Decreto número 34, de 2025.- Autoriza a The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway P.L.C (FCAB) el levante de la vía férrea que forma parte del recinto Patio Bellavista - FCAB que indica, comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.431 Miércoles 22 de Abril de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2799269 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Transportes AUTORIZA A THE ANTOFAGASTA (CHILI) AND BOLIVIA RAILWAY P.L. C (FCAB) EL LEVANTE DE LA VÍA FÉRREA QUE FORMA PARTE DEL RECINTO "PATIO BELLAVISTA - FCAB" QUE INDICA, COMUNA DE ANTOFAGASTA, REGIÓN DE ANTOFAGASTA Núm. 34. - Santiago, 4 de abril de 2025.
Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto ley Nº 342, de 1925, que fija la Ley General de Ferrocarriles, cuyo texto definitivo fue aprobado por decreto supremo Nº 1.157, de 1931, del ex Ministerio de Fomento; el decreto con fuerza de ley Nº 343, de 1953, que determina la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; decreto supremo S/N de 2 de abril de 1889, que acepta la cesión de derechos en el ferrocarril a Bolivia y provisión de agua para Antofagasta; el decreto ley Nº 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que crea el Ministerio de Transportes; la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; las cartas Nº 60/GSDT y Nº 103/GSDT de 4 de junio y de 23 de septiembre de 2024, respectivamente, ambas de FCAB; los oficios Nº 19839/2024 CDL y Nº 23310/2024 CDL, de 4 de julio y de 6 de agosto de 2024, ambos del Departamento de Transporte Terrestre de la Subsecretaría de Transportes; los documentos "Análisis y Propuesta para Operación de Trenes a Puerto Antofagasta" de Grow, Asesorías y Servicios SpA; la memoria técnica "Levante de Vías Definitivas", de mayo de 2024; y el anexo A "Minuta Estructura Predial Patio Bellavista", ambos de FCAB; "Plano Levantamiento Vías Patio Bellavista, Situación Actual y Propuesta Líneas Férreas", del Proyecto "Plan de Reconversión Patios Ferroviarios", lámina LV_02, de agosto de 2024, firmado por el arquitecto Jorge Mora de La Fuente; plano "Proyecto de Subdivisión Afecta Art. 2.2.4_inc. 3º O.G.U.C. ", de enero de 2024, firmado por el arquitecto Jorge Mora de La Fuente; resolución de aprobación de división predial con afectación a utilidad pública Nº 19289/2024, de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Antofagasta; informe del 10 de enero de 2025 del Departamento de Transporte Terrestre de la Subsecretaría de Transportes; y demás normas que resulten aplicables.
Considerando: 1. - Que The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway P.L.C. " (FCAB), conforme a decreto supremo S/N de 2 de abril de 1889, citado en el visto, es titular de la concesión ferroviaria que incluye cuatro patios ferroviarios (Sur, Norte, Bellavista y Antofagasta), emplazados en el centro de la ciudad de Antofagasta, comuna y Región de Antofagasta. 2.- Que, atendida la pérdida de funcionalidad, operatividad y seguridad ferroviaria de las vías materia de este decreto, y teniendo en cuenta la cercanía con áreas residenciales y vialidad estructurante de la ciudad de Antofagasta, FCAB lidera el "Plan de Reconversión de Patios Ferroviarios", orientado a desarrollar proyectos que, además de racionalizar sus operaciones ferroviarias, propendan a la modernización de este sector de la ciudad. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2799269 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.431 Miércoles 22 de Abril de 2026 Página 2 de 3 3. - Que, con el objetivo de avanzar con el desarrollo del "Plan de Reconversión de Patios Ferroviarios", FCAB requiere levantar las vías férreas que en adelante se detallan, dando para ello cumplimiento a lo establecido en el artículo 24º del decreto supremo Nº 1.157, de 1931, del entonces Ministerio de Fomento. 4.- Que, en apoyo de su decisión, FCAB desarrolló el documento denominado "Análisis y Propuesta para Operación de Trenes a Puerto Antofagasta" (Grow, Asesorías y Servicios SpA), citado en el visto, el cual informa positivamente el emplazamiento y superficie de la parte del suelo del recinto predial del denominado "Patio Bellavista", que mantendrá el uso ferroviario, racionalizando la operación ferroviaria y preservando el tráfico de trenes desde y hacia el puerto de Antofagasta, principal objetivo de la concesión ferroviaria otorgada en 1889, sin que el aporte de terrenos al crecimiento de la ciudad, afecte la funcionalidad del sistema ferroviario para el establecimiento y prestación de servicio público, y sin interrumpir la continuidad de la red ferroviaria instalada. 5.- Que, según informa FCAB en el documento "Anexo A - Minuta Estructura Predial Patio Bellavista", citado en el visto, el predio denominado "Patio Bellavista" está conformado por 24 lotes; L13A-01; L13A-02; L13B-01; L13B-02; L13C-01; L13-C02; Colegio Inglés; Lote Futura Calle Lima E; Lote Futura Calle Buenos Aires C; Lote Futura Calle Buenos Aires D; Lote Futura Calle Huanchaca A; Lote Futura Calle Huanchaca B; Lote Futura Calle Nuevo Extremo A; Lote Futura Calle Nuevo Extremo B; Lote de Funcionamiento Ferrocarril FCAB 13; Lote de Funcionamiento Ferrocarril FCAB 14; Lote de Funcionamiento Ferrocarril FCAB 15; Franja Afectación Utilidad Pública Vialidad (U.P.V. ) 10; Franja Afectación Utilidad Pública Vialidad (U.P.V. ) 11; Franja Afectación Utilidad Pública Vialidad (U.P.V. ) 12; Franja Afectación Utilidad' Pública Vialidad (U.P.V. ) 13; Área Verde 01; Área Verde 02; Área Verde 03; según consta en el plano "Proyecto de Subdivisión Afecta Art. 2.2.4_inc. 3º O.G.U.C. ", de enero 2024, aprobado por resolución de aprobación de división predial con afectación a utilidad pública Nº 19289/2024 de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Antofagasta, también citado en el visto. 6.- Que, el predio "Patio Bellavista" está emplazado en paralelo a calle Iquique, entre calle José Ignacio Zenteno por el norte, hasta el límite con el "Patio Antofagasta" por el sur, disponiendo de una superficie total de 21.423 ,75 metros cuadrados, pudiendo definir tres áreas o sectores ferroviarios independientes, el sector "Línea Principal", o "FCAB PB", en el que está la vía que se mantendrá en operación, y dos sectores, "Patio Bellavista Oriente" y "Patio Bellavista Poniente", en los que están emplazadas las parrillas internas, oriente y poniente, respecto de las que se pide autorizar su levantamiento. 7.- Que, mediante informe de 10 de enero de 2025, adjunto y parte de este decreto, el Departamento de Transporte Terrestre establece que el "Patio Bellavista" opera como infraestructura de transición o tránsito de trenes a través de la vía férrea principal, sin cumplir las líneas secundarias que conforman las parrillas oriente y poniente funciones específicas que puedan afectar a la prestación del servicio ferroviario, recomendando acceder, en las condiciones que señala, a lo solicitado por FCAB.
Decreto: 1º. - Autorízase a The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway P.L.C. " (FCAB) para suprimir y proceder al levante de las vías férreas correspondientes a parte del recinto denominado "Patio Bellavista", que se detalla en el plano denominado "Levantamiento Vías Patio Bellavista, Situación Actual y Propuesta Líneas Férreas", del "Proyecto Plan de Reconversión Patios Ferroviarios", lámina LV_02, firmado por el arquitecto Jorge Mora de La Fuente, que se adjunta, y que es parte integrante de este decreto.
Se autoriza levantar las vías existentes sobre una superficie total de 16.080 ,58 metros cuadrados de terreno ferroviario prescindible, que deja de ser parte de la concesión ferroviaria, identificados según las siguientes denominaciones y características en el plano antes citado: Patio Bellavista Oriente con una superficie total de 2.960,38 metros cuadrados. Patio Bellavista Poniente con una superficie total de 13.120 ,20 metros cuadrados. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2799269 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.431 Miércoles 22 de Abril de 2026 Página 3 de 3 2º. - Manténgase como suelo exclusivamente ferroviario el denominado recinto "Línea Principal Patio Bellavista", que, con 5.343,17 metros cuadrados y ancho continuo de 15 metros, continúa siendo parte de la concesión ferroviaria otorgada a través del decreto supremo S/N de 2 de abril de 1889, citado en el visto, debiendo, además, dar cumplimiento a los artículos 34º, 35º, 36º y 37º del decreto supremo Nº 1.157, Ley General de Ferrocarriles, así como contar las aprobaciones necesarias de los organismos públicos con competencia en la materia, respecto a la subdivisión predial y características constructivas futuras de los recintos prediales considerados como prescindibles. 3º. - Facúltase a The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway P.L.C. " (FCAB), para que levante, desarme y retire todos los bienes que forman parte de los patios identificados en el resuelvo primero, sean estos muebles o inmuebles por adherencia o destinación, además de las construcciones y edificaciones. Anótese, tómese razón y publíquese. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Denisse Alejandra Ramírez Parra, Subsecretaria de Transportes (S). CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División de Infraestructura y Regulación Cursa con alcance el decreto Nº 34, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº OF5479/2026. - Santiago, 9 de enero de 2026. Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que autoriza a The Antofagasta (Chili) and Bolivia Railway P.L. C (FCAB) el levante de la vía férrea que forma parte del recinto "Patio Bellavista-FCAB", que indica, comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta.
Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que la toma de razón que se efectúa recae única y exclusivamente sobre la autorización del levantamiento de la vía férrea ya mencionada, y no sobre el posible uso que con posterioridad se le dará al terreno, sobre lo cual deberá darse cumplimiento a lo señalado en el dictamen E123808, de 2021, de este origen, cuya copia se acompaña. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República. Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Presente. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2799269 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl