Decreto exento número 27, de 2024.- Aprueba programa de expropiación de terreno destinado a la implementación del proyecto denominado Construcción de Viviendas con Equipamientos y Áreas Verdes de Esparcimiento y Recreación en Club Hípico de Punta Arenas, comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.891 Jueves 4 de Julio de 2024 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2512710 MINISTERIO DE HACIENDA APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIÓN DE TERRENO DESTINADO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO "CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS CON EQUIPAMIENTOS Y ÁREAS VERDES DE ESPARCIMIENTO Y RECREACIÓN EN CLUB HÍPICO DE PUNTA ARENAS", COMUNA DE PUNTA ARENAS, REGIÓN DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA Santiago, 26 de junio de 2024. - Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 27 exento.
Visto: a) El artículo 51 de la ley N 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; b) El N 1.9 de la parte I del artículo 1 del DS N 153 (V. y U. ), de 1983, que distribuye firma de materias que indica; c) La resolución exenta N 14.464 (V. y U. ), de 2017, que establece criterios y procedimientos para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad de Serviu; d) La resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; e) Los oficios ordinarios N 691, de fecha 17 de mayo de 2024, y N 717, de fecha 24 de mayo de 2024, ambos del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena; f) El oficio reservado N 343, de fecha 22 de mayo de 2024, de la Secretaría Regional Ministerialde Vivienda y Urbanismo de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena; g) Ficha de Evaluación de Terrenos de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y UrbanismoRegión de Magallanes y de la Antártica Chilena, de fecha 22 de mayo de 2024; h) Acta N 6/24 Mesa Regional de Gestión de Suelos Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, de fecha 14 de mayo de 2024; i) Plano de Expropiación Lote Club Hípico, Punta Arenas Rol de Avalúo 3008-01, número correlativo Proyecto Serviu Magallanes SM 5515, correspondiente al lote a expropiar, a escala 1:1000; suscritos por el Director (S), por el Jefe (S) del Departamento Técnicoy el Encargado (S) de la Unidad de Arquitectura, todos del Serviu de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena; j) Los correos electrónicos, ambos de fecha 25 de junio de 2024 del Jefe de Departamento de Desarrollo Urbano de la Seremi V. y U. de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena y del Jefe de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y Considerando: 1.
Que, en sesión de la Mesa Regional de Gestión de Suelos de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, de fecha 14 de mayo de 2024, se acordó iniciar el proceso de adquisición del terreno ubicado en Avenida Bulnes N 601, de la comuna de Punta Arenas, Rol de Avalúo 3008-1, de una superficie de 203.700 (doscientos tres mil setecientos) metros cuadrados; fundado en que el singularizado terreno se encuentra emplazado en área urbana y dentro del territorio operacional, contando con una excelente ubicación y accesibilidad en el sector norte de la comuna, con un entorno residencial consolidado, próximo a equipamientos de escala básico, menor y mediano según la O.G.U.C., asimilados a una escala vecinal y comunal. El terreno colinda con la Avenida Presidente Bulnes, principal vía de la comuna, además de contar con una topografía regular. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2512710 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, mediante la Ficha de Evaluación de Terreno de fecha 22 de mayo de 2024, elaborado por el Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, el que cuenta con la aprobación del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la nombrada región, citada en el visto g), se pone en conocimiento del Servicio de Vivienda y Urbanización de la misma región, mediante el oficio ordinario citado en el visto f), informando favorablemente la expropiación con fines de utilidad pública, del inmueble que se singulariza en el considerando anterior. 3.
Que, según da cuenta el Informe citado en el visto g), se justifica la necesidad de Adquisición por expropiación del inmueble singularizado, ya que, ofrece condiciones inmejorables para la planificación de un parque comunal, equipamientos de diversos tipos, espacios públicos de calidad, áreas verdes, áreas de esparcimiento y una cuota de viviendas de interés público, los que irán en directo beneficio a la calidad de vida de las personas de la comuna de Punta Arenas. Suma a lo anterior, que el terreno del Club Hípico, resulta un lugar simbólico para la ciudad, que requiere una mirada pública respecto a su destino como parte de la ciudad de Punta Arenas. 4.
Que, se ha tenido a la vista el "Plano Expropiación Lote Club Hípico, Punta Arenas, Rol de Avalúo 3008-1", citado en el visto i), el que da cuenta del lote a expropiar por parte del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena. 5.
Una característica importante a considerar, es que el Lote a expropiar, tiene una ubicación privilegiada en la ciudad de Punta Arenas, en torno a barrios que se desarrollan alrededor de ejes de transporte, condiciones que se estiman como óptimas para dar solución a distintas necesidades tanto urbanas como habitacionales de la ciudad en los próximos años, ya que, enfrentará una transformación industrial importante, a partir de la promoción de la industria de hidrógeno verde, requiriendo así, más plazas de vivienda y equipamiento necesarias en la referida ciudad. 6.
Que, la Política Nacional de Desarrollo Urbano y los ejes del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, requieren de una gestión de suelo que apunte a un modelo concentrado de desarrollo, usando el suelo urbano disponible, previniendo la extensión no planificada; por estas razones, dicto el siguiente, Decreto: 1.
Apruébase el programa de expropiación para la ejecución del Proyecto "Construcción de Viviendas con Equipamientos y Área Verde de Esparcimiento y Recreación en Club Hípico de Punta Arenas", conforme a los antecedentes citados en la parte considerativa de este acto administrativo, referidos al inmueble que se indica a continuación, ubicado en la comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y la Antártica Chilena: Superficie total aproximada a expropiar: 203.700 metros cuadrados. 2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Magallanes, si los hubiere. Anótese, notifíquese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento. - Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2512710 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl