Declaración de Existencia Animal exigida por SAG podrá realizarse durante todo el año
Declaración de Existencia Animal exigida por SAG podrá realizarse durante todo el año Coyhaique-. Para facilitar que las y los propietarios de animales tengan la posibilidad de efectuar la Declaración de Existencia Animal (DEA) ante el Servicio Agrícola yGanadero, se realizó una modificación a lanorma que permitirá que, a partir de ahora, este trámite ya no esté circunscrito a los meses de agosto a noviembre, si no que se podrá realizar en cualquier momento del año y cuantas veces sea necesario, con un mínimo de una declaración anual.
La DEA es un requisito obligatorio para todos los ganaderos y ganaderas que tengan animales de granja a lo largo del país, y abarca desde bovinos, ovinos, porcinos, conejos, caprinos, camélidos, caballos, hasta aves y abejas, entre otros.
El trámite se puede hacerpresencialmente en cualquiera de las oficinasSAG o de manera virtual a través del sistema de trazabilidad SipecWeb (https://sipecweb.sag.gob.cl/), para lo cual la o el propietario debe tener una cuenta y clave que tambiénse solicita en las oficinas del Servicio. Elobjetivo es detallar la totalidad de los animalespresentes en el establecimiento, especificandoespecie y categoría.
El director regional del SAG, Julio Cerda Cordero, destacó la importancia estratégicaque tiene la DEA, afirmando que “estadeclaración es una herramienta esencial para que nuestro Servicio cuente con un registro preciso y actualizado del número total de animales en la región, lo que a su vez facilita una gestión sanitariaeficiente en el ámbitorural, especialmente cuando hay alerta de emergencia por enfermedades.
Por otra parte, la DEA permite prevenir o actuar de manera rápida y oportuna en estas situaciones”. DEA vigente para compra de aretesEn esta misma línea, y para reforzar elPrograma Oficial de Trazabilidad Animaldel SAG, se han establecido nuevos requisitos para la compra de Dispositivosde Identificación Individual Oficial o DIIO, también conocidos como aretes o crotales.
A través de la Resolución 8170 de 2024 del SAG, en vigencia desde diciembre último, se estableció como requisito que productores y productoras, al momento de comprar aretes para su ganado, presenten una copia vigente de la Declaración de Existencia Animal.
Esto permitirá que exista una relación directa entre la cantidad de aretes y de animales que se mantienen en el predio del titular, evitando así el comercio irregular, la venta de terneros sinidentificación y el abigeato.
Es importante recordar que los animales dela especie bovina deben ser identificados antesde los 12 meses de vida y que cualquier traslado de animales sin DIIO o compra de terneros sin DIIO representa un incumplimiento a la norma. También la DEA es fundamental en el caso de trasladar animales de un lugar a otro, es decir, cuando se solicita el Formulario de Movimiento Animal en el SAG..