Resolución exenta número 15.836, de 2024.- Excluye de la Nómina de Martilleros Concursales a don Arnaldo de la Cruz Monreal
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.025 Lunes 16 de Diciembre de 2024 Página 6 de 6 Notifíquese a la demandada CONSTRUCTORA MAGNUM LIMITADA por medio de avisos, de conformidad a lo establecido en el artículo 439 del Código del Trabajo, debiendo publicar por una sola vez en el Diario Oficial u otro diario de circulación Nacional o Regional, conforme un extracto redactado por la Secretaria del Tribunal. Notifíquese a la parte demandante y a la demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CARTAGENA por medio del correo electrónico de sus apoderados. RIT M-35-2023, RUC 23-4-0474848-3. Proveyó PALOMA FERNÁNDEZ FERN{ANDEZ, Jueza Titular del 1 Juzgado de Letras de San Antonio. En San Antonio, a diez de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Resolución 23/09/2024: San Antonio, veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro.
Atendido el mérito de autos, no constando la confección del extracto ordenado en resolución de fecha 13 de agosto de 2024; se reprograma la audiencia de autos, la que se fija para el día 23 de octubre de 2024 a las 09:30 horas.
Notifíquese a la demandada CONSTRUCTORA MAGNUM LIMITADA por medio de avisos, de conformidad a lo establecido en el artículo 439 del Código del Trabajo, debiendo publicar por una sola vez en el Diario Oficial u otro diario de circulación Nacional o Regional, conforme un extracto redactado por la Secretaria del Tribunal. Así mismo, la parte demandante deberá acompañar a la causa con a lo menos tres días de antelación a la audiencia fijada, copias de las publicaciones realizadas. Notifíquese a la parte demandante y a la demandada Ilustre Municipalidad de Cartagena, por medio del correo electrónico de sus apoderados. RIT M-35-2023. RUC 23-4-0474848-3. Proveyó ANDREA CECILIA MUÑOZ SAAVEDRA, Jueza Suplente del 1 Juzgado de Letras de San Antonio. En San Antonio a veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Escrito 17/010/2024: SOLICITA REPROGRAMACIÓN DE AUDIENCIA. S.J.L. DEL TRABAJO DE SAN ANTONIO (1). HECTOR EDUARDO SEPULVEDA ZULETA, abogado, en representación judicial de la demandada solidaria ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CARTAGENA, en autos laborales caratulados "VASQUEZ con CONSTRUCTORA MAGNUM", RIT M-35-2023, a S.
S respetuosamente digo: Que no consta en autos que se haya notificado a la demandada principal CONSTRUCTORA MAGNUM LIMITADA, mediante aviso publicado en el Diario Oficial u otro diario de circulación Nacional o Regional conforme a extracto redactado por la Secretaria del Tribunal, de la demanda y la citación a audiencia única tal como fue ordenado en la resolución de fecha 23 de Septiembre de 2024, con la anticipación de 5 días hábiles requerida en el artículo 500 inciso 5 del Código del Trabajo.
Por lo antes señalado y siendo la notificación de la demandada principal esencial para la validez del juicio, vengo en solicitar a S.S. se sirva reprogramar la audiencia única de contestación, conciliación y prueba fijada para el día el día 23 de octubre de 2024 a las 09:30 horas, fijando nuevo día y hora al efecto. POR TANTO, RUEGO A SS., se sirva acceder a lo solicitado y reprogramar la audiencia única, fijando un nuevo día y hora al efecto. Resolución del 17/10/2024: San Antonio, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. Como se pide, se reprograma la audiencia de autos para el día 26 de noviembre de 2024 a las 11:30 horas.
Notifíquese a la demandada CONSTRUCTORA MAGNUM LIMITADA por medio de avisos de conformidad a lo establecido en el artículo 439 del Código del Trabajo, debiendo publicar por una sola vez en el Diario Oficial u otro diario de circulación Nacional o Regional, conforme un extracto redactado por la Secretaria del Tribunal. Así mismo, la parte demandante deberá acompañar a la causa con a lo menos tres días de antelación a la audiencia fijada, copias de las publicaciones realizadas. Notifíquese a la parte demandante y a la demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CARTAGENA, por medio del correo electrónico de sus apoderados. RIT M-35-2023, RUC 23-4-0474848-3. Proveyó ANDREA CECILIA MUÑOZ SAAVEDRA, Juez Suplente del 1 Juzgado de Letras de San Antonio. En San Antonio, a diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Resolución 21/11/2024: San Antonio, veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro.
Atendido que la Jueza Titular del Tribunal no se encontrará en funciones en la fecha para la cual se encuentra agendada la audiencia de autos, se reprograma la audiencia única, la que se fija para el día 12 DE DICIEMBRE DE 2024 A LAS 13:00 HORAS.
Notifíquese a la demandada Constructora Magnum Limitada por medio de avisos de conformidad a lo establecido en el artículo 439 del Código del Trabajo, debiendo publicar por una sola vez en el Diario Oficial u otro diario de circulación Nacional o Regional, conforme un extracto redactado por la Secretaria del Tribunal. Así mismo, la parte demandante deberá acompañar a la causa con a lo menos tres días de antelación a la audiencia fijada, copias de las publicaciones realizadas. Notifíquese a la parte demandante y a la demandada Ilustre Municipalidad de Cartagena, mediante el correo electrónico de sus apoderados, o por el estado diario. RIT M-35-2023, RUC 23-4-0474848-3. Proveyó PALOMA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Jueza Titular del 1 Juzgado de Letras de San Antonio. En San Antonio, a veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. RIT M-35-2023, RUC 234-0474848-3. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2582408 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.025 Lunes 16 de Diciembre de 2024 Página 7 de 12 continuar con mi desempeño en faenas mineras, he sido rechazado una y otra vez en dichos trabajos por la patología de autos.
Es así como esta nefasta enfermedad profesional me ha impedido seguir trabando en mi oficio en minería, impidiéndome el generar nuevos proyectos o desempeñarme en actividades que demanden esfuerzos físicos, generándome altos niveles de frustración, angustia e impotencia al verme así de incapacitado e inhabilitado en el ámbito ocupacional.
De esta forma, me siento dañado en mi autoestima y con un marcado sentimiento de inutilidad, viendo completamente trastornada y obstruida la "carrera" laboral que había con construido en el ámbito minero. 7.- Puedo narrar a SS., que durante el día puedo notar el cómo esta grave enfermedad profesional de silicosis va manifestando cada una de sus dañinas secuelas en mi cuerpo, cada vez con mayor gravedad.
Padezco en el día a día de una sensación de agotamiento y cansancio generalizado, con falta de aire, agitación respiratoria y ataques de tos, lo cual se acentúa al realizar algún esfuerzo, con lo cual voy sintiendo como me va faltando cada vez más el aire, apareciéndome como un chiflido en el pecho, con ataques de tos, invadiéndome un marcado agotamiento y angustiante sensación de desvanecimiento.
Es así como, sufriendo de gran impotencia y con mi autoestima muy dañada, el solo hecho de trasladarme caminando o subir una escalera, se evidencian claros signos de la enfermedad respiratoria que padezco, ante la agitación en mi respiración, falta de aire y cansancio que me invaden, así también, al encontrarme en lugares cerrados me invade la falta de aire y sensación de ahogo.
Queda en evidencia la gravedad de los problemas respiratorios generados por esta enfermedad, en el hecho que actualmente se me ha prescrito por parte de facultativos de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), el uso de inhaladores, como el AEROVIAL y BERODUAL (BROMURO DE IPRATROPIO6). 8.- Con facilidad me resfrío y sufro de cuadros relacionados con enfermedades respiratorias, los cuales son muy prolongados y en que me ataca con más fuerza la tos, botando mucha mucosisdad y con fuerte falta de aire, de hecho, he terminado en urgencia ante estos cuadros, debiéndome aplicar oxigeno 1 o 2 horas hasta estabilizarme razones por las cuales, con impotencia y angustia y atendido el temor que esta enfermedad progrese a cuadros de mayor gravedad, me he visto obligado a encerrarme en casa, especialmente en época invernal, en las noches o cuando baja mucho la temperatura, para evitar cambios de temperatura.
Al efecto, debo recalcar a SS lo angustiante y doloroso que ha sido para el suscrito padecer esta enfermedad, por los riesgos que conlleva su progresión en el tiempo, pues son de público conocimiento en el ámbito minero, los numerosos los casos de compañeros de trabajo, que han fallecido por esta grave enfermedad pulmonar.
Al respecto, debo referir a SS., como el temor del suscrito a una evolución de esta enfermedad a mayores grados de gravedad, tiene otras manifestaciones graves y dolorosas en la cotidianeidad del suscrito, pues con mucho dolor e impotencia debo permanentemente estar cuidándome de no someterme a cambios de temperatura o pasar fríos, a fin de evitar a toda costa que la enfermedad pase a niveles mayores de gravedad, que pueden terminar con mi existencia, limitándose de esta forma ostensiblemente el desenvolvimiento del suscrito en sociedad y con mis seres queridos, privándome de muchos momentos de esparcimiento y alegría, viéndome prácticamente confinado en mi casa. 9.- Por otro lado, con dolor y angustia veo como en las noches, mis síntomas no hacen más que empeorar.
Al recostarme e intentar conciliar el sueño, son recurrentes los problemas para dormir, ante la tos y ahogos que me invaden, sucediendo también que muchas veces despierto sobresaltado por la tos y ahogos, ante lo cual, debo buscar una postura en la cama e incluso a veces tengo que levantarme a abrir las ventanas para poder respirar con un poco más de normalidad.
Y es de esta forma que paso muchas de mis noches, sin poder conciliar el sueño de manera tranquila y sin poder descansar adecuadamente, como una persona normal. 10. - Esta enfermedad, como vengo explicando, ha dañada mi condición física, mi capacidad de respirar, a tal punto que me ha inhabilitado para poder practicar deportes, de forma tal, que me vi forzado, con mucha impotencia y dolor, a abandonar la práctica del fútbol, que era un deporte que practicaba habitualmente, en el cual disfrutaba de varias horas de amistad y camaradería con amigos y conocidos, pues mi cuerpo ya no es capaz de soportar su práctica, debido a la exigencia física que conlleva y por el temor a que, de alguna manera, me genere una descompensación pulmonar 11. - Psicológicamente la enfermedad profesional de autos, ha producido también profundos y dolorosos trastornos y efectos adversos en mi persona.
Es muy frustrante y doloroso, tener que existir con un cansancio generalizado, con una constante y marcada falta de vitalidad y sin posibilidades para realizar, sin ser atacado por la agitación, la falta de aire y la tos, actividades que demandan cualquier tipo de esfuerzo físico. Con mucha impotencia y dolor he tenido que adaptarme a esta discapacidad que padezco, asumiendo a la fuerza la condición de inutilidad que me genera. Me debo mantener encerrado por mucho tiempo, evitando los cambios de temperatura y el agitarme. Ha sido una experiencia muy traumática enfrentarme a la imposibilidad de retomar mi actividad laboral, que me ha generado en forma directa la enfermedad profesional de autos. Todo lo cual, ha dañado mi autoestima, la imagen que siempre Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2579426 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl