PROCESADORA TRES AL MAR LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.101 Lunes 17 de Marzo de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2622611 EXTRACTO EUGENIA ALEJANDRA GOMEZ BARRIENTOS, Notaria Pública Suplente de la Titular de la Quinta Notaría de Puerto Montt doña LEBBY CAROLIN BARRIA GUTIERREZ con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 07 de marzo de 2024, repertorio Nº 528, ante mí, doña doña MARTA SORAYA GONZÁLEZ VEGA, con domicilio en Avenida Libertad 198 departamento 21 D, ciudad y comuna de La Serena; doña PAULINA SOLANGE RIVERA ARANEDA, con domicilio en calle Manuel Bayon 639, casa 4, comuna y ciudad de Talcahuano; doña MARLENE DE LOURDES CASAS ALVARADO, con domicilio en calle Aguas Azules número 410, comuna de Calbuco; y don ENRIQUE MANUEL PEREZ IGLESIAS, en representación de don YONATAN PEREZ SUAREZ, ambos con domicilio, para estos efectos, en camino al Tepual Kilómetro 12 ruta V-60, de la ciudad de Puerto Montt; constituyen sociedad de responsabilidad limitada al monto de los aportes. Domicilio: Ciudad Puerto Montt. Razón social: "PROCESADORA TRES AL MAR LIMITADA", pudiendo usar "TR3S AL MAR LTDA. ", que la obligará misma manera que razón social.
Objeto: la captura, procesamiento, manipulación, comercialización, exportación e importación de productos del mar; incluyendo la investigación, evaluación, planificación, prospección, exportación, experimentación y desarrollo de los recursos pesqueros en general, y, en especial, pescados, krill, mariscos y algas, con embarcaciones y útiles propios o ajenos; la producción, elaboración, facción, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio; podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: corresponderá a don ENRIQUE MANUEL PEREZ IGLESIAS y/o a don YONATAN PEREZ SUAREZ, indistintamente, actuando conjunta o separadamente.
Capital: El capital de la sociedad será $500.000.000. -, que los socios aportan en la siguiente forma: YONATAN PEREZ SUAREZ, debidamente representado, aporta la suma de $275.000.000. - que paga con $200.000.000. - en este acto, en dinero efectivo a caja social, a entera satisfacción de los socios y el saldo enterará dentro de tres meses contados desde la fecha de la presente escritura; MARTA SORAYA GONZÁLEZ VEGA, aporta $100.000.000. - que paga con $50.000.000. - en este acto, en dinero efectivo a caja social y el saldo enterará dentro de tres meses contados desde la fecha de la presente escritura; PAULINA SOLANGE RIVERA ARANEDA, aporta $100.000.000. - que paga con $15.000.000. -, en dinero efectivo a caja social, a entera satisfacción de los socios y el saldo dentro de tres meses contados desde la fecha de la presente escritura; y MARLENE DE LOURDES CASAS ALVARADO, aporta $25.000.000. - en este acto, en dinero efectivo a caja social, a entera satisfacción de los socios.
Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente períodos de 5 años cada uno, si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Puerto Montt, todo con una anticipación mínima de seis meses al respectivo vencimiento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 07 de marzo de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2622611 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl