Resolución exenta número 172, de 2025.- Declara libre de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied) el área reglamentada que indica, Región de O'Higgins, mercado de China 27,2 km brote Chimbarongo
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.067 Miércoles 5 de Febrero de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2603592 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región del Libertador General Bernardo OHiggins DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA WIED) EL ÁREA REGLAMENTADA QUE INDICA, REGIÓN DE O'HIGGINS, MERCADO DE CHINA 27,2 KM BROTE CHIMBARONGO (Resolución) Núm. 172 exenta. - Rancagua, 22 de enero de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N 19.880, de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N 18.755, de 1989, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución exenta N 3.513, de 1995, del Servicio Agrícola y Ganadero y sus posteriores modificaciones; la resolución exenta N 4.743, de 2020, del Director Nacional del Servicio, que crea Sistema Nacional de Emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero, Comité Nacional de Emergencia y funcionarios habilitados en el Sistema de Emergencia; la resolución N 7, de la Contraloría General de la República, que establece la exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N 962, de 2024, de la Dirección Regional de O'Higgins, que establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied); y resolución exenta RA N 240/13/2025, de fecha 10 de enero de 2025, que establece orden de subrogancia para el cargo de Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Considerando: 1.
Que, mediante la resolución exenta N 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como “Mosca del Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied). 2. Que, con fecha 8 de abril de 2024, se detectó la presencia de un ejemplar macho fértil (adulto) del insecto correspondiente a la plaga señalada precedentemente, lo que dio origen a la vigilancia respectiva. 3.
Que, así mismo, con fecha 29 de abril de 2024, se detectaron dos ejemplares, un macho fértil (adulto) y una hembra no inseminada (adulto) del insecto correspondiente a la plaga señalada precedentemente, que da origen a un brote. 4.
Que, en atención a lo anterior, la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de O'Higgins, mediante la resolución exenta N 963, de 2024, estableció regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), en el radio de 27,2 km para el mercado de China, que abarcó parcialmente a las comunas de Chépica, Palmilla, Santa Cruz, San Fernando, Malloa y San Vicente; y totalmente las comunas de Chimbarongo, Placilla y Nancagua en la Región de O'Higgins; y parcialmente a las comunas de Teno, Rauco, Curicó y Romeral en la Región del Maule. 5.
Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, Región de O'Higgins, en estricta observancia del acto administrativo señalado anteriormente, ha dado cumplimiento a las medidas fitosanitarias Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2603592 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.067 Miércoles 5 de Febrero de 2025 Página 2 de 2 respectivas, por un período equivalente a tres ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de nuevas capturas. 6.
Que, conforme al modelo de días grados imperante, el día 21 de enero de 2025, se han cumplido los tres ciclos biológicos teóricos del insecto, desde su última detección, período requerido para declarar la erradicación de la plaga y suspender las regulaciones cuarentenarias en el área reglamentada de las comunas individualizadas en el considerando cuarto del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Declárase libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied) el área reglamentada que comprende el radio de 27,2 km, para el mercado de China, que abarcó parcialmente a las comunas de Chépica, Palmilla, Santa Cruz, San Fernando, Malloa y San Vicente; y totalmente las comunas de Chimbarongo, Placilla y Nancagua en la Región de O'Higgins; y parcialmente a las comunas de Teno, Rauco, Curicó y Romeral en la Región del Maule, suspendiéndose las medidas fitosanitarias de control y erradicación establecidas para tales efectos. Sin embargo, las medidas fitosanitarias se seguirán aplicando para los predios que tengan producción de cerezas como especie hospedera de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied). 2.
Déjese sin efecto la resolución exenta N 963, de 2024, de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N 19.880, en mérito de los fundamentos de hecho y de derecho indicados en la parte considerativa de la presente resolución. 3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en los periódicos de mayor circulación de la Región, conforme lo dispone el artículo 48 de la ley N 19.880, de 2003, LBPA. Anótese y comuníquese. - Manuel Esteban Bernales Muñoz, Director Regional (S), Servicio Agrícola y Ganadero Región de O'Higgins. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2603592 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl