Resolución exenta número 2.844-DJ, de 2024.- Delega en la jefatura de la Sección de Asesoría y Estudios Jurídicos y Abogados(as) de la División Jurídica las facultades que indica, y deja sin efecto resolución Nº 66 exenta, de 2020, del Jefe de la División Jurídica del Servicio de Tesorerías
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.897 Jueves 11 de Julio de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2516853 MINISTERIO DE HACIENDA Tesorería General de la República DELEGA EN LA JEFATURA DE LA SECCIÓN DE ASESORÍA Y ESTUDIOS JURÍDICOS Y ABOGADOS(AS) DE LA DIVISIÓN JURÍDICALAS FACULTADES QUE INDICA, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 66 EXENTA, DE 2020, DEL JEFE DE LA DIVISIÓN JURÍDICA DEL SERVICIO DE TESORERÍAS (Resolución) Núm. 2.844 -DJ exenta. - Santiago, 1 de julio de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DFL Nº 1, de 1994, del Ministerio de Hacienda, Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías; en la resolución exenta Nº 671, de 2019, del Tesorero General de la República, que fija Organización Interna del Servicio de Tesorerías; en la resolución exenta Nº 66, de 2020, del Jefe de la División Jurídica del Servicio de Tesorerías, sobre Delegación de firma en abogados de la División Jurídica, en las materias que señala y deja sin efecto resolución exenta Nº 1.018, de 2017, de la misma autoridad; y, en las resoluciones Nos. 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando: 1. - Que, de acuerdo con el artículo 9º de la resolución exenta Nº 671, de 2019, del Tesorero General de la República, que fija Organización Interna del Servicio de Tesorerías, le corresponde a la División Jurídica, entre otras funciones, la de informar acerca de todos los asuntos jurídicos que sean de la competencia de la institución -literal apor lo que le corresponde elaborar informes jurídicos para responder consultas dentro de las cuales existen temáticas más frecuentes en que se aplican criterios jurídicos generalmente permanentes, por lo que con el fin de agilizar sus respuestas y dar así cumplimiento a los principios de eficiencia y eficacia que deben inspirar los actos de los órganos de la Administración del Estado, resulta conveniente delegar a la jefatura de la Sección de Asesoría y Estudios Jurídicos la facultad para suscribir directamente la respuesta al requerimiento, solo si en esta se mantiene la aplicación de los criterios jurídicos previamente establecidos en esta División. De esta forma, en caso que debido a cambios normativos, jurisprudenciales administrativos o judiciales u otros motivos, deba realizarse un cambio de criterio, éste deberá emanar de la Jefatura de la División Jurídica.
Asimismo, resulta necesario delegar en la misma jefatura referidala facultad de suscribir comunicaciones u oficios en que se remita documentación o se solicite esta u otra información o su complementación, como también en los que se solicite ampliación del plazo que se hubiere asignado por la Contraloría General de la República u otro organismo para la emisión de respuestas o informes jurídicos, por tratarse de actos que se relacionan con el curso progresivo de la tramitación de los requerimientos, y que permite agilizar su gestión. 2.- Que, por su parte, esta División Jurídica debe, además, responder requerimientos de información que le son efectuados por otros organismos públicos, Tribunales de Justicia, Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516853 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.897 Jueves 11 de Julio de 2024 Página 2 de 3 Ministerio Público, Policías u otros, la cual debe ser extraída directamente de los sistemas informáticos de este Servicio. Dicha información debe ser proporcionada con celeridad con el fin de dar respuestas rápidas, oportunas y en el marco de la legalidad vigente.
Conforme a ello, considerando que se trata de información que es extraída directamente de las bases de datos que se mantienen en este organismo, resulta conveniente que dichos requerimientos sean respondidos directamente por los abogados y abogadas de la dotación de la División Jurídica. 3.- Que el artículo 41 del DFL Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, autoriza la delegación de atribuciones y facultades propias de los cargos que se ejerzan en la Administración del Estado, disponiéndose que igualmente podrá delegarse la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, determinados actos, sobre materias específicas. 4.- Que, conforme a la norma antes referida en relación con los fundamentos antes expresados, y con el fin de dar cumplimiento a los principios de eficiencia y eficacia, y de economía procedimental, que deben inspirar los actos de los órganos de la Administración del Estado, para así conferir una tramitación ágil y expedita a los requerimientos que le competen a la División Jurídica, resulta procedente delegar las facultades que se especifican en la parte resolutiva del presente acto administrativo, en las condiciones que ahí se expresan. 5.- Que, de acuerdo a lo que señalan los artículos 3º y 5º de la ley Nº 19.880, las decisiones que adopte la Administración se expresarán por medio de actos administrativos, los cuales deberán constar por escrito o por medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija o permita otra forma de expresión y constancia, motivo por el cual resulta necesario dictar el presente acto administrativo; y conforme al artículo 48 del mismo cuerpo normativo, los actos administrativos deberán publicarse cuando, entre otros supuestos, contengan normas de general aplicación o que miren al interés general, como también los que interesen a un número indeterminado de personas, circunstancias que hacen procedente que esta resolución deba ser publicada en el Diario Oficial, motivo por el cual dicto la siguiente.
Resolución: 1º Delégase en la Jefatura de la Sección de Asesoría y Estudios Jurídicos de la División Jurídica de este Servicio de Tesorerías, que ejerza el cargo en calidad titular, suplente o subrogante, las siguientes facultades: a) Suscribir comunicaciones u oficios de cualquier naturaleza para dar respuesta a consultas relacionadas con la aplicación de las leyes, reglamentos o cualquier otra norma, solo sí en éstas se aplican los criterios jurídicos previamente establecidos en esta División Jurídica, sobre las siguientes materias: i. Impuesto adicional a los vehículos motorizados nuevos (Formulario 88). ii. Impuesto a la transferencia de vehículos motorizados (Formulario 23). iii. Pagos por consignación de cualquier tipo de deudas como también las referidas a arriendos. iv. Bono post laboral y Bonos por incentivo al retiro del funcionariado de los órganos de la Administración del Estado. v.
Acreencias bancarias afectas a caducidad. b) Suscribir comunicaciones u oficios de cualquier naturaleza en que se remita documentación solicitada por cualquier autoridad administrativa u organismos de la Administración del Estado y Poder Judicial, incluidos Tribunales de Justicia, Juzgados de Policía Local, Tribunales administrativos especiales, Ministerio Público, Consejo de Defensa del Estado, Policía de Investigaciones de Chile y Carabineros de Chile. c) Suscribir comunicaciones u oficios de cualquier naturaleza que se dirijan a autoridades administrativas, organismos públicos o cualquier otro órgano del Estado o interesado/a que contengan requerimientos de: Información; complementación de ésta; o documentación, que resulte necesaria para el desarrollo de las funciones propias de la División Jurídica. d) Suscribir comunicaciones u oficios de cualquier naturaleza que se dirijan a la Contraloría General de la República y demás instituciones u órganos del Estado en que se solicite ampliaciones de plazos asignados para emitir respuestas e informes jurídicos. 2º Delégase a cada uno de los abogados y abogadas que forman parte de la dotación de la División Jurídica de este Servicio de Tesorerías, que ejerzan el cargo como titular, suplente o Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516853 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.897 Jueves 11 de Julio de 2024 Página 3 de 3 subrogante, la facultad de suscribir comunicaciones u oficios de cualquier naturaleza que respondan requerimientos de entrega de información que se extraiga directamente de los sistemas informáticos de este Servicio, en materias de competencia de la División Jurídica, dirigidos a autoridades administrativas u organismos de la Administración del Estado y Poder Judicial, incluidos Tribunales de Justicia, Juzgados de Policía Local, Tribunales administrativos especiales, Ministerio Público, Consejo de Defensa del Estado, a la Policía de Investigaciones de Chile y Carabineros de Chile. 3º Todos los documentos que se suscriban en ejercicio de las facultades delegadas deberán consignar, antes de la firma del delegado, la frase "Por Orden del/la Fiscal". 4º Revócase las delegaciones de facultades contenidas en la resolución exenta Nº 66, de 2020, del Jefe de la División Jurídica del Servicio de Tesorerías, la que, por este acto, se deja sin efecto. 5º Por razones de buen servicio, la delegación, revocación y derogación contenidas en este acto, regirán a contar de la fecha de la presente resolución, sin esperar su total tramitación. Anótese, comuníquese y publíquese. - Juan Pablo Marras García, JefeDivisión Jurídica (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516853 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl