Extractos: SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS RURALES DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS CALENDARIO DE ACTIVIDADES PROCESO ELECCIONARIO CONSEJOS CONSULTIVOS REGIONALES PERÍODO 2027 - 2029
Extractos: SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS RURALES DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS CALENDARIO DE ACTIVIDADES PROCESO ELECCIONARIO CONSEJOS CONSULTIVOS REGIONALES PERÍODO 2027 2029 PUBLICIDAD Dirección de Obras Hidráulicas Ministerio de Obras Públicas Gobierno de Chile Mediante resolución SSSR Exenta Nº 1777, de fecha 16 de abril de 2026, la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales de la Dirección de Obras Hidráulicas, aprobó, conforme a lo dispuesto en artículo 78 del Reglamento de la Ley Nº 20.998, el siguiente calendario de inicio del proceso eleccionario de los CONSEJOS CONSULTIVOS REGIONALES, para el período 2027 2029; a que se refiere el artículo 68 de la Ley Nº 20.998 y su Reglamento el D.S.
MOP Nº 50/2019: PERÍODO 2027 2029 DESCRIPCIÓN PROCESO eleccionario Inicio proceso Consejo Consultivo Regional y publicación de calendario FECHA La Subdirección notificará al menos 3 meses antes de la elección, el calendario con el que dará inicio al proceso eleccionario del Consejo Consultivo Regional, a que se refiere el artículo 68 de la Ley Nº 20.998. En dicha notificación se incluirán los antecedentes necesarios para informar del proceso y fecha de inicio. Fecha de publicación: 29.04.2026 Fecha inicio: 29.04.2026 Fecha de término 12.06.2026 Plazo de 10 días hábiles para salvar observaciones o completar antecedentes. Se considera como fecha de inicio del período de acreditación (30 días hábiles), el 29 de abril de 2026 hasta el 12 de junio 2026, ambos inclusive. En este plazo, los comités y cooperativas deberán presentar los requisitos de acreditación del artículo 79 Reglamento para participar como electores.
Inicio del proceso acreditación La Subdirección revisará el cumplimiento de los requisitos de acreditación de comités y cooperativas, que no hayan sido revisados con anterioridad y otorgará un plazo de 10 días hábiles para subsanar las observaciones, contados desde la notificación de la resolución. Revisión de Antecedentes de acreditación electoral por la SSSR y Resolución. Las organizaciones tendrán 30 días corridos para presentar candidaturas, contados desde publicación de Resolución en el sitio Web.
Una vez publicada en el sitio web de la Subdirección, la Resolución que valide a comités, cooperativas y dirigentes acreditados, comenzará el proceso de inscripción de candidaturas por parte de comités, cooperativas, asociaciones regionales, provinciales, comunales y locales. Plazo 30 días corridos. Inscripción de Candidaturas al Consejo Consultivo Regional. Validación de los candidatos al Consejo Consultivo Regional. Plazo estimado para dictar esta resolución, 15 días corridos.
Vencido el plazo para presentar candidaturas, mediante resolución, se procederá a validar el cumplimiento de requisitos de las candidaturas (tales como representación, segmentación, afiliación) e informará a la Subdirección para que esta dicte la respectiva resolución que dé cuenta de lo siguiente: Fija la nómina de candidatos y organizaciones que representan. Otorga plazo de 30 días corridos para promocionar candidaturas. Fija fechas de votaciones, las que deberán realizarse en un plazo no inferior a 10 ni mayor a 35 días hábiles siguientes, vencido el plazo de promoción de candidaturas. Esta resolución se publicará en la página Web de la Subdirección y podrá consultar fechas diferentes por regiones o grupo de regiones.
Plazo 30 días corridos A partir de la publicación de la resolución de validación de candidaturas, existirá un plazo de 30 días corridos, para que cada candidato o lista proceda a dar a conocer sus candidaturas. Elección de los candidatos al Consejo Consultivo Regional. Publicación en página web, de la nómina de candidatos y listas. Elección de los candidatos al Consejo Consultivo Regional.
Por definir 5 días hábiles Publicación resultados de las elecciones En un plazo no mayor a 5 días hábiles desde la elección, la Subdirección publicará los resultados de las elecciones en su sitio web. 3 meses Instalación del Consejo Consultivo Regional El Consejo Consultivo Regional se deberá instalar dentro del trimestre siguiente a la fecha de votación.
Para efectos del proceso eleccionario, se dispondrá del siguiente sitio web: https://ssr.mop.gob.cl/ en el cual se efectuarán las publicaciones y notificaciones de resoluciones, bases eleccionarias y demás antecedentes del proceso eleccionario a que se refiere el calendario. Se designa además, el siguiente correo electrónico para atender consultas y recibir antecedentes y documentación: consejoconsultivossr@mop.gov.cl.