LA ESCONDIDA 1 AL 5 / SLM La Escondida Una de La Sierra Monardes
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 43.883 Lunes 24 de Junio de 2024 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2508417 EN LO PRINCIPAL: Solicita Mensura de las pertenencias mineras que indica; EN EL PRIMER OTROSÍ: Se deje testimonio; EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos; EN EL TERCER OTROSÍ: Propone Perito Mensurador; EN EL CUARTO OTROSÍ: Solicita copias autorizadas; EN EL QUINTO OTROSÍ: Se tenga presente. S. J.
L. CIVIL DE COPIAPÓ (3) FRESIA DEL ROSARIO ALVAREZ PERALTA, ya individualizado, por la “SOCIEDAD LEGAL MINERA LA ESCONDIDA UNA DE LA SIERRA MONARDES” en los autos mineros voluntarios, causa Rol N V-2608-2023, del Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, sobre procedimiento de constitución de las Pertenencias Mineras denominadas “LA ESCONDIDA 1 AL 5”, a US., respetuosamente, digo: Que, encontrándome dentro del plazo legal y cumpliendo con todos los requisitos legales indicados en el artículo 59 del Código de Minería, y acompañando en este acto, todos los documentos indicados en el segundo otrosí de este escrito, vengo en solicitar la mensura de las pertenencias manifestadas. La mensura se hará de acuerdo con el plano adjunto, con una superficie total de 25 hectáreas.
Las pertenencias mineras, La Escondida 1 a La Escondida 5 tendrá 100 metros en el sentido Norte-Sur U.T.M., por 500 metros en el sentido Este-Oeste U.T.M., con una superficie de 5 hectáreas cada una. - Las coordenadas U.T.M. del Punto de Interés (P.I. ) y Linderos del perímetro referidas al Datum La Canoa, Huso 19, son las siguientes: ESTACIÓN NORTE (metros) ESTE (metros) Punto de Interés (P.I. ) 6.976.300 ,00 353.850 ,00 Lindero 1 (N-W) 6.976.550 ,00 353.600 ,00 Lindero 2 6.976.550 ,00 354.100 ,00 Lindero 3 6.976.050 ,00 354.100 ,00 Lindero 4 6.976.050 ,00 353.600 ,00 Lindero 1 (Nor-Oeste) a Punto de Interés, da un azimut U.T.M. centesimal de 150,0000 gds y una distancia también U.T.M. de 353,553 metros. No se tiene conocimiento de la existencia de pertenencias vecinas, pero en el caso de haberlas se respetarán. POR TANTO, y en mérito de lo expuesto, y de lo que disponen los artículos 59 y 60 del Código de Minería, y 23 y siguientes del Reglamento de dicho Código.
RUEGO A US., tener por presentada en forma legal y dentro de plazo, la Solicitud de Mensura de las pertenencias mineras “LA ESCONDIDAS 1 AL 5”, y sírvase ordenar la publicación correspondiente y disponer que se mensuren las pertenencias indicadas en esta solicitud, una vez vencido el plazo para formular oposición.
EN EL PRIMER OTROSÍ: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 inciso primero del Código de Minería, solicito a S.S., se deje testimonio en la misma resolución que ordena publicar esta solicitud de mensura, que la manifestación de autos se tiene por presentada con fecha 18 de Octubre de 2023. POR TANTO, RUEGO A US., consignar el testimonio solicitado. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508417 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.883 Lunes 24 de Junio de 2024 Página 2 de 2 EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Que, a fin de cumplir lo ordenado y dispuesto en el artículo 59 del Código de Minería, sírvase a US., tener por acompañadoslos siguientes documentos: 1 Comprobante de pago de la Tasa de Manifestación “LA ESCONDIDA 1 AL 5” 2 Comprobante de pago de la Patente Proporcional “LA ESCONDIDA 1 AL 5” 3 Copia Autorizada de la Inscripción de la Manifestación “LA ESCONDIDA 1 AL 5” 4 Ejemplar de fecha 15 de Noviembre de 2023, del Boletín Oficial de Minería de la Provinciade Copiapó, Tercera Región, en que se publicó la Inscripción de la manifestación “LA ESCONDIDA 1 AL 5” 5 Plano de ubicación y configuración de las pertenencias mineras, con las coordenadas de cada uno de sus vértices del perímetro y la relación del vértice 1 (N-W) en azimut y distancia con punto de interés indicado en la manifestación.
EN EL TERCER OTROSÍ: Ruego a US. tener presente, que haciendo uso del derecho que confiere el inciso segundo del Artículo 71 del Código de Minería, propongo se designe al Perito Mensurador, Ingeniero Civil de Minas, para que practique la operación de mensura de las citadas pertenencias mineras, a don VÍCTOR HUGO CABELLO GAMONAL, Rut N 8.592.207 -6, domiciliado en calle Los Carreras N 4464, ciudad de Copiapó.
EN EL CUARTO OTROSÍ: Sírvase S.S., otorgarme copia autorizada de esta presentación y de su resolución, para su publicación en el Boletín Oficial de Minería, a fin de cumplir con lo dispuesto en el inciso final del artículo 60 del Código de Minería.
EN EL QUINTO OTROSÍ: RUEGO A US., tener presente que designo abogado Patrocinante y confiero poderal señor ERICK JOHN CASTRO TORO, Rut 13.222.684-9, patente al día, domiciliado en calle Yumbel N 557, Copiapó, casilla electrónica erickct.abogado@gmail.com. - NOMENCLATURA: 1. [4698]Practíquese Mensura JUZGADO: 3 Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL: V-2608-2023 CARATULADO: ÁLVAREZ/ Copiapó, cuatro de Junio de dos mil veinticuatro.
Por cumplido lo ordenado, provéase la presentación pendiente de folio 4, como sigue: A lo principal y primer otrosí: Téngase por solicitada la mensura de las pertenencias “La Escondida 1 al 5”, manifestadas con fecha 18 de octubre de 2023. Publíquese. Al segundo otrosí: Téngase por acompañados documentos singularizados.
Al tercer otrosí: Ejecutará la mensura el perito don Víctor Hugo Cabello Gamonal, a quien deberá notificársele legalmente de la designación en el cargo, debiendo señalar al momento de la aceptación al cargo un correo electrónico de contacto.
Al cuarto otrosí: Atendido a que la presentación no exhibe firma digital avanzada, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 60 del Código de Minería, hágase entrega al solicitante o a quien este autorice de copia autorizada solo de la presentación en atención a que la resolución exhibe firma digital avanzada. Al quinto otrosí: Téngase presente. En Copiapó, a cuatro de Junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diariola resolución precedente. amc. Alejandra Jimena Orellana Negrez Juez PJUDCuatro de junio de dos mil veinticuatro 09:44 UTC-4. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XEZBXNXSMMY. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508417 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl