Las isapres y el destino del modelo de salud
Las isapres y el destino del modelo de salud TRIBUNA LIBRE TOMÁS JORDÁN D. ÁLVAREZ 8 JORDÁN ABOGADOS, PROFESOR U. ALBERTO HURTADO U.
ALBERTO HURTADO Las isapres y el destino del modelo de salud a discusión sobre la ley corta de Isapre, y el nuevo proyecto de ley sobre Fonasa, da cuenta de una discusión de fondo de dos niveles: el político y el regulatorio. En el primero, el debate sobre salud traslapa la pugna sobre el modelo de derechos sociales; mostrando la grieta que existe en nuestro sistema político. Por un lado, están aquellos que visualizan un modelo donde el Estado es el eje principal y los privados lo complementan. Por otro, aquellos que creen que la salud se ejerce desde la libertad econó mica y la libre elección personal a todo evento. En este escenario, lograr consensos es muy difícil, pues la respuesta legislativa de hoy será vista como el triunfo inicial de uno u otro sector. Tal cuestión no es nueva, se reflejó ya en la reforma de salud del Presidente Lagos a mediados de la década del 2000.
En ese tiempo se contuvo la posibilidad de incorporar ciertos elementos de solidaridad al subsistema privado, y la mejora en la gestión del sistema público y el establecimiento de prioridades sanitarias fue vista como una liberalización y privatización del sistema. Hoy, la disputa se mantiene. El propio Gobierno tiene dos almas: los que creen en un modelo de multi-seguros y los adherentes al seguro único.
Desde la perspectiva regulatoria se debe comprender que la ausencia de leyes adecuadas ha conllevado un proceso de judicialiporloque pensaron 18 2USenIcIa de camino realista de salida leyes adecuadas ha dercustons ss CONIEVAdO UN PIUCEsO que han sido delineadas por Ú8 JUdlIClalización de la hs salud privada; un camino ay tres asuntos que sederenconsideaEr Téalisfa de salida obliga primero, referido a que se a asumir que hay ciertas paconformado un sistema cuestiones basales que le salud compuesto por prestadores y aseguradores han sido delmeadas por estatales y privados. La las cortes" discusión legislativa, como los dos procesos constituyentes, han reafirmado un modelo mixto.
Segundo, que desde hace más de una década la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional han afirmado que la salud es un derecho social y que los contratos privados de salud están irradiados desde la Constitución. No estamos frente a meros contratos de seguro, sino ante una expresión concreta de dicho derecho constitucional.
Esto explica la estimación como arbitraria del alza del precio base de los planes y de las Garantías Explícitas (GES) y que, en la actual discusión legislativa, la médula sea encontrar una fórmula de alza de precio que no acarree un alto precio para los cotizantes.
El tercer aspecto es la consideración de la salud y pensiones como parte de un «sistema de seguridad social». Ambos derechos conforman un modelo que se sostiene en los mismos principios: solidaridad, universalidad, la igualdad y suficiencia, unidad o uniformidad. Sostenido en ellos, se debe edificar el acceso libre e igualitario al derecho, las libertades personales y el rol del Estado. Al final del día, en la ecualización de estos tres aspectos está la posibilidad de un modelo de salud de consenso mínimo que nos ha sido tan esquivo. sido tan esquivo. sido tan esquivo..