Extractos:
Extractos: Decreto (Exento) N* 1181 de 4 de de 2010, del de Bienes tradición que le hiciere doña MARÍA FELICITA MUÑOZ MÉNDEZ, sirviendo de titulo traslaticio de dominio a escritura privada de compraventa de 25 de noviembre de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hemán Tike Carrasco e inserta bajo el N* 388 en el Registro de Protocolo respectivo.
El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 212852 (dos mil ciento veintiocho coma cincuenta y dos Unidades de Fomento). 32 Lote N? 342, que forma parte de los Sitios NS 1 y 2 de la Manzana 25, inscrito favor del Fisco de Chile a fojas 312 N* 297 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, 1d Catastral N? 289151; enrolado en el Servicio de Impuestos Intemos bajo el N* 15-8.
La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por Decreto (Exento) N* 1063 de 29 de octubre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don LUIS FRANCISCO DÍAZ ROLDAN, de 17 de siiendo de título traslaticio de dominio la escritura privada de cc de 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el N' 239 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U. F. 1.347,81 (mil trescientas cuarenta y siete coma ochenta y una Unidades de Fomento). 33.
Lote 2A, que forma parte del Sitio N* 1 de la Manzana NS 26, inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 75 N* 168 del Registro de Propiedad del año 2012, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, ld. Catastral N0 328530, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el N* 16-10.
La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por Decreto (Exento) N? 797 de 14 de julio de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don LUIS ALFREDO MÉNDEZ MÉNDEZ, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura privada de compraventa de 11 de noviembre de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tke Carrasco e inserta bajo el N* 140 en el Registro de Protocolo F. 647,00 (seiscientas cuarenta y siete coma cero respectivo El precio de venta asciende a la cantidad de U. cero Unidades de Fomento). 34.
Lote 7-2, que forma parte del Sitio N* 7 de la Manzana 27, inscrito a favor del Fisco de Chile fojas 167 N* 155 del Registro de Propiedad del año 2012, del Conservador de Bienes Raices de Chaitén, Id. Catastral N? 329222, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el N* 17-13. La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por Decreto (Exento) N* 653 de 20 de junio de 2011, modificado por.
Decreto (Exento) N' 1268 de 28 de octubre de 2011, ambos del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña MERCEDES CASANOVA DÍAZ, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura 9 de marzo de 2012, ambas otorgadas en privada de compraventa de 18 de noviembre de 2011, rectificada el la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el N? 207 en el Registro de F. 2192.36 (dos mil ciento noventa y dos coma respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U. treinta y sets Unidades de Fomento). 35. Lote N? 182, inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 637 N* 604 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raíces de Chaitén, Id. Catastral N* 326975, enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el N* 21-16.
La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por Decreto (Exento) N? 608 de 16 de junio de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales mediante tradición que le hiciere don HIPÓLITO VILLEGAS RUBILAR, sirviendo de traslaticio de dominio la escritura privada de título compraventa de 23 de junio de 2011, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el N* 560 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.F. 1.160,72 (mil ciento sesenta coma setenta y dos Unidades de Fomento). 236.
Calle Almirante Riveros N? 219 Sitio N? 1 C, Manzana 23, ínscrito a favor del Fisco de Chile fojas 606 N? 571 del Registro de Propiedad del año 2010, del Conservador de Bienes Raices de Chaitén, ld. Catastral N0 321555; enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el N? 13-14.
La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por Decreto (Exento) N? 753 de 09 de septiembre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere doña EVA DEL CARMEN PAVEZ BAEZA, sirviendo de título compr traslaticio de dominio la escritura privada de en la Notaría ¡ de 14 de octubre de 2010, de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el N? 485 en el Registro de Protocolo respectivo, otorgada F. 481,79 (cuatrocientas ochenta y una coma setenta y nueve El precio de venta asciende a la cantidad de U. Unidades de Fomento) 37. Lote A2 del Sitio N*3 de la Manzana 21, inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 85 N*78 del Registro de Propiedad del año 2012, del Conservador de Bienes Raices de Chaitén, ld. Catastral N? 329341; enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el N* 11-7.
