Gobierno ingresó reforma al sistema de nombramientos del Poder Judicial
Gobierno ingresó reforma al sistema de nombramientos del Poder Judicial 1 Ministerio de Justicia E presen erp to de reforma para modificar el sistema de nombramientos en el Poder Judicial a través dela creación de unconsejo especial.
Según explicó el titular de la cartera, Luis Cordero, la ciativa ingresada al Congreso ciativa ingresada al Congreso consta de tres ejes, comenzando por "establecer un mecanismo de nombramiento que permita separar el régimen, permitiendo un mecanismo de nombramientos que valore el mérito más que la antigiiedad y el conocimiento personal". "Segundo, es la distinción delas competencias en materia de gobierno judicial y, en tercerlugar, establecerreglas e incentivos adecuados para controles preventivos en materiade conflictos de interés", señaló.
La reforma propuesta por el Gobierno propone la creación del Consejo de Nombramientos Judiciales, que, según elmensajeoficial del Ejecutivo, "estará acargo dela gestión de los procesos de selección, y se introducen nuevas reglas para los nombramientos judiciales, sobre la base de procesos fundados enel mérito de los candidatos y mediante mecanismos de oposición efectiva". mos de oposición efectiva". Esta instancia estaría compuesta por "un ministro de la Corte Suprema, un ministro de una Corte de Apelaciones; un juezletrado del Poder Judicial; un representante designado por el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas y unabogado de reconocidatrayectoria profesional y académica, que deberá tener a lo menos veinteaños de título de abogado, designado por el Presidente dela República, previa propuesta del Consejo de Alta Dirección Pública". Quienes resulten electos estarán por cinco años en el cargo, sin posibilidad de reelección.
La propuesta incluye la "creación de un Órgano autónomo encargado de la administración y gestión de los recursos de todos los tribunales dela nación, con excepción del Tribunal Constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones, los tribunales electorales regionales y los demás tribunalesque determine unaley orgánica constitucional". (4. - - -