INMOBILIARIA E INVERSIONES TABLADA LIMITADA 76.607.206-2
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.081 Viernes 21 de Febrero de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2614009 EXTRACTO MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de fecha 4 de febrero de 2025, bajo repertorio 6425-2025, ante mí: /Uno/ don FÉLIX HERNANDO RAMOS, chileno, casado bajo régimen de sociedad conyugal, administrador de empresas, C.N.I. N 7.810.110 -5, por sí y en su calidad de único heredero de don Félix Hernando Del Río, chileno, viudo, agricultor, C.N.I. N 2.749.261 -4, domiciliado para estos efectos en Las Tranqueras n2267, comuna de Vitacura, Santiago; /Dos/ doña PAMELA GAJARDO SÁNCHEZ, chilena, casada bajo régimen de sociedad conyugal, diseñadora de interiores, C.N.I. N 6.442.637 -0, domiciliada para estos efectos en Las Tranqueras n2267, comuna de Vitacura, Santiago; /Tres/ CAMILA ANDREA HERNANDO GAJARDO, chilena, soltera, psicóloga, C.N.I. N 17.677.137-2, domiciliada para estos efectos en Las Tranqueras n2267, comuna de Vitacura, Santiago; y /Cuatro/ MICAELA BELÉN HERNANDO GAJARDO, chilena, soltera, estilista, C.N.I.
N 18.640.756-3, domiciliada para estos efectos en Las Tranqueras n2267, comuna de Vitacura, Santiago; acordaron modificar la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES TABLADA LIMITADA, Rol Único Tributario número 76.607.206-2, constituida como sociedad por acciones por escritura pública de fecha 27 de septiembre del año 2016 bajo repertorio 5.774, otorgada en la Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, cuyo extracto autorizado se inscribió a fojas 73.429 número 39.546 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago correspondiente al año 2016, y posteriormente transformada a sociedad de responsabilidad limitada por escritura pública de fecha 15 de julio del año 2021 otorgada en la Notaria doña María Soledad Lascar Merino, inscribiéndose un extracto de dicha escritura a fojas 56.871 número 26.438 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago correspondiente al año 2021; en virtud de que con fecha 6 de mayo del 2022, falleció don Félix Hernando del Río, C.N.I. n2.749.261 -4, habiéndose concedido la posesión efectiva conforme consta en escritura extractada.
Como consecuencia del fallecimiento del socio don Félix Hernando del Río, la Sucesión compuesta únicamente por el heredero don Félix Hernando Ramos, adquirió por sucesión por causa de muerte, los derechos sociales que tenía el Causante en la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES TABLADA LIMITADA, correspondientes al 35,52% del capital social.
Así, los únicos y actuales socios de INMOBILIARIA E INVERSIONES TABLADA LIMITADA son Félix Hernando Ramos, por sí y en su calidad de único heredero de don Félix Hernando Del Rio, doña Pamela Gajardo Sánchez, doña Camila Andrea Hernando Gajardo y doña Micaela Belén Hernando Gajardo.
En consideración a lo expuesto, los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES TABLADA LIMITADA, acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales en los siguientes términos: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad será la cantidad de $594.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: /Uno/ don FÉLIX HERNANDO RAMOS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $588.000.000, equivalentes al 98,98% del capital social ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en escrituras sociales anteriores; /Dos/ doña PAMELA GAJARDO SÁNCHEZ, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.000.000 al contado y en dinero en efectivo, equivalentes al 0,34% del capital social ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; /Tres/ doña CAMILA ANDREA HERNANDO GAJARDO, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.000.000 al contado y en dinero en efectivo, equivalentes al 0,34% del capital social ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; y /Cuatro/ doña MICAELA BELÉN HERNANDO GAJARDO, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.000.000 al contado y en dinero en efectivo, equivalentes al 0,34% del capital social ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad. En consecuencia, el capital de quinientos noventa y cuatro millones Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2614009 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.081 Viernes 21 de Febrero de 2025 Página 2 de 2 de pesos se encuentra íntegramente pagado.”. - Adicionalmente, los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios acordaron fijar texto refundido de los estatutos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES TABLADA LIMITADA: “ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la denominación de INMOBILIARIA E INVERSIONES TABLADA LIMITADA, en adelante también la “Sociedad”. “ARTÍCULO SEGUNDO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que podrá abrir sucursales o agencias en otros puntos del país o del extranjero.”. “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la Sociedad será: a) La adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u cualquier otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y/o urbanización de clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, ya sean agrícolas, rurales, rústicos o urbanos, por cuenta propia o ajena, la construcción en los mismos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria.
El arriendo de bienes inmuebles; b) La realización de toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, especialmente derechos en sociedades, acciones de sociedades anónimas, abiertas o cerradas, bonos y otros instrumentos o valores diversos de inversión.
La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las misas, la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y c) en general toda otra actividad conexa, necesaria o conducente a las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden.”. “ARTÍCULO CUARTO: La duración de la Sociedad será diez años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios decida poner término a la sociedad mediante declaración efectuada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período original o al de cualquiera de sus prórrogas.”. “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la cantidad de $594.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: /Uno/ don FÉLIX HERNANDO RAMOS, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $588.000.000, equivalentes al 98,98% del capital social ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad, mediante el aporte en dominio de los inmuebles indicados en escrituras sociales anteriores; /Dos/ doña PAMELA GAJARDO SÁNCHEZ, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.000.000 al contado y en dinero en efectivo, equivalentes al 0,34% del capital social ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; /Tres/ doña CAMILA ANDREA HERNANDO GAJARDO, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.000.000 al contado y en dinero en efectivo, equivalentes al 0,34% del capital social ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad; y /Cuatro/ doña MICAELA BELÉN HERNANDO GAJARDO, aporta y paga con anterioridad a este acto, la cantidad de $2.000.000 al contado y en dinero en efectivo, equivalentes al 0,34% del capital social ya enterado en arcas sociales a entera y total satisfacción de la sociedad.
En consecuencia, el capital de $594.000.000 se encuentra íntegramente pagado.”. “ARTICULO SEXTO: Los socios limitan expresamente sus responsabilidades personales por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes.”. “ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios don Félix Hernando Ramos y doña Pamela Gajardo Sánchez, quienes podrán actuar de manera conjunta o separada e indistintamente, y solo en el evento de faltar ambos, situación que no es necesaria acreditar ante terceros, la administración corresponderá a doña Camila Andrea Hernando Gajardo y doña Micaela Belén Hernando Gajardo, quienes deberán actuar conjuntamente.”. Los socios reiteran que su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Doña Pamela Gajardo Sánchez actúa en el ejercicio de su patrimonio reservado. Otras estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 11 de febrero de 2025, María Soledad Lascar Merino Notario Público. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2614009 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl