Decreto número 5, de 2026.- Acepta renuncia voluntaria presentada por don Daslav Cristian Mihovilovic Pérez al cargo de Director Ejecutivo Suplente del Servicio Local de Educación Pública de Atacama
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.380 Jueves 19 de Febrero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2768037 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA PRESENTADA POR DON DASLAV CRISTIAN MIHOVILOVIC PÉREZ AL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO SUPLENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE ATACAMA Núm. 5.- Santiago, 12 de enero de 2026.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32, Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en los artículos 4,14 y 16 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en el DFL Nº 14, de 2018, del Ministerio de Educación, que Fija Planta del Personal del Servicio Local de Educación Pública de Atacama que comprende las comunas de Copiapó, Caldera, Tierra Amarilla, Chañaral y Diego de Almagro, y otras materias que indica; en el decreto Nº 74, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en el decreto Nº 1.464, de 2019, del Ministerio de Hacienda, que fija los porcentajes de asignación de Alta Dirección Pública, de Primer Nivel Jerárquico que indica; en el decreto supremo Nº 32, de febrero de 2025, del Ministerio de Educación, que regulariza designación del Director Ejecutivo Suplente del Servicio Local de Educación Pública de Atacama, de conformidad al artículo 24 bis de la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la carta de renuncia de don Daslav Cristian Mihovilovic Pérez recibida por el Ministro de Educación, con fecha 12 de enero de 2026; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y; Considerando: Que, la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, establece la instalación de setenta Servicios Locales de Educación Pública, los que se encargarán de proveer, a través de los establecimientos educacionales de su dependencia, el servicio educacional en los niveles y modalidades que corresponda, debiendo orientar su acción de conformidad a los principios que la informan.
Que, en virtud de lo anterior, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 16 de la citada ley, los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), son órganos públicos, funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionan con el Presidente de la República, a través de este Ministerio de Educación.
Que, el artículo 21 de la referida ley prescribe que la dirección y administración de cada Servicio Local estará a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, quien será el/la jefe/a superior del servicio y es nombrado por el Presidente de la República, mediante el proceso de selección de altos directivos públicos.
Que, el artículo 24 bis de la ley 21.040, introducido mediante la ley N 21.653, establece la atribución del Presidente de la República de nombrar a un Director/a Ejecutivo/a suplente para el SLEP que corresponda, en el caso que dicho cargo se encuentre vacante o que, por cualquier circunstancia, no esté siendo ejercido por su titular por al menos veinte días corridos. Aquel nombramiento sin sujeción a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública, debe ser Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2768037 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, el DFL N 14, de 2018, del Ministerio de Educación, que Fija Planta del Personal del Servicio Local de Educación Pública de Atacama que comprende las comunas de Copiapó, Caldera, Tierra Amarilla, Chañaral y Diego de Almagro dispone en su literal A)numeral 1 del artículo 1º, el cargo de Director Ejecutivo, grado 4 EUS, de la planta de directivos de primer nivel jerárquico del Título VI de la ley Nº 19.882.
Que, mediante decreto Nº 74, de 2018, del Ministerio de Educación, se fijó la denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica, entre ellos el SLEP de Atacama. Que, el artículo 1º del citado decreto señala que se denominará Servicio de Educación Pública de Atacama a uno de los SLEP de la Región de Atacama.
Luego, en su artículo 2º establece que el ámbito de competencia del SLEP de Atacama comprenderá las comunas de Copiapó, Caldera, Tierra Amarilla, Chañaral y Diego de Almagro, teniendo su domicilio en la comuna de Copiapó.
Que, mediante decreto supremo Nº 32, de febrero de 2025, de este origen, se regularizó la designación de don Daslav Cristian Mihovilovic Pérez como Director Ejecutivo Suplente del Servicio Local de Educación Pública de Atacama, de conformidad al artículo 24 bis de la ley Nº 21.040, por el periodo de un (1) año, a contar del 5 de febrero de 2025 y hasta el 5 de febrero de 2026.
Que, con fecha 12 de enero de 2026, don Daslav Mihovilovic Pérez presentó al Ministro de Educación, mediante correo electrónico, su renuncia voluntaria al cargo de Director Ejecutivo Suplente del Servicio Local en comento a contar del día 12 de enero de la presente anualidad.
Que, conforme al artículo 23 letra b), de la ley Nº 21.040, una de las causales de cese de funciones del Director Ejecutivo de un Servicio Local de Educación Pública es la renuncia voluntaria aceptada por el Presidente de la República.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 146 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, la aceptación de la renuncia es una de las causales de cese de funciones.
Que, el artículo 147 del citado DFL se refiere a la renuncia como causal de cese de funciones, estableciendo que aquella corresponde al acto a través del que el funcionario manifiesta a la autoridad que lo nombró la voluntad de hacer dejación de su cargo, la que deberá presentarse por escrito y no producirá efectos sino desde la fecha en que se quede totalmente tramitado el decreto o resolución que la acepta, a menos que en la renuncia se indicare una fecha determinada y así lo disponga la superioridad.
Que, teniendo presente lo expuesto en los considerandos precedentes, se hace necesario dictar el correspondiente acto administrativo que acepta la renuncia voluntaria al cargo de Director Ejecutivo Suplente del Servicio Local de Educación Pública de Atacama.
Decreto: Artículo primero. - Acéptase la renuncia voluntaria presentada por don Daslav Cristian Mihovilovic Pérez, cédula de identidad Nº 15.310.726-2, al cargo de Director Ejecutivo Suplente del Servicio Local de Educación Pública de Atacama a contar del 12 de enero de 2026. Artículo segundo. - Déjase establecido que el profesional individualizado en el artículo primero no se encuentra sometido a sumario administrativo. Anótese, tómese razón, regístrese, notifíquese y publíquese. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a usted, Alejandra Arratia Martínez, Subsecretaria de Educación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2768037 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl