Doce Entertainment S.A.
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.068 Jueves 6 de Febrero de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2607238 EXTRACTO Cosme Fernando Gomila Gatica, Abogado, Notario Público Titular de la 4 Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita N 20, comuna de Las Condes, Certifico: Que por escritura pública de fecha 16 de enero del año 2025, Repertorio N 549. -/2025, otorgada ante mí; se redujo Junta Extraordinaria de Accionistas de sociedad “Doce Entertainment S.A.
” acordándose por unanimidad de accionistas: José Manuel Donoso Saint, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos sesenta y tres mil doscientos setenta guion seis, y Andrés Donoso Saint, cédula nacional de identidad número seis millones sesenta y tres mil quinientos treinta y cuatro guion k, ambos domiciliados en Pocuro numero dos mil trescientos setenta y ocho Tercer piso, comuna de Providencia, lo siguiente: Dejar sin efecto y resciliar todos y cada uno de los acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Doce Entertainment S.A. celebrada el día 28 de diciembre de 2016, reducida a escritura pública el 29 de diciembre de 2016 extendida ante el Notario de Santiago don Cosme Fernando Gomila Gatica, cuyos extractos fueron inscritos a fojas 8467 número 4779 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente a 2017 y se anotó al margen de fojas 14.096 número 11711 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente a 2002 y publicado en el Diario Oficial N41.670 de 28 de enero de 2017.
Consecuencialmente, y conforme a la resciliación precedentemente acordada, y dado que ninguno de los acuerdos adoptados fue informado y materializado tributariamente, se hace necesario dejar sin efecto la fusión por incorporación que se hizo con la sociedad Doce Entertainment S. A mediante la absorción de esta por Representaciones Doce S.A., sociedad absorbente, la cual reuniría en sí la totalidad de los activos y pasivos de Doce Entertainment S. A y las sucedería jurídicamente en todos sus derechos y obligaciones y asumiría la responsabilidad del pago de los impuestos adeudados por Doce Entertainment S. A, por lo que no era necesario dar aviso de término de giro ante el Servicio de Impuestos Internos.
De este modo, queda sin efecto la reunión en Representaciones Doce S.A. de la totalidad de los derechos y obligaciones, y la incorporación a Representaciones Doce S.A. de todo el patrimonio y accionistas de Doce Entertainment S.A. Así también queda sin efecto que, Representaciones Doce S.A. se haría cargo de los pasivos de Doce Entertainment S.A., en su carácter de continuadora legal.
En consecuencia, los comparecientes dejan sin efecto la declaración efectuada en términos que Doce Entertainment S.A. se habría disuelto anticipadamente, como en extracto de esta declaración y constancia se publicó en el Diario Oficial e inscribió en el Registro de Comercio de Santiago. - Debido a que acuerdo a lo prescrito en el artículo noventa y nueve de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, tampoco se efectuó la liquidación de la sociedad fusionada y absorbida, por cuanto todos sus derechos y obligaciones serían adquiridas por una sola persona, a saber, la sociedad Representaciones Doce S.A. ; deberá entenderse para todos los efectos legales que la sociedad comercial DOCE ENTERTAINMENT S.A. se encuentra plenamente vigente y no disuelta y que se constituyó por escritura pública de fecha treinta y uno de mayo de dos mil dos ante la Notario Público Nancy de la Fuente Hernández y cuyo extracto se inscribió a fojas catorce mil noventa y seis números once mil setecientos once en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil dos y se publicó en la edición del Diario Oficial número treinta y siete mil doscientos setenta y nueve del día diez de junio de dos mil dos.
Se aprobó por unanimidad accionistas José Manuel Donoso Saint, cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos sesenta y tres mil doscientos setenta guion seis, y Andrés Donoso Saint, cédula nacional de identidad número seis millones sesenta y tres mil quinientos treinta y cuatro guion k, ambos domiciliados en Pocuro numero dos mil trescientos setenta y ocho Tercer piso, comuna de Providencia, el siguiente texto refundido de sus estatutos: Nombre, Domicilio, Duración y Objeto: Se constituye una sociedad anónima bajo nombre “Doce Entertainment S.A. ”, pudiendo usar fines bancarios, comerciales y publicidad sigla o nombre “ DOCE E S.A.
”, con domicilio ciudad Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales otros puntos del país o extranjero. - Duración: indefinida. - Objeto: la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2607238 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.068 Jueves 6 de Febrero de 2025 Página 2 de 2 representación de personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras para otorgar licencias, efectuar promociones u otros pudiendo además fabricar, exportar, importar por cuenta propia o ajena productos, juguetes y otros artículos relacionados con dichos rubros, vender, comprar, distribuir, exportar, importar y comercializar programas de cine, televisión material fotográfico, noticioso o informativo, publicidad y subproductos de los mismos; compra, venta, importación, exportación de juguetes y productos promocionales, realizar promociones y eventos en el país o en el extranjero; y el desarrollo de productos y marketing promocional.
Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos dividido en diez mil acciones sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la forma indicada en artículo primero transitorio. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de enero del año 2025. - Cosme Fernando Gomila Gatica. Notario Público Titular. - avb Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2607238 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl