CMPF publica normativa definitiva que aumenta el pago mínimo en las tarjetas de crédito
CMPF publica normativa definitiva que aumenta el pago mínimo en las tarjetas de crédito El pago mínimo con tarjetas de crédito es una posibilidad que entregan las instituciones con quienes las personas tienen sus plásticos, de pagar menos que el valor facturado total y no caer en mora por el saldo que no se pagó. Pero se cobran intereses por el monto facturado que no fue pagado.
MARIANA MARUSIC --Los emisores de tarjetas de crédito, como bancos y el retail financiero, esperaban la versión final de la normativa que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) tuvo en consulta pública hasta diciembre pasado, y que modifica su pago mínimo. Finalmente llegó este miércoles.
Antes de ir al detalle, primero hay que entender que el pago mínimo con tarjetas de crédito es una opción que entregan las instituciones con quienes las personas tienen sus plásticos, de pagar menos que el valor facturado total y no caer en mora por el saldo que no se pagó. Pero eso no es gratis, ya que se cobran intereses por el monto facturado que no fue pagado. Hay personas que, al no tener liquidez, usan el mecanismo del pago mínimo, porque pagar menos que eso significaría un interés más alto que se acumula día a día. Esos intereses se llaman moratorios, y generalmente son el máximo que pueden cobrar las instituciones por ley.
Hasta ahora, el pago mínimo "no podía ser inferior al monto correspondiente a los intereses del mes de facturación, salvo en casos excepcionales en los que las entidades ofrecieran una oferta o *promoción" donde se liberaba de la obligación de dicho pago mínimo por un período determinado", señalaba la norma de la CMF que estuvo en consulta. En definitiva, cada institución definía su propio pago mínimo siguiendo solo esa regla, lo que se tradujo en que hoy existen distintos criterios entre entidades para determinar ese monto. Sin embargo, en 2024 el Congreso aprobó una ley que adopta distintas medidas para combatir el sobreendeudamiento de las personas. Entre otras cosas, allí se facultó a la CMF para regular la formulación y los componentes del pago mínimo en tarjetas de crédito. En ese sentido, la propuesta establecía que el pago mínimo incluya un porcentaje de amortización del 5% del capital insoluto, con lo cual se generaría un pago mínimo del 25% del monto facturado. Comparado con lo vigente, donde el pago mínimo varía entre cada institución, en promedio es solo el 4% del monto facturado.
Con este aumento del pago mínimo, la CMF apunta a que se pueda amortizar, al menos, una parte de la deuda, y que no solo se paguen los intereses. "La normativa plantea que el pago mínimo se determinará como la suma del Monto No Financiable (MNF) más un porcentaje de 5% del Monto Financiable (MF)"; afirma un comunicado publicado por la CMF. Agrega que "el MNF considera las cuotas sin interés pagaderas en el período de facturación, así como intereses, comisiones y otros cargos, tales como impuestos, cargos adicionales, primas de seguros, entre otros. Por su parte, el MF corresponde principalmente al capital insoluto.
Respecto a la versión en consulta pública, se excluye del MNF el capital de las cuotas con interés". La norma entrará en vigor un año después de su publicación, pero será gradual y estará en régimen después de dos años.
ARGUMENTOS DEL REGULADOR La CMF argumentó en un comunicado que, "aunque pagar el monto mínimo en tarjetas de crédito puede ofrecer flexibilidad durante períodos complejos desde el punto de vista financiero, es importante tener en cuenta que esta opción suele conllevar el pago de más intereses y prolongar el plazo de la deuda". La CMF expuso que, "si con el pago mensual de su tarjeta de crédito una persona solo amortiza el 1% del saldo, un deudor podría tardar casi 180 meses en saldar la totalidad de su deuda, acumulando un 160% en intereses.
En contraste, el hecho de amortizar el 5% del saldo insoluto en cada período reduciría este tiempo de pago a 60 meses, con una acumulación de intereses del 40%*. También afirmó que "la normativa establece además que los emisores de tarjeta podrán exceptuar la realización del pago mínimo mencionado, de acuerdo con sus políticas internas. Q.