Pese a error en el saldo de la condena, Corte Suprema acoge recurso de amparo por Jones Huala y decreta su libertad
Pese a error en el saldo de la condena, Corte Suprema acoge recurso de amparo por Jones Huala y decreta su libertad La libertad inmediata del activista mapuche argentino Facundo Jones Huala ordenó la Segunda Sala de la Corte Suprema al acoger el recurso de amparo presentado por su defensa, pese a un error relacionado con el saldo de la condena, que debía completarse en junio de 2025.
De esta manera, el máximo tribunal del país dio por cumplida la sanción en contra del miembro de la organización trasandina Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), por los delito de incendio en contra del fundo Pisu Pissue y de porte ilegal de armas, cometidos en enero de 2013, en la comuna de Río Bueno, en Los Ríos. En diciembre de 2018, Jones Huala fue sentenciado a una pena de nueve años de cárcel, a la que abonó el tiempo que se mantuvo en prisión preventiva. En enero de 2022 recibió el beneficio de libertad vigilada por parte de la Corte de Temuco, pero esta resolución fue revocada por la Corte Suprema. Sin embargo, el activista se mantuvo prófugo y huyó a Argentina. En ese país fue detenido en enero de 2023 y en noviembre de ese mismo año la justicia trasandina acogió la solicitud de extradición a Chile. Desde enero pasado completaba el saldo de su pena en la cárcel de Temuco y en julio inició una huelga de hambre, aduciendo que el plazo de su condena había concluido un mes antes.
En el fallo, los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Gajardo y los abogados integrantes Carlos Urquieta y Juan Carlos Ferrada incluyen en los considerandos que Gendarmería expuso que "la información proveída por el Estado de Chile a la República Argentina fue errónea, pues, el saldo de pena por cumplir que se restaba al condenado al momento de revocársele la libertad condicional era de 887 días". De igual manera, se añade que "al abonar el tiempo que estuvo privado de libertad en Argentina en virtud del proceso de extradición, se genera un saldo final de 522 días de privación de libertad que le restan por cumplir, dado que dicho saldo de pena lo comenzó a cumplir el 4 de enero de 2024, siendo la fecha de término cumplimiento de la condena el 8 de junio de 2025". Pese a ello, los supremos resolvieron que "a juicio de esta Corte, aun cuando exista una discrepancia en el momento de término de la condena del amparado, lo cierto es que el cumplimiento de esta en territorio nacional es posible dada la extradición autorizada por Argentina, que tenía como supuesto un tiempo preciso como saldo de condena, conforme se explicitó en el requerimiento de extradición". Conocido el fallo, el excoordinador de seguridad de la macrozona sur, Pablo Urquízar, dijo que "resulta vergonzoso que por un error inexcusable del Estado, la Corte Suprema le otorgue la libertad a Jones Huala", ya que por esta situación "logra su libertad mucho antes de lo que correspondía". FALLO RECONOCE QUE GENDARMERÍA REVELÓ QUE CHILE, AL EXTRADITAR, ENTREGÓ DATOS EQUIVOCADOS SOBRE PENA PENDIENTE POR CUMPLIR: Pese a error en el saldo de la condena, Corte Suprema acoge recurso de amparo por Jones Huala y decreta su libertad EXTRADICIÓN. --Tras huir a Argentina, en ese país fue detenido y enviado a Chile para completar su condena. ALEJANDRA BARTOLICHE/TELAM/AFP VÍCTOR FUENTES BESOAÍN.