La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por Decreto (Exento) N? 1178 de 19 de octubre de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere la SOCIEDAD AGRICOLA FORESTAL REÑIHUE LIMITADA, sirviendo de título la Notaría traslaticio de dominio la escritura privada de. ¡de 29de dic de Puerto Montt de don Hernán Tike Carrasco e inserta bajo el N* 818 en el Registro de Protocolo respectivo, de Unidades de venta asciende El precio Fomento) 2011, a la cantidad de UF. 3.043,70 (tres mil cuarenta y tres coma setenta 38.
La mitad del Sitio 5 de la Manzana 19, de la comuna de Chaitén, inscrito a favor del Fisco de Chile a fojas 840 N? 794 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raices de Chaitén, ld, Catastral N? 289098; envolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el N% 9-3, La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por Decreto (Exento) N* 919 de 11 de agosto de 2011, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hicieren doña MARÍA NILDA CARRASCO ALVAREZ, don MARIO DEL CARMEN CARRASCO ALVAREZ, doña KERNA ALICIA CARRASCO ALVAREZ, doña NANCY MAGALI CARRASCO ALVAREZ doña MARGOT EDITH CARRASCO ALVAREZ y don ERASMO DEL CARMEN CARRASCO RIQUELME, siiendo de título traslaticio de dominio la escritura privada de compraventa de 30 de agosto de 2011, e inserta bajo el N? 717 en el Registro de otorgada en a Notaría de Puerto Montt de don Hernán Tke Carrasco F. 706.25 (setecientas sels coma Protocolo respectivo.
El precio de venta asciende a veinticinco Unidades de Fomento). inscrito a favor del Fisco de Chle a la cantidad de U. 39, Lote N 330, que forma parte de los Sitios N*1 y 2 de la Manzana 25, fojas 298 N* 283 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Bienes Raices de Chaitén 1d Catastral N? 326168; enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el N? 15-7.
La adquisición del inmueble por parte del Fisco de Chile fue autorizada por Decreto (Exento) N? 1278 de 17 de noviembre de 2010, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante tradición que le hiciere don JAIME AUGUSTO RIF FO la escritura privada de compraventa de 25 de noviembre de GÓMEZ sirviendo de titulo taslaticio de dominio 2010, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don Hemán Tke Carrasco e inserta bajo el N 381 en el Registro de Protocolo respectivo. El precio de venta asciende a la cantidad de U.
F. 1330.66 (mil trescientas tueinta coma sesenta I1. - y seis Unidades de Fomento). Ofrézcase primeramente la opción de compra de los inmuebles indicados a quienes lo hubieren vendido al Fisco o asus: La rf legales. pesonas deber aerea pmera opción de compr respec del mueble por ios vendido Fisco, al de Bienes entas si por escrito ante el la zin de Los Lagos dere dal lazo rabo de un ño, da de publicación de la pa resolución en el “Diario Oficial”, firmando el documento que la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Los Lagos tendrá al efecto, en conjunto con una declaración jurada, señalando que no son partes el dominio de la propiedad, objeto de la en ningún juicio pendiente en que se discuta la posesión o gionalSi por cualquier razón opción correspondiere a dos o más personas, todos ellos deberán suscribir la respectiva manifestación y declaración jurada referida en el párrafo anterior.
Para todos los efectos, se entenderá que el domicilio del o los manifestantes es aquel que se señala en la respectiva manifestación de intención de compra, de modo de posibilitar las notificaciones que deban ejecutarse de conformidad con el procedimiento. En aquel domicilio se realizarán las notificaciones pertinentes, mediante carta enviada por correo certificado. Vencido el plazde ou n año antes referino dpo od, rá hacerusso ed e la opción de compra, entendiéndose que el tivo titular de a opción ha renunciado a la misma.
A contar de esa fecha el Fisco podrá disponer del sin ¡ de publicar una nueva b) Recibida la referida en a letra a) en el tiempo y forma el Fisco, por intermedio del Ministerio de Bienes Nacionales, dictará un decreto supremo que autorice la venta del respectivo a favor del o los según corresponda, el que las especificas respecto a precio y condiciones de pago.
Dicho decreto supremo será notificado a Los manifestantes que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en a LeyN * 19880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, con el objeto que procedan a suscribir la escritura privada de compraventa y efectuar el pago del precio.
Una vez notificado el decreto que aprueba la venta, el o los manifestantes, según corresponda, tendrán un plazo máximo de (90) noventa días para firmar el contrato de compraventa en la Notaría que al efecto se señale en la notificación, En caso de que no se suscriba la compraventa en el plazo señalado por todos los manifestantes que corresposen edntaennde, rá por desistida la opción de compra, lo que se centificará por la Secretaría Regional de Bienes Nacionales de la Región de Los Lagos. A partir de ese momento el Fisco podrá disponer libremente del conforme a las reglas generales; para ello el ¡ de Bienes Nacionales dictará un decreto que derogará el acto administrativo autorizatorio de la venta. El ejercicio de la primera opción de compra podrá ser renunciada por los titulares de dicho derecho en ia apartir dela. enel "Diario Oficial" de la presente resolución.
La renuncia deberá constar por escrito y ser presentada ante a Secretaria Regional de Bienes Nacionales de a Región de Bienes Nacionales de Los Lagos o ante cualquier Oficina Provincial de Bienes Nacionales de la misma región. La renuncia válidamente emitida es irrevocable y facultará al Fisco a disponer libremente de los inmuebles. adquiridos a contar de la fecha de la misma. 11.
Establécense las paral a vendte alos ir izados en el numeral precedente, sín perjuicio de aquellas que se establezcan en los correspondientes decretos que autoricen la venta: a) El precio de la venta por cada inmueble será el señalado en cada caso en el numeral precedente, el que se pagará al contado.
Excepcionalmente y por razones fundadas se otorgarán facilidades de pago correspondientes a un pie desde un 20% del valor del inmueble y un saldo de 5 cuotas anuales, acreditación que se deberá realizar ante la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Los Lagos, quien informará la situación particular de cada uno de los inmuebles al momento de elevar las respectivas de venta directa b) Los inmuebles se venderán como especie o cuerpo cierto, en el estado en que éstos se encuentren al momento de perfeccionarse la venta, con todos sus derechos, usos, costumbres y servidumbres, activas y pasivas, libre de hipotecas, gravámenes, prohibiciones y litigios. 0 Para el caso de existir arrendatarios, comodatarlos u otros ocupantes a cualquier título en el inmueble, el Fisco no tendrá la obligación de lanza adicrha s personas. d) La entrega material de la propiedad se verificará cuando se acredite al Secretario Regional Ministerial de Bienes. de la Región de Los Lagos, que la propiedad ha quedado debidamente inscrita a favor del prador o c en el Con de B ienes Raíces la del del a inscripción de dominio e) Los gastos de escritura, derechos notariales e inscripciones, así como cualquier otro que se adeude o. devengue como consecuencia de la venta, será de cargo integro de la parte compradora, El Fisco podrá retractarse de la oferta de venta en el tiempo medio entre la publicación de la resolución en del o de la oferta el “Diario Oficial" y la firma de la que una re deje sin efecto en todo o parte la presente resolución en el Diario Oficial" y en un diario de circulación de la provincia de Palena, IV Publíquese la presente resolución por una sola vez en el Diario Oficial yen un diario e circulación en de Palena y, si no lo hubiere, en uno de la capital de la Región de Los Lagos, conforme a los la provincia términos previstos en el artículo 45 de la Ley N 19.880. V. - del en el sitio acto Publíquese el Ministerio de Bienes.
“actos con efectos electrónico “enla sección "actos y sobre terceros” a objeto de dar cumplimiento con lo previsto en la letra g) del Artículo 7%, del Artículo. del, enta primero, de la Ley N? 20.285 que aprueba la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado. GobiAnótese, notifíquese, publiquese en el “Diario Oficial”, y archívese. "POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA" (FDO) MARCELA SANDOVAL OSORIO. Ministra de Bienes Nacionales. Lo que transcribo a Ud, para su conocimiento. Saluda a Ud, ALICIA BERRERA LAGOS Subsecretaria de Bienes Nacionales (5).