Decreto exento número 78, de 2024.- Identifica cobertura anual 2024 de nuevos usuarios del Subsistema de Protección y Promoción Social Seguridades y Oportunidades
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.055 Miércoles 22 de Enero de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2597361 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA Subsecretaría de Servicios Sociales IDENTIFICA COBERTURA ANUAL 2024 DE NUEVOS USUARIOS DEL SUBSISTEMA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL "SEGURIDADES Y OPORTUNIDADES" Santiago, 13 de noviembre de 2024. - Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 78 exento.
Visto: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley N 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en la ley N 21.640, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024; en la ley N 20.595, que crea el Ingreso Ético Familiar que establece Bonos y Transferencias Condicionadas para familias de pobreza extrema y crea Subsidio al Empleo de la Mujer; en el decreto supremo N 34, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba Reglamento de la Ley N 20.595, sobre Subsistema de Protección y Promoción Social "Seguridades y Oportunidades"; en el decreto supremo N 29, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba el Reglamento del artículo 4 de la ley N 20.595 sobre Otros Usuarios del Subsistema de Protección y Promoción Social "Seguridades y Oportunidades"; en el memorándum electrónico N 5893/2024 del Jefe de la División de Promoción y Protección Social (S), dependiente de la Subsecretaría de Servicios Sociales (Exp.
N 10039/2024), en la resolución N 7, de 2019, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón y resolución N 14, de 2022, que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, ambas de la Contraloría General de la República, y; Considerando: 1 Que, la ley N 20.595, que creó el Subsistema Seguridades y Oportunidades. establece Bonos y Transferencias condicionadas para las familias de pobreza extrema y crea el Subsidio al empleo de la Mujer, dispone que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, debe implementar el "Subsistema Seguridades y Oportunidades", en adelante e indistintamente "Seguridades y Oportunidades" o "el Subsistema", el cual tiene por objetivo brindar seguridades y oportunidades a las personas y familias en condiciones de vulnerabilidