AVISO PUBLICITARIO: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE UN NUEVO PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: “AMPLIACION PORTAL RANCAGUA”
AVISO PUBLICITARIO: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE UN NUEVO PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: “AMPLIACION PORTAL RANCAGUA” OdE& SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL NOTIFICA RESOLUCiÓN DE INICIO DE UN NUEVO PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: “AMPLIACIÓN PORTAL RANCAGUA” De conformidad con lo dispuesto en al artículo 96 del D.S.
N” 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se notifica que mediante la Resolución Exenta W202406101263 de fecha 19 de junio de 2024 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins. se ha resuelto dar inicio a un nuevo proceso de participación ciudadana, por un plazo de 10 dias hábiles, de acuerdo a lo establecido en el inciso primero del articulo 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en el marco del procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Portal Rancagua”, (en adelante, “Proyecto”), presentada por Cencosud Shopping SA., (en adelante, el “Titular”). Las partes y obras permanentes y temporales del proyecto, se emplazará en la comuna de Rancagua de la región del Libertador Bernardo OHiggins.
En Adenda se presenta nuevas cifras del número total de estacionamientos, las modificaciones respecto a la capacidad total de personas que comprenderá el proyecto; el número de trabajadores que integrará la mano de obra en la etapa de construcción y finalmente respecto al atravieso vehicular a beneficio de la extensión de la calzada oeste de Avenida Alberto Einstein, entre Javiera Carrera y Rabanal que fue presentado en el PAS 156 del Adenda, y las nuevas medidas referidas al IMIV del Proyecto, difieren sustantivamente de lo presentando en la DIA, y considerando la tipología de Proyecto, se hace estrictamente necesario analizar las modificaciones planteadas por el titular en la presentación de su Adenda. Los elementos del medio ambiente a ser intervenidos directamente por el Proyecto, corresponden principalmente: al medio físico, agua, ruido, suelo; medio humano y salud de la población, entre otros. Al veriticarse cambios o alteración significativa en le ubicación de las partes, obras o acciones del proyecto o actividad y/o en la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales generados.
De acuerdo con el contenido de las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones, presentadas por el Titular a través de la Adenda de fecha 10 de junio de 2024, se aprecia de la Adenda, un cambio cifras del número total de estacionamientos, las modificaciones respecto a la capacidad total de personas que comprenderá el proyecto; el número de trabajadores que integrará la mano de obra en la etapa de construcción y finalmente respecto al atravieso vehicular a beneficio de la extensión de la calzada oeste de Avenida Alberto Einstein, entre Javiera Carrera y Rabanal que fue presentado en el PAS 156 del Adenda, y las nuevas medidas referidas al IMIV del Proyecto, difieren sustantivamente de lo presentando en la DIA, y considerando la tipología de Proyecto, se hace estrictamente necesario analizar las modificaciones planteadas por el titular en la presentación de su Adenda, el Titular ha actualizado además otros datos de la descripción de proyecto, así como también ha ampliado la información de la caracterización ambiental de algunos componentes ambientales.
Por lo anterior, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley N 19300 y en el artículo 96 del Reglamento del SElA, es posible concluir que se reúnen los requisitos necesarios para dar inicio a un nuevo proceso de participación ciudadana en la evaluación ambiental del Proyecto, toda vez que las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones realizadas afectan sustantivamente al Proyecto.
El expediente electrónico de evaluación del Proyecto se encuentra a disposición de los interesados para su revisión en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental, en el siguiente enlace: https://seia.sea.gob.cl/expediente/expedientesEvaluacion. php?modo=normal&idexpedie nte=21 60757600#-1, y en la Dirección Regional del SEA de la Región de OHiggins, ubicada en la calle Campos W 241, piso 7, Rancagua, horario de atención en días hábiles de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas. La comunidad podrá realizar observaciones dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la última publicación del presente extracto en el Diario Oficial, o en el diario de circulación regional.
Para realizar estas observaciones, la comunidad podrá acceder a través del sitio web del SEA, o bien, enviando sus observaciones a la oficina de partes de la Dirección Regional del SEA dala Región de OHiggins, ubicada en la calle Campos N 241, piso 7, Rancagua, o través de la oficina de partes virtuales en el siguiente link: https://www. sea. gob. cl/oficina-partes-virtual. Las observaciones deberán señalar claramente el nombre, RUT y domicilio o correo electrónico, según corresponda. Tanto personas naturales como jurídicas podrán realizar observaciones, y en el caso de las personas jurídicas deberán acreditar vigencia de la organización y de la personerie de su representante legal. Le vigencia de estos antecedentes no podrá exceder de seis meses. Pedro Pablo Miranda Acevedo Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo OHiggins.