ¿ Por qué, si nuestra Constitución nos garantiza la igual repartición de los tributos en proporción o progresión “a las rentas”, las contribuciones se calculan sobre el valor de bienes incluso si pertenecen a personas con pérdidas o son adquiridos con deuda? Aplicar las contribuciones desligadas de la renta leva a absurdos.
Piénsese en profesionales endeudados que, primero, soportan sus impuestos personales; luego, el hipotecario, y, por último, la contribución de bienes raíces, sin poder deducirla de su periódico impuesto a la renta ni del eventual mayor valor cuando vendan el inmueble. Compran gracias a un crédito que se les otorgó no tanto por su patrimonio actual, sino por los flujos que el banco espera que su deudor obtendrá en el futuro. Las empresas tampoco se salvan: mientras más y mejor invierten en su bien raíz esperando con ello obtener utilidades, mayor contribución se les cobra, incluso si el negocio al final no funciona. Así, las contribuciones gravan hoy una mera expectativa de rentas futuras.
Subir por vía administrativa los avalúos suple una reforma tributaria que no salió como el gobierno esperaba y sirve para aplacar el déficit fiscal, desviándose de la clara indicación constitucional de que los tributos no deben aplicarse sobre bienes (lógica del impuesto al lujo), sino sobre la utilidad efectivamente generada. LEONIDAS PRIETO SOCIO PRIETO ABOGADOS