Suprema ordena traslado de capitán Faúndez desde Colina a campo militar
Suprema ordena traslado de capitán Faúndez desde Colina a campo militar Franco Riveros B. / La Serena (Y) Qeldia_cl Fue el martes 12 de septiembre del año pasado cuando el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictó sentencia sobre los cuatro militares condenados por violencia innecesaria en el llamado "Caso Romario", por la muerte de Romario Veloz Cortéz y las lesiones graves producidas a otras dos personas en el contexto del estallido social.
Según se estableció, el capitán del Ejército, José Faúndez, dio las órdenes que, en manos de sus subalternos, Milovan Rojas, José Arenas y Carlos Robledo, terminaron en disparos en contra de los manifestantes en las inmediaciones del Mall Plaza La Serena, donde un batallón cumplía funciones de control de orden público por el estado de excepción constitucional decretado por el entonces Presidente Sebastián Piñera.
El caso, que ha tenido una larga tramitación en tribunales, llegando incluso a la Corte Suprema, terminó con una condena de 15 años de presidio para Faúndez, 10 para Robledo y 5 años para Rojas y Arenas, sentencias que se deberán cumplir de forma efectiva.
Pero, como se proyectaba para un caso de tal envergadura, el fallo del Tribunal Oral de La Serena no sería la instancia que pusiera fin a una de las causas más relevantes de Derechos Humanos de las últimas décadas y en el contexto del estallido social. el contexto del estallido social. el contexto del estallido social. el contexto del estallido social.
CAPITÁN DEBERÁ SER TRASLADADO A RECINTO MILITAR Según explicó a Diario El Día el abogado Juan Carlos Manríquez, representante de José Faúndez, se presentó un recurso en la que cuestiona el fallo del tribunal, que a su juicio introduce variaciones sustanciales que produjeron "sorpresa e indefensión para la defensa". "Como se sabe, en esta causa resuelta por el Tribunal Oral en lo Penal de La Serena, nosotros dedujimos un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de la misma ciudad, por la decisión de condenar al capitán Faúndez como supuesto autor del delito de violencia innecesaria establecido en el Código de Justicia Militar, por una supuesta falta de control en los tiros de salva que se habrían ocupado en el control del orden público, sin reglas de uso de la fuerza, en el mes de octubre de EN LA COMUNA DE PEÑALOLÉN Suprema ordena traslado de capitán Faúndez desde Colina a campo militar Faúndez desde Colina a campo militar El representante del militar condenado por la muerte de Romario Veloz, en el contexto del estallido social, presentó un recurso de queja ante el máximo tribunal del país, el que fue acogido a tramitación, por lo que se ordenó la inmediata transferencia desde la cárcel en la que estaba a un recinto castrense. que estaba a un recinto castrense.
LAUTARO CARMONA El uniformado deberá ser trasladado desde la cárcel de Colina al campamento militar de Peñalolén, a la espera que la Corte Suprema revise el recurso de queja que fue presentado. 15 Años fue la condena que recibió el capitán José Faúndez por parte del Tribunal Oral en lo Penal de La Serena tras varias jornadas de audiencias y alegatos. 2019 con una formación fundamental de urgencia", sostuvo.
En esa línea, recalcó que "hay que tener muy en cuenta que se trataba de una patrulla militar sin instrucción de control de orden público, algo que es propio de Carabineros o de la Policía de Investigaciones, que salió a la calle en cumplimiento de órdenes superiores y a su vez utilizando el material de cargo fiscal que tenían a su disposición". Así, relató que en esas condiciones, por terceras personas, se amunicionaron estas armas militares con munición de guerra real. "Bajo ese punto de vista, cada uno de los usuarios debía controlar el conteo de los tiros de salva y evitar la salida de tiros de guerra.
Sin embargo, en uno de los casos, una de las personas, que no fue el capitán Faúndez, disparando su arma de servicio impacta a una persona y luego a otra con munición de guerra, provocándole lesiones a uno y la muerte al otro", sostuvo. "Esto a nuestro juicio, podría en el caso de esa persona configurar un cuasidelito por uso de arma de fuego.
Sin embargo, la corte estimó que se podría tratar del delito de violencia innecesaria que tienen penas altísimas, más aún en el caso del capitán Faúndez que se le atribuye la omisión en el conteo y el no evitar el incremento del riesgo, cuestión completamente desapegada del contexto que se vivía", señaló el jurista.
En esa línea, puntualizó que por tal motivo recurrieron con un recurso de nulidad. "La corte confirmó la sentencia que nosotros estimamos equívoca y por dejar de resolver o ir más allá de asuntos propios de lo que ordenó la Corte Suprema al devolver nuestro acción a esa corte", explicó. y ON ] ] Esta situación debe llamar la atención de todo el sistema judicial puesto que en el fondo se hacen aplicables reglas de uso de la fuerza que no existían el 2019" JUAN CARLOS MANRÍQUEZ ABOGADO DEL CAPITÁN JOSÉ FAÚNDEZ "Entendemos nosotros que se cometió una falta o abuso grave por parte de la Corte de Apelaciones de La Serena y recurrimos de queja a la Excelentísima Corte Suprema, que la declaró admisible, lo cual es bastante inusual en este tipo de materias y eso dice que al menos que hay méritos suficientes para revisar una eventual injusticia en la sentencia", aseguró. Así, fue este miércoles cuando la Corte Suprema decretó una orden de no innovar.
Esto es que esa sentencia no puede llevarse a cabo mientras no se resuelva la queja, que en lo inmediato significa que el capitán Faúndez debe salir desde la cárcel de Colina donde se encuentra en cumplimiento de la condena, que está pendiente de revisión por el máximo tribunal y ser devuelto al batallón militar de Peñalolén. "Esto se debe hacer ya no en calidad de condenado rematado sino que de imputado o procesado, todavía con sus derechos pendientes de revisión", puntualizó el abogado.
Asu vez, el jurista destacó que "esta es una situación muy especial, que a su vez debe llamar la atención de todo el sistema judicial puesto que en el fondo se hacen aplicables supuestas reglas de uso de la fuerza que no existían el 2019, no tenían rango legal y todos sabemos que los delitos se pueden cometer por infringir una ley, de tal manera que de ahí la relevancia de este caso". Consultada Mery Cortéz, madre de Romario Veloz, por Diario El Día, aseguró que no estaba al tanto de la información por lo que no podía pronunciarse al respecto..