Resolución exenta número 2.571, de 2024.- Designa a doña Daniela Sabrovsky Baytelman como integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.971 Viernes 11 de Octubre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2555642 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría de las Culturas y las Artes DESIGNA INTEGRANTE DEL CONSEJO DEL ARTE Y LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL (Resolución) Núm. 2.571 exenta. - Valparaíso, 3 de octubre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley N 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N 19.981, sobre Fomento Audiovisual y su respectivo reglamento; en el decreto supremo N 265, de 2005, del Ministerio de Educación, que aprueba reglamento para la constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en la resolución exenta N 205, de 2005, del Ministerio de Educación, que aprueba la forma de determinar la representatividad cualitativa de las organizaciones nacionales y regionales para designación de integrantes del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual; en las resoluciones Ns. 6 y 7, de 2019, de Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón en materias de personal que indica; en la resolución exenta N 1.618, de 2021, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que designa integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual.
Considerando: Que la ley N 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.
De este modo, el artículo 3 N 1 de la ley, establece como función del Ministerio la promoción y contribución al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión, entre otros, del ámbito audiovisual.
Que el artículo 4 de la ley N 19.981 crea en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, que tiene, entre otras facultades, la de asesorar al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio en la formulación y elaboración de la política de desarrollo estratégico nacional del audiovisual.
Que de acuerdo a su normativa, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, se integra, entre otros, por dos académicos de reconocido prestigio profesional en materias audiovisuales, propuestos por entidades de educación superior que gocen de autonomía y que impartan formación profesional audiovisual, debiendo uno de ellos pertenecer a una entidad de una región distinta a la Región Metropolitana, en conformidad con lo establecido en la letra n) del artículo 5 de la ley N 19.981, y en los artículos 2 y 3 del decreto supremo N 265, de 2005, del Ministerio de Educación, los cuales serán designados por la Subsecretaria de las Culturas y las Artes.
Que en la calidad mencionada fue designada para integrar el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, doña Galia Bogolasky Bean, cuyo nombramiento fue formalizado mediante resolución exenta N 1.618, de 2021, por el periodo de dos años desde la total tramitación del referido acto administrativo, periodo que culminó en julio de 2023, encontrándose actualmente vacante dicho cargo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2555642 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.971 Viernes 11 de Octubre de 2024 Página 2 de 3 Que en consideración a lo anterior y teniendo presente lo señalado en el decreto supremo N 265, de 2005, del Ministerio de Educación, esta autoridad solicitó mediante carta a las entidades de educación superior que gozan de autonomía e imparten formación audiovisual, que presentaran los antecedentes académicos de reconocido prestigio profesional en materias audiovisuales para efectos de proceder a la respectiva designación.
Que, de esta manera, las mencionadas entidades hicieron sus propuestas, las que fueron analizadas por esta autoridad, decidiendo designar a la académica Daniela Sabrovsky Baytelman, en su calidad de académica de reconocido prestigio profesional en materias audiovisuales, representante de los académicos de la Región Metropolitana.
Que, se deja constancia que de conformidad a lo establecido en los artículos 3 y 9 del decreto supremo N 265, de 2005, del Ministerio de Educación, a contar de la dictación de este acto administrativo se contará el plazo del respectivo nombramiento, pudiendo ser designada para el periodo inmediatamente siguiente.
Que asimismo, se deja constancia que la persona designada presentó la respectiva carta de aceptación de cargo y declaración jurada en la cual señala que tiene la calidad de funcionaria pública a contrata en la Universidad de Chile, desempeñando el cargo de académica de la Facultad de Comunicación e Imagen desde el año 2017, con 33 horas semanales.
Que acorde a lo dispuesto en la resolución N 6, de 2019, de la Contraloría General de la República el presente acto administrativo se encuentra exento de toma de razón, debiendo únicamente enviarse a registro del Organismo de Control, por tanto: Resuelvo: Artículo primero: Desígnase como integrante del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, a Daniela Sabrovsky Baytelman, cédula única de identidad N 8.665.056 -8, realizado a propuesta de las entidades de educación superior que gozan de autonomía y que imparten formación profesional audiovisual, en representación de los académicos regionales; todo en conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, letra n) de la ley N 19.981, sobre Fomento Audiovisual.
Artículo segundo: Certifíquese por el Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes, a través de la Secretaría del Fondo de Fomento Audiovisual, el nombre completo y la cédula de identidad de la persona designada en el artículo precedente, en caso de que hubiese un error, sin ser necesaria la modificación de la presente resolución, de acuerdo al principio de economía procesal establecido en el artículo 9 de la ley N 19.880.
Artículo tercero: Téngase presente que por razones impostergables de buen servicio, la persona individualizada en el artículo primero, deberá asumir sus funciones a partir de la fecha de dictación del presente acto administrativo, sin esperar su total tramitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del decreto supremo N 265, de 2004, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la constitución del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual y por el período de dos años.
Artículo cuarto: Téngase presente que según consta en la declaración jurada adjunta, la persona designada en el artículo primero no percibirá dieta y viático alguno en el ejercicio de sus funciones mientras conserve la calidad de funcionaria pública, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley N 21.045. Artículo quinto: Cúmplase por la persona individualizada en el artículo primero, con las normas de probidad administrativa, velando por ello la Unidad de Auditoría Interna, de este Ministerio. Artículo sexto: Cúmplase por la persona individualizada en el artículo primero con la obligación legal de realizar la respectiva declaración de intereses y de patrimonio conforme la normativa vigente.
Asimismo, verifíquese por el Departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas, que Galia Bogolasky Bean, haya cumplido con la obligación legal de realizar la respectiva declaración de intereses y de patrimonio de conformidad a la normativa vigente.
Artículo séptimo: Notifíquese, dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos a contar de la fecha de total tramitación del presente acto administrativo, por la Sección Secretaría Documental, lo resuelto en esta resolución, a Daniela Sabrovsky Baytelman y a la Universidad de Chile, vía carta certificada que contenga una copia de esta resolución y sus antecedentes, en el domicilio indicado en la distribución de la misma. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2555642 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.971 Viernes 11 de Octubre de 2024 Página 3 de 3 Artículo octavo: Una vez que se encuentre totalmente tramitada, publíquese la presente resolución en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, por la Sección Secretaría Documental, en la tipología “Órganos Colegiados” en el ítem “Actos con efectos sobre terceros”; además, publíquese por el Departamento Jurídico, en el ítem “Actos y documentos publicados en el Diario Oficial” a objeto de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º de la ley N 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y en el artículo 51 de su reglamento.
Asimismo, y en cumplimiento de la Ley N 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, omítase por la Sección Secretaría Documental, el RUN y domicilio de la persona natural referida en esta resolución, para el solo efecto de su publicación en el Diario Oficial y en el sitio electrónico de Gobierno Transparente. Anótese, regístrese, publíquese y notifíquese. - Noela Salas Sharim, Subsecretaria de las Culturas y las Artes. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2555642 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl