Decreto exento número 39, de 2026.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Balneario Popular Camping Las Machas de Arica, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.408 Martes 24 de Marzo de 2026 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2781772 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA BALNEARIO POPULAR CAMPING LAS MACHAS DE ARICA, COMUNA DE ARICA, REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA Núm. 39 exento. - Santiago, 6 de marzo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3º Nº 25 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, de2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en acta de sesión ordinaria de fecha 28 de enero de 2026 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1.
Que, la solicitud de declaratoria del Sitio de Memoria Balneario Popular Camping Las Machas de Arica, fue presentada por don Hermann Mondaca, coordinador del Grupo de Observación Estratégica Patrimonial Balneario Popular Las Machas de Arica, mediante carta de fecha 07.08.2023. 2.
Que, el sitio se ubica en las cercanías del SN Humedal del río Lluta, a 7,4 kilómetros de la frontera con Perú, y aproximadamente a 10 kilómetros del centro histórico de Arica y se trata de un bien fiscal con destinación al Ejército de Chile, funcionando actualmente como el Cuartel Sargento Mayor Luis Solo de Zaldívar, dependiente de la Brigada Motorizada Nº 4 "Rancagua". Lo anterior implicó que el trabajo relativo a esta declaratoria y otras similares se viera condicionado por restricciones de acceso, vacíos documentales y el carácter fragmentario de las memorias.
En atención a ello, se diseñó una metodología de trabajo alternativa, basada en la triangulación de diversas fuentes de información, además de un proceso de diálogo institucional con el Ministerio de Defensa Nacional y las Fuerzas Armadas.
En el marco de dicho proceso, se alcanzaron las siguientes consideraciones: Los sitios de memoria localizados al interior de recintos militares se configuran sobre la base de valores y atributos específicos y acotados, determinados y reconocidos en el marco de procesos judiciales y antecedentes testimoniales formalmente incorporados. La delimitación de los polígonos de protección se circunscribe únicamente a sectores expresamente identificados por órganos jurisdiccionales y por pruebas testimoniales, evitando extender la afectación a áreas no vinculadas materialmente a los hechos investigados. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.408 Martes 24 de Marzo de 2026 Página 2 de 4 La titularidad de los inmuebles se mantiene íntegramente en manos del Ejército de Chile y la Fuerza Aérea, subsistiendo su competencia sobre la administración, custodia y régimen de accesos al recinto.
No se persigue la transferencia de dominio ni la modificación del régimen de administración del bien, ni tampoco la habilitación de accesos por parte de familiares, víctimas o agrupaciones; dichas materias continúan siendo facultad exclusiva del propietario institucional.
La intervención estatal se orienta al cumplimiento del deber de reparación simbólica, conforme a los estándares de verdad, memoria y garantías de no repetición, limitándose a la protección, reconocimiento y puesta en valor de los atributos memoriales declarados. 3. Que, el Balneario Popular Las Machas se articuló con la Junta de Adelanto de Arica, organismo que financió íntegramente su construcción, convirtiéndolo en el único balneario del país desarrollado exclusivamente con recursos regionales. Fue originalmente concebido y construido como Balneario Popular, destinado al recreo y descanso de trabajadores y sus familias, funcionando como tal entre los años 1972 y 1973. Su dotación original constaba de una piscina, sesenta cabinas, tres bloques de servicios higiénicos y un amplio casino. 4.
Que, al igual que otros balnearios populares del país, tras el golpe de Estado de 1973, el recinto fue ocupado por el Ejército y transformado en un centro de detención y tortura, operativo entre 1973 y 1975, destinado a la permanencia, interrogatorios y tortura de personas privadas de libertad, de acuerdo con los antecedentes consignados por la Comisión Valech. Los prisioneros permanecían en el recinto en grupos numerosos, sin posibilidad de comunicación entre ellos, por períodos prolongados, siendo posteriormente derivados a cárceles u otros campos de prisioneros en distintas regiones del país. 5. Que, de acuerdo con los antecedentes arquitectónicos disponibles, los cuales dan cuenta de la distribución original del conjunto, de las tipologías constructivas presentes, del sistema constructivo y de su estado actual. El balneario contaba con bloques de cabañas tipo A, cada uno compuesto por 8 a 10 unidades, con capacidad para 6 a 8 personas, además de un bloque menor destinado al administrador. El conjunto se organizaba en torno a estructuras modulares de distinta escala, destacando una construcción central de gran tamaño y planta libre, utilizada principalmente como comedor y cocina. La infraestructura se completaba con bloques de servicios, bodegas, posta de primeros auxilios, cocina, baños y lavaderos, junto con equipamiento recreativo como canchas deportivas y juegos infantiles. 6.
Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: Constituye un ejemplo representativo del programa de turismo social impulsado por la Unidad Popular, en el marco de la política nacional de balnearios populares destinada a democratizar el acceso al descanso y al ocio. Concebido como un espacio de recreación para trabajadores, sindicatos y organizaciones comunitarias, expresa las aspiraciones de bienestar social y justicia distributiva que guiaron las políticas públicas de comienzos de los años 70. Su existencia material testimonia este proceso histórico y el rol del Estado en la promoción del derecho al descanso y a la vida comunitaria. Su permanencia constituye un testimonio material de la represión estatal ejercida en el norte de Chile y un espacio clave para la verdad histórica y la garantía de no repetición. Tras el golpe de Estado de 1973, el sitio fue utilizado como centro de detención informal y lugar de tránsito de personas detenidas por razones políticas, según testimonios judiciales y de agrupaciones de derechos humanos. El lugar ha sido reconocido por organizaciones locales, sobrevivientes y familiares de víctimas, quienes desarrollan actos conmemorativos, talleres y actividades de memoria. Este reconocimiento comunitario refuerza su rol como espacio de reflexión y reparación simbólica, contribuyendo al fortalecimiento de la memoria colectiva regional.
Que su preservación en el tiempo es una contribución a la educación y promoción de los derechos humanos del conjunto de la sociedad, como expresión de la obligación estatal de garantizar la verdad de los hechos, reparar simbólicamente a las víctimas, sus familiares, a la sociedad en su conjunto y generar garantías efectivas de no repetición en el ámbito de la cultura y el patrimonio. 7.
Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.408 Martes 24 de Marzo de 2026 Página 3 de 4 Radier de hormigón de una de las construcciones originales (sector norte). Comedor - cocina principal y su respectivo radier. Pilotes de una de las cabañas originales tipo A, ubicada en el sector centro del balneario. Estructura de piscina original de forma rectangular (eventualmente tapada con arena). Hilera de 8 construcciones de albañilería confinada utilizadas eventualmente como bodegas u oficinas del Balneario Popular. 8.
Que, para la presente declaratoria se consultaron las siguientes solicitudes de opinión: Al Ministerio de Bienes Nacionales, en su calidad de propietario del sitio, el cual, mediante oficio GABM Nº 270.2025, de fecha 21.08.2025, suscrito por don Francisco Figueroa Cerda, Ministro de Bienes Nacionales, se manifestó favorablemente a la declaratoria y remitió información al respecto. Al Ministerio de Defensa Nacional, en su calidad de administrador del sitio, del cual se recibió una opinión reservada desfavorable a la declaratoria, por motivos de seguridad nacional. A la Subsecretaría de Derechos Humanos, que mediante Ord. Nº 1232, de fecha 06.11.2025, suscrito por don Alexandro Álvarez Alarcón, Subsecretario (S) de Derechos Humanos, se manifestó favorablemente a la declaratoria. A la Ilustre Municipalidad de Arica, que mediante Ord. Nº 4620, de fecha 19.12.2025, suscrito por don Orlando Vargas Pizarro, Alcalde, se manifestó favorablemente a la declaratoria. A la Seremi del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que mediante Ord. Nº 100, de fecha 26.01.2026, suscrito por doña Romina Farías Pérez, Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Arica y Parinacota, se manifestó favorablemente a la declaratoria. Al Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, que, mediante carta MMDH Nº 382/2024, Ord. Nº 6094-2024, de fecha 09.12.2024, suscritos por su Directora Ejecutiva, doña María Fernanda García Iribarren, se manifestó favorablemente a la declaratoria y remitió antecedentes históricos. 9.
Que, en sesión ordinaria de fecha 28.01.2026, el Consejo de Monumentos Nacionales, por 14 votos a favor, acordó aprobar la solicitud de declaración y pedir a la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Balneario Popular Camping Las Machas de Arica, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota.
Decreto: Artículo primero: Declárese Monumento Nacional en lacategoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Balneario Popular Camping Las Machas de Arica, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota, individualizado y graficado según plano de límites oficial Nº 8-2026, el cual se adjunta, estableciendo un área protegida de 21.559 m², en los siguientes términos: DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE PROTECCIÓN Tramo Descripción A - B Límite nororiente, línea proyectada por deslinde de predio. B - C Límite suroriente, línea proyectada por deslinde de predio. C - D Límite surponiente, línea proyectada por deslinde de predio. D - A Límite norponiente, línea proyectada por deslinde de predio.
POLÍGONO DE PROTECCIÓN Coordenadas SIRGAS-CHILE / UTM 19 Sur Punto Este (x) Norte (y) A 359.117 7.965.125 B 359.253 7.964.941 C 359 171 7.964.878 D 359.055 7.965.071 Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.408 Martes 24 de Marzo de 2026 Página 4 de 4 Artículo segundo: Archívese oficialmente el plano de límites oficial Nº 8-2026, con el fin de dejar constancia indubitada de su contenido y ajustarse al principio de transparencia y publicidad que debe imperar en los procedimientos administrativos de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo tercero: Incorpórese el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3º Nº 30 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Sitio de Memoria Balneario Popular Camping Las Machas de Arica, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el Nº 4 del artículo 30 de la ley Nº 21.045. Anótese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781772 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl