Autor: Carolina Araya, Directora Carrera de Derecho UDLA
Columnas de Opinión: Nueva normativa de copropiedad inmobiliaria
Columnas de Opinión: Nueva normativa de copropiedad inmobiliaria Este 09 de enero, se publicó en el Dia r io Oficia l el Reglamento de la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
A partir de esta fecha, comenzó a correr el plazo de un año para que todas las comu n idades act u a l ic e n s u s r e g l a m e nto s e n conform idad con las disposiciones de dicha normativa.
En este contexto, corresponde a los adm i n istradores de condom i n ios presentar una propuesta de regla mento a los copropieta r ios, proporcionando un plazo razonable para su lectura, análisis y la presentación de consultas, observaciones o sugerencias.
Una vez fi na l izado este per íodo, se debe convoca r a u na asa mblea e x t raord i n a r ia pa ra votar el proyecto de reglamento que regirá al condom in io. Si la reun ión es presencial, es obligatoria la asistencia de un notario. A lternativamente, la aprobación del reglamento puede realizarse media nte una consulta escrita.
Luego, tanto el acta en cuestión, como el reglamento de copropiedad aprobado, deben formalizarse med ia nte escr it u ra públ ica en u na nota ría e i nscribi rse en el Con se r vador de Bie nes Ra íces correspondiente.
Un aspecto destacable de la nueva legislación es que perm ite a l 15% de los copropieta rios prese nta r u n rec la mo a nte la Seremi del Ministerio de Vivienday Urban ismo en caso de que la administración incurra en malas gestiones o incumpla las obligaciones establecidas. Se decreta también la obligación para las comun idades de mantener u n reg istro act ua l izado de copropietarios. Este debe incluir el nombre de las personas que habitan cada un idad, su cédula de identidad, correo electrón ico y su calidad de propietarios, arrendatarios u ocupantes bajo cualquier otra condición. Asim ismo, a hora se establece la obligación de asistir a las asambleas de copropietarios, las cuales podrán ser presenciales, v irtuales o m i xtas.
Un tema que consume t iempo considerablemente cuando llega el momento de e leg i r u n nuevo com ité de adm in istración es la falta de vecinos dispuestos a asum ir esta responsabi l idad. Con la nueva normativa, se contempla que, en caso de no ex istir consenso, los m iembros de este com ité sea n designados mediante un sorteo ent re todos los copropieta r ios habilitados.
Se recom ienda v isitar el sitio web htt ps://condom i n ios. m i nv u. cl/, donde se puede acceder al en lace de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, consultar el registro público de adm in istradores de condominios y presentar reclamos, entre otros temas de interés relacionados con la materia..