CLINICA ESTETICA ANDALUE LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.957 Miércoles 25 de Septiembre de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2549045 EXTRACTO PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público de Concepción, con oficio en Castellón N 116, certifico: Que por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2024, ante mí, Repertorio N3050/2024, doña PAULA FABIOLA GAETE ARACENA, ingeniera comercial, con domicilio en Rehue N650 departamento 103 B, Andalué, San Pedro de la Paz; y doña ALEJANDRA PAOLA FERRERA BUCHHOLZ, médico cirujano, con domicilio en Alto Nahuelbuta N2510, casa 3, Andalué, San Pedro de la Paz, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada; Razón social: CLINICA ESTETICA ANDALUE LIMITADA; Objeto: a) la prestación de servicios de tratamiento de estética corporal y de belleza de todo tipo, como tratamientos faciales, depilación, maquillaje, masajes, cuidado de pies y manos, y servicios de cosmetología. b) prestación de servicios, consultas y procedimientos médicos relacionados con la salud integral y bienestar, en especial cuidado y estética corporal; c) prestación de servicios de kinesiología; y d) Cualquier otro negocio, actividades y actos que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social; Administración y uso razón social: corresponderá a las socias PAULA FABIOLA GAETE ARACENA y ALEJANDRA PAOLA FERRERA BUCHHOLZ, quienes separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social de la compañía a su firma, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su giro u objeto ordinario, con las más amplias facultades en la forma establecida en la escritura extractada. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años, contados desde la fecha de la escritura extractada.
El plazo se entenderá renovado en forma automática por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante aviso dado a los demás socios otorgando una escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga que estuviere en curso; Capital: El capital de la sociedad es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que los socios aportan de la siguiente manera: 1. Doña PAULA FABIOLA GAETE ARACENA aporta la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS; que se paga en este acto y queda enterado en la caja social. 2. Doña ALEJANDRA PAOLA FERRERA BUCHHOLZ aporta la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS; que se paga en este acto y queda enterado en la caja social. Domicilio: San Pedro de la Paz. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. - Concepción, 23 de septiembre de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2549045 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl