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DIARIO OFICIAL III DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES.
VARIAS Núm. 44.025 Lunes 16 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Publicaciones Judiciales CVE 2576814 NOTIFICACIÓN El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, Ureta Cox 855 San Miguel, ordenó notificación por aviso a la demandada SERVICIOS LOGISTICOS INNOVACIÓN COMERCIAL LIMITADA, representada legalmente por don Andrey Jesús Ricardo Rosales Jiménez en causa de procedimiento de aplicación general, RIT O-296-2024, caratulada “GARCIA/SERVICIOS LOGISTICO”. JOSÉ GREGORIO GARCÍA SÁNCHEZinterpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado con cobro de prestaciones y sanción por la infracción a los incisos V y VII del artículo 162 del Código del Trabajo, en contra de su ex empleador SERVICIOS LOGISTICOS COMERCIAL LIMITADA, representada legalmente por don Andrey Jesús Ricardo Rosales Jiménez.
El actor señala que inició su relación laboral el 2 de junio de 2021, desempeñando funciones como operador de bodega en diversos domicilios designados por el empleador dentro de la Región Metropolitana, con remuneración mensual de $948.050.
Relata que el despido se comunicó de manera verbal el día 5 de diciembre de 2023 y, posteriormente, mediante una carta emitida el mismo día, que llegó a un domicilio distinto al registrado en los contratos. Invocando la causal de "necesidades de la empresa, " pero la cual carecía de especificaciones concretas y fundamentos objetivos que daba cuenta de su despido aparentemente el 5 de enero. Solicita se acoja la demanda, condenando a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $948.050, indemnización por años de servicios (03) por $2.844.15. Recargo legal del 30% por la suma de $853.245 ,remuneraciones totales adeudadas, por la suma de $5.872. 955.
Feriado proporcional por la suma de $238.118, las cotizaciones de seguridad social adeudadas por el periodo trabajado y el pago de las remuneraciones y demás prestaciones durante el período comprendido entre la fecha del despido hasta la convalidación que de este haga la empleadora, todo con reajustes e intereses y las costas de la causa. Tribunal resuelve 25.04.2024: Por interpuesta la demanda en procedimiento de aplicación general. Traslado. Cítese a las partes a una audiencia preparatoria, para el día 31 de mayo del 2024, a las 09:10 horas. Atendida a la imposibilidad de notificar a la demandada, se solicitó notificarla a través de publicación de aviso en el Diario Oficial a lo que el tribunal accedió. Tribunal resuelve 13.11.2024: Atendido el mérito de los antecedentes, notifíquese a la parte demandada en la forma establecida en el artículo 439 del Código del Trabajo.
Cítese a las partes a una audiencia preparatoria, para el día 20 de enero del 2024, a las 09:10 horas, la que tendrá lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. A dicha audiencia las partes deberán concurrir representadas por abogado habilitado. El abogado que comparezca en representación de cualquiera de las partes, deberá tener legalmente constituido su poder antes de las 14:00 horas del día anterior a la celebración de la audiencia.
La prueba documental deberá digitalizarse y presentarse a través de la oficina judicial virtual con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha señalada precedentemente, con el objeto que la contraparte y el juez de la causa puedan examinarla. Asimismo, las partes deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47 del Acta 71-2016 de la Excma. Corte Suprema debiendo presentar una minuta con la individualización de toda la prueba que ofrecerá en la audiencia. La demandada deberá contestar la demanda por escrito con a lo menos CINCO DÍAS HABILES de antelación a la fecha de la celebración de la audiencia preparatoria. SE INFORMA A LAS PARTES QUE LA AUDIENCIA SE DESARROLLARÁ DE MANERA REMOTA, POR VIDEO CONFERENCIA, A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA ZOOM. LO ANTERIOR NO OBSTA PARA QUE LAS PARTES PUEDAN CONCURRIR PRESENCIALMENTE A LAS DEPENDENCIAS DEL TRIBUNAL. El abogado que comparezca en representación de cualquiera de las partes, deberá tener legalmente constituido su poder antes de las 14 horas del día anterior a la celebración de la audiencia. En caso de asistir solo el apoderado, éste deberá mantener contacto directo y expedito con su respectiva parte, especialmente durante la fase de conciliación para evitar dilaciones innecesarias. Se hace presente a los asistentes que de la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2576814 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.025 Lunes 16 de Diciembre de 2024 Página 2 de 2 comparecencia quedará registro del audio, además del acta respectiva, todo lo cual se incorporará a la carpeta virtual de la causa.
Se apercibe a las partes para que en el más breve plazo informen un correo electrónico y proporcionen un número de teléfono celular con el objeto que, en caso de requerirse, puedan de mantener una comunicación directa con el Tribunal. El Administrativo de Acta dejará constancia en la carpeta digital de la presente causa el ID con el objeto que los intervinientes accedan a la audiencia virtual. Atendido lo dispuesto por las leyes 21.389 y 14.908, informe la parte demandada si se encuentra obligada a efectuar retención judicial de pensión de alimentos, respecto del actor. Notifíquese a la demandada, mediante aviso publicado en el Diario Oficial. Confecciónese extracto en los términos del artículo 439 del Código del Trabajo. Ministro de Fe. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2576814 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl