“Perjudica de forma irreparable atodos los comercios del país”: FNE fue el único voto en contra de suspender rebaja de tasas de intercambio de tarjetas
“Perjudica de forma irreparable atodos los comercios del país”: FNE fue el único voto en contra de suspender rebaja de tasas de intercambio de tarjetas "Perjudica de forma irreparable atodos los comercios del país": FNE fue el único voto en contra de suspender rebaja de tasas de intercambio de tarjetas La suspensión de la segunda reducción de tasas de intercambio decidida por el Comité generó críticas de Julie Massmann, representante de la Fiscalía Nacional Económica, quien objetó la validez de los datos, advirtiendo sobre el perjuicio a comercios y consumidores, y cuestionó la legalidad de la medida provisional. LEONARDO CÁRDENAS La segunda etapa de la reducción de la tasa de intercambio, originalmente programada para el 1 de octubre, ha sido suspendida por el Comité para la Fijación de Límites de Tasas de Intercambio.
Esta medida fue anunciada a través de un comunicado en el que el Comité, "por mayoría", argumentó que mantener los límites actuales es necesario "para asegurar la efectividad del procedimiento". Sin embargo, según el acta oficial del encuentro, la representante de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), Julie Massmann, presentó varios reparos a la medida y fue el único voto disidente. En su voto de minoría, Massmann expuso varios argumentos en desacuerdo con la decisión mayoritaria.
Primero, cuestionó la validez de los antecedentes presentados en las audiencias de lobby, señalando que "si bien relevantes, presentan información agregada que no ha podido, a la fecha, ser verificada por este comité". Además, la representante de la FNE criticó el enfoque adoptado por la mayoría del Comité en relación con los costos de los emisores de tarjetas, argumentando que "la decisión de mayoría se basa en una serie de supuestos cambios en la estructura y niveles de costos de determinados emisores, los cuales no serían pertinentes si se sustituyera dicha metodología por el "test de la indiferencia'". Según Massmann, el uso de este test, recomendado por expertos en la industria de pagos, proporcionaría una metodología más robusta y alineada con los estándares internacionales para fijar tasas de intercambio que generen un resultado socialmente óptimo.
De hecho, subrayó que la metodología de costos aplicada hasta ahora "ha sido criticada transversalmente por los agentes del mercado". Uno de los puntos más críticos en la postura de la representante de la FNE es el impacto que la suspensión de la segunda reducción de la tasa de intercambio tendrá en ARO AGO )VAS AE los comercios y consumidores.
Massmann destacó que la medida provisional "perjudica de forma irreparable a todos los comercios del país que aceptan pagos con tarjetas de crédito, débito y prepago, ya que no podrán beneficiarse de los menores costos por su aceptación". Además, resaltó que la medida también afectará indirectamente a los consumidores, quienes no disfrutarán de las ventajas de la reducción de costos que debían implementarse en octubre.
El Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio, creado por la Ley N* 21.365, es un organismo técnico y autónomo que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda.
Su función es fijar los límites de las tasas de intercambio para transacciones con tarjetas, con el fin de garantizar un mercado de tarjetas competitivo, inclusivo y transparente, además de asegurar un sistema de pagos minoristas eficiente y seguro. 0] YVUENS 0] YVUENS El Comité de Tasas de Intercambio es integrado por cuatro miembros: Loreto Neumann (Ministerio de Hacienda), abogada PUC, Máster avanzado en estudios europeos la Université Catholique de Louvaine, UCL; Renzo Dapueto, asesor económico de la gerencia de regulación e infraestructura del Banco Central; Daniel Calvo, director de Regulación Prudencial de Valores, Medios de Pago y Desarrollo de Mercado de la CMF, y Julie Massmann, coordinadora de la División Antimonopolios de la Fiscalía Nacional Económica. URGENCIA Otro punto clave en el voto de minoría fue el cuestionamiento a la facultad del Comité para adoptar medidas provisionales. Massmann argumentó que "el Comité no tiene facultades para suspender ni establecer medidas provisionales que modifiquen la Resolución Exenta N' 1 de 22 de febrero de 2023. Esta observación se basa en su interpretación de la Ley N' 21.365, que regula el proceso de fijación de límites a las tasas de intercambio.
Según Massmann, esta normativa no contempla la posibilidad de establecer medidas provisionales durante un proceso en curso, salvo en el primer proceso de fijación, donde la ley permite que una propuesta preliminar de tasas sea vinculante de manera provisoria. Sin embargo, para procesos sucesivos, como el actual, esta Opción está expresamente excluida por el legislador.
Massmann también cuestionó el uso del artículo 32 de la Ley N'19.880 como fundamento para adoptar medidas provisionales, señalando que "la aplicación supletoria de la Ley N'19.880 tiene por objetivo cubrir vacíos en los procedimientos administrativos especiales". Sin embargo, en este caso, según su análisis, no existe tal vacío que justifique la medida provisional. En cuanto a la urgencia de la medida, Massmann también expresó dudas.
Sostuvo que la suspensión de la reducción de la tasa de intercambio "no es necesaria para asegurar la eficacia de los nuevos límites máximos que se establecerán al concluir el proceso". Ensu opinión, "no esevidente que exista alguna afectación alos bienesjurídicos que se pretende proteger con la medida provisional", y criticó la falta de claridad sobre cómo la demora en la decisión definitiva podría causar un daño irreparable a los objetivos públicos. Por último, cuestionó la falta de un estudio de impacto que evaluara los efectos de la primera reducción de las tasas de intercambio, implementada a principios de 2023. En su opinión, la ausencia de tal estudio debilita aún más la justificación de la medida provisional. Subrayó que la información pública disponible "no indica impactos negativos relevantes en la emisión, uso y aceptación de tarjetas, ni la existencia de riesgos de eficiencia, seguridad o reducción de la penetración e inclusión".Q.