FERNANDO JAVIER PEREZ MASSOC AGRICOLA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.091 Miércoles 5 de Marzo de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2617591 EXTRACTO CARLA SILVA ACHARAN, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Rancagua, calle Las Rosas número cinco, local seis, Machalí, certifica: Por escritura pública de 26 de febrero de 2025, Repertorio número 295-2025, ante mí, don FERNANDO JAVIER PÉREZ MASSOC, chileno, casado, Ingeniero Agrónomo, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos noventa y un mil trescientos treinta y seis guión ocho, con domicilio en Parcela tres lote dieciséis guión dos, El Carmen, Comuna de Codegua, ha transformado la sociedad FERNANDO JAVIER PEREZ MASSOC AGRICOLA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA en sociedad SAN JAVIER SpA, en los siguientes términos: El compareciente ya individualizado transforma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, en una sociedad por acciones. Constitución SpA. : NOMBRE: SAN JAVIER SpA.
OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la prestación de toda clase de servicios en materias de explotación agrícola en inmuebles propios o ajenos, la producción, arriendo, compra, venta, distribución, importación y exportación de todo tipo de productos agrícolas propios o ajenos, en locales de la sociedad o de terceros, así como toda actividad vinculada a estos rubros y en general todos los actos, contratos y negocios que directa o indirectamente estén o no relacionados con las operaciones anteriormente señaladas; Para el desarrollo de estos propósitos la sociedad podrá: a) efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles para fines de inversión y/o renta.
Podrá adquirir, enajenar, arrendar o administrar, a cualquier título, bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase; efectos de comercio, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos en sociedades, cualquiera sea su naturaleza, todo tipo de títulos de crédito, efectos públicos y/o valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; b) adquisición, compra, importación, exportación, venta, enajenación, construcción, loteo, urbanización, comercialización, explotación, arrendamiento, subarrendamiento en cualquier forma de toda clase de bienes muebles e inmuebles, rústicos o urbanos, sea por cuenta propia o de terceros, relacionados con el giro, y la explotación y administración directa de dichas inversiones; c) mercadeo, publicidad, comunicación o marketing de toda acción relacionados con el giro; d) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; e) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados, y en general desarrollar cualquiera otra actividad que los socios de común acuerdo convengan, sin que sea necesario acreditarlo ante terceros, pudiendo formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione en alguna forma con el presente giro y/o coadyuve a su realización.
Todo lo anterior por cuenta propia o ajena, en el país y en el extranjero, y en general a cualquier negocio relacionado con el objeto social u otro que los socios acuerden. -- y g) en general, la realización de cualquier actividad profesional conexa o derivada de la principal, y la realización de toda clase de actividades y operaciones relacionadas directa o indirectamente con el objeto social que acuerden los socios, sin perjuicio del desarrollo de cualquiera otra actividad que complemente el objeto antes señalado. CAPITAL: $500.000. - suscrito y pagado por el accionista, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por FERNANDO JAVIER PEREZ MASSOC. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Ciudad Rancagua de Chile, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 28 de febrero del año 2025. Doy fe. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2617591 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl