Resolución exenta número 733, de 2025.- Delega en funcionarios que indica la facultad para otorgar autorizaciones de transporte internacional terrestre que señala, y deja sin efecto resoluciones que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.083 Lunes 24 de Febrero de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2614361 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Transportes DELEGA EN FUNCIONARIOS QUE SE INDICA LA FACULTAD PARA OTORGAR LAS AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE QUE SEÑALA; Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICA (Resolución) Núm. 733 exenta. - Santiago, 13 de febrero de 2025.
Vistos: Los artículos 5º, 23º y 41º del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que "Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado"; el artículo 1º letra t) del decreto con fuerza de ley Nº 279, de 1960, que "Fija normas sobre atribuciones del Ministerio de Economía en materia de transportes y reestructuración de la Subsecretaría de Transportes", y el decreto ley Nº 557, de 1974, que "Crea el Ministerio de Transportes", ambos del Ministerio de Hacienda; la Ley Nº 19.254, que "Fija Plantas de Personal de las Subsecretarías de Transportes y de Telecomunicaciones y de la Junta de Aeronáutica Civil; el decreto ley Nº 618, de 1974, que "Aprueba Convenio Chileno-Argentino de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país", el decreto supremo Nº 257, de 1991, que "Promulga el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre adoptado el 1 de enero de 1990 por Chile, Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay", y el decreto supremo Nº 1.739, de 1999, que "Promulga el Convenio de Transporte en Zonas Fronterizas con Argentina y su anexo", todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución exenta Nº 245, de fecha 29 de noviembre de 2023, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado; las resoluciones exentas Nº 225, de fecha 13 de enero de 2022, que "Delega en funcionarios de la Subsecretaría de Transportes la Facultad para Otorgar Permisos Ocasionales de Transporte Internacional Terrestre en el marco de los tratados internacionales que se indican", y Nº 695, de fecha 15 de febrero de 2023, que "Delega en Funcionarios que se indica la Facultad para Otorgar Permisos Permanentes, Originarios y Complementarios de Transporte Internacional Terrestre y deja sin efecto resoluciones que indica"; la resolución Nº 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que "Fija normas sobre Exención del trámite de Toma de Razón"; y demás normativa aplicable.
Y considerando: La necesidad de ejercer de forma más eficiente y expedita el otorgamiento de las autorizaciones para efectuar transporte internacional terrestre, en los ámbitos del "Convenio Chileno-Argentino de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país utilizando el territorio del otro", el "Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre" y el "Convenio de Transporte en Zonas Fronterizas", todos citados en vistos. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2614361 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.083 Lunes 24 de Febrero de 2025 Página 2 de 3 Resuelvo: 1º Delégase en los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones titulares, con excepción del Metropolitano de Santiago, la facultad de conceder las siguientes autorizaciones de transporte internacional terrestre: a) Permisos permanentes país/país de carga, en el ámbito del "Convenio Chileno-Argentino de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país utilizando el territorio del otro"; y b) Permisos originarios bilaterales de carga, en el ámbito del "Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre". Dicha delegación se radicará de acuerdo a la comuna del domicilio de la persona natural que presente la solicitud o aquel que figure en los estatutos de la persona jurídica solicitante. Esto, sin perjuicio de las excepciones derivadas de la aplicación de los acuerdos bilaterales vigentes celebrados con Bolivia y Uruguay, en cuyo caso la delegación será aquella que se indica en el Resuelvo Segundo.
Ante la ausencia o impedimento del Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones titular respectivo, las facultades serán ejercidas por el funcionario a contrata, profesional grado 9º EUS, Enrique Lionel Arce Klein; quien será subrogado por el funcionario de planta directiva, profesional grado 4º EUS, Pablo Roberto Ortiz Méndez; quien será, a su vez, subrogado por el funcionario de planta directiva, profesional grado 4º EUS, Sergio Eduardo Stephan Orellana; quien será, a su vez, subrogado por la funcionaria de planta directiva, profesional grado 2º EUS, Cecilia Carola Jorquera Zúñiga; siendo esta última subrogada, a su vez, por el funcionario de planta directiva, profesional grado 4º EUS, Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant González; todos de la Subsecretaría de Transportes. 2º Delégase en el funcionario a contrata, profesional grado 9º EUS, Enrique Lionel Arce Klein, la facultad de conceder las siguientes autorizaciones de transporte internacional terrestre: a) Permisos permanentes país/país de carga, en el ámbito del "Convenio Chileno-Argentino de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país utilizando el territorio del otro"; y b) Permisos originarios bilaterales de carga, en el ámbito del "Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre"; c) Permisos originarios bilaterales de pasajeros, en el ámbito del "Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre"; d) Permisos complementarios país/país, en el ámbito del "Convenio Chileno-Argentino de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país utilizando el territorio del otro"; e) Permisos complementarios bilaterales, en elámbito del "Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre"; y f) Permisos de transporte en zona fronteriza, en el ámbito del "Convenio de Transporte en Zonas Fronterizas". La delegación indicada en los literales a) y b) se radicará cuando la comuna del domicilio de la persona natural que presente la solicitud o aquel que figure en los estatutos de la persona jurídica solicitante pertenezca a la Región Metropolitana de Santiago.
Por su parte, la delegación indicada en el literal b) alcanzará también a los permisos originarios bilaterales de carga hacia Bolivia y Uruguay, sin importar la región del domicilio de la persona natural o persona jurídica.
Ante la ausencia o impedimento del funcionario antes indicado, las facultades serán ejercidas por el funcionario de planta directiva, profesional grado 4º EUS, Pablo Roberto Ortiz Méndez; quien será, a su vez, subrogado por el funcionario de planta directiva, profesional grado 4º EUS, Sergio Eduardo Stephan Orellana; quien será, a su vez, subrogado por la funcionaria de planta directiva, profesional grado 2º EUS, Cecilia Carola Jorquera Zúñiga; siendo esta última subrogada, a su vez, por el funcionario de planta directiva, profesional grado 4º EUS, Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant, todos de la Subsecretaría de Transportes. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2614361 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.083 Lunes 24 de Febrero de 2025 Página 3 de 3 3º Delégase en el funcionario de planta directiva, grado 4º EUS, Pablo Roberto Ortiz Méndez, la facultad de conceder las siguientes autorizaciones de transporte internacional terrestre: a)Permisos ocasionales país/país, en el ámbito del "Convenio Chileno-Argentino de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país utilizando el territorio del otro"; y b) Permisos ocasionales bilaterales y multilaterales, en el ámbito del "Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre". Ante la ausencia o impedimento del funcionario antes indicado, las facultades serán ejercidas por el funcionario de planta directiva, profesional grado 4º EUS, Sergio Eduardo Stephan Orellana; quien será, a su vez, subrogado por la funcionaria de planta directiva, profesional grado 2º EUS, Cecilia Carola Jorquera Zúñiga; quien será, a su vez, subrogado por el funcionario de planta directiva, profesional grado 4º EUS, Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares; todos de la Subsecretaría de Transportes. 4º Téngase presente que los permisos solo podrán concederse para transitar por aquellos pasos fronterizos establecidos en la resolución exenta Nº 245, citada en Vistos, sea que estén localizados en la región de su competencia o no.
Sin perjuicio de lo anterior, la autorización para otorgar permisos que contemplen otros pasos fronterizos requerirá, en cada caso, del informe de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado. 5º Déjanse sin efecto las resoluciones exentas Nº 225y Nº 695, citadas en vistos. Anótese, comuníquese y publíquese. - Jorge Antonio Daza Lobos, Ministrode Transportes y Telecomunicaciones (S). Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2614361 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl