Notificación
NOTIFICACIÓN Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT O-220-2023, RUC 23-4-0459801-5, se ordenó notificar por aviso a la demandada Agustina del Carmen Moya Hernández, RUN 7.788.825 -K, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la demanda y su proveído presentada conforme al procedimiento ordinario laboral deducida con fecha 10 de febrero de 2023, por don Ignacio Alonso Pineda Asenjo, RUN 18.300.743-2, el que demanda por cobro de prestaciones, a razón de lo siguiente; remuneraciones correspondientes a 11 días trabajados el mes de noviembre de 2022 equivalente a la suma de $275.000. - indemnización compensatoria del feriado proporcional equivalente a la suma total de $31.250. - horas trabajadas en exceso de jornada equivalentes a la suma de $84.375. - propinas del periodo trabajado equivalentes a la suma de $92.000. - pago las cotizaciones previsionales por el periodo trabajado entre el 30 de septiembre y 11 de noviembre ambos de 2022 en AFP Modelo, FONASA y AFC. - Reajustes e intereses legales que correspondan. - Las costas del juicio. Con fecha 15 de febrero de 2023, el Tribunal resuelve: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general. Traslado. Cítase a las partes a audiencia preparatoria, para el día 29 de mayo de 2023 a las 10:00 horas, la que se realizará bajo la modalidad de videoconferencia en plataforma Zoom. Con fecha 25 de febrero de 2023, el Centro Integrado de Notificaciones, informa notificación fallida del demandado. Con fecha 28 de febrero de 2023, la parte demandante solicita se oficie a las entidades pertinentes para que informen posibles domicilios del demandado. Con fecha 28 de febrero de 2023, el Tribunal resuelve: A lo principal y otrosí: Requiérase a Tesorería, Previred, Registro Civil y Servicio de Impuestos Internos, informe respecto del domicilio de la demandada. Ofíciese a FONASA, AFC, IPS y Comisaría Virtual, respecto para que informe respecto del domicilio de la demandada, conforme figura en sus registros.
Con fecha 08 de marzo de 2023, la parte demandante señala como posible domicilio del demandado el de Avenida Concón-Reñaca N° 65, Concón (Restaurant Tamay Sushi). Con fecha 08 de marzo de 2023, el Tribunal resuelve: Atendido el horario de funcionamiento del Centro Integrado de Notificaciones Judiciales de Valparaíso, no siendo posible diligenciar la notificación en el horario indicado, solicítese lo que en derecho corresponda. Con fecha 13 de abril de 2023, la parte demandante señala como posible domicilio del demandado el de Avenida Concón Reñaca N° 385, Concón Sur, comuna de Concón.
Con fecha 17 de abril de 2023, el Tribunal resuelve: Inténtese la notificación de la demanda, su proveído y la presente resolución a la demandada, personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio de Avenida Concón Reñaca N° 385, Concón Sur, comuna de Concón, por el Centro Integrado de Notificaciones Judiciales de Valparaíso, o en aquel que el Ministro de Fe constate fehacientemente en el curso de la diligencia. Con fecha 28 de abril de 2023, el Centro Integrado de Notificaciones, informa notificación fallida del demandado.
Con fecha 02 de mayo de 2023, el Tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, inténtese la notificación de la demanda, su proveído y la presente resolución a la demandada, personalmente o en conformidad a lo dispuesto en el artículo 437 del Código del Trabajo, en el domicilio de Pb Indeo JM Infante 67, Talca, por el exhorto al Juzgado del Trabajo de Talca, o en aquel que el Ministro de Fe constate fehacientemente en el curso de la diligencia. Con fecha 09 de mayo de 2023, el Tribunal exhortado, Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, informa notificación fallida de la demandada.
Con fecha 10 de mayo de 2023, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia. Con fecha 12 de mayo de 2023, el Tribunal resuelve: Previamente, ofíciese a SERVEL, para que informe el domicilio de la demandada AGUSTINA DEL CARMEN MOYA HERNÁNDEZ, según consta en sus registros. Atendido el mérito de autos, déjase sin efecto la audiencia preparatoria programada en estos antecedentes.
Con fecha 20 de junio de 2023, la parte demandante presenta escrito solicitando se notifique a la demandada DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.602 Sábado 15 de Julio de 2023Página 2 de 2 CVE 2339126 | Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl mediante art. 439 del Código del Trabajo y se fije nuevo día y hora para la celebración de la audiencia.
Con fecha 22 de junio de 2023, el tribunal resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese a la demandada AGUSTINA DEL CARMEN MOYA HERNÁNDEZ, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, la demanda, su proveído y presente resolución, mediante aviso que se publicará por una vez en el Diario Oficial, conforme extracto que confeccionará la Unidad de Notificaciones de este Tribunal.
Se fija como nueva fecha para la realización de la audiencia preparatoria decretada, el día 30 de noviembre de 2023, a las 10:00 horas, la que se realizará bajo la modalidad de videoconferencia en plataforma Zoom. La ID de la reunión será enviada a los correos electrónicos de los apoderados con la debida antelación.
En esta audiencia las partes deberán concurrir con patrocinio de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión y señalar todos los medios de prueba que pretendan hacer valer en la audiencia de juicio, como así también requerir las diligencias de prueba atinentes a sus alegaciones, a fin de examinar su admisibilidad.
Para velar por la continuidad de la audiencia, las partes deberán presentar por Oficina Judicial Virtual, con tres días de antelación a la audiencia fijada, la prueba documental debidamente digitalizada, como asimismo, remitir minuta de toda la prueba que será ofrecida, al correo electrónico institucional jlabvalparaiso@pjud.cl, en formato Word.
El demandado deberá contestar la demanda por escrito, con a lo menos cinco días hábiles completos de antelación, a la fecha de celebración de la audiencia preparatoria, la que tendrá lugar con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas la resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. Notifíquese a la demandante por correo electrónico. RIT O-220-2023, RUC 23-4-0459801-5. Proveyó XIMENA ADRIANA CÁRCAMO ZAMORA, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. - Pamela Cárdenas Quinteros, Jefe de Unidad, Juzgado de Letras del Trabajo Valparaíso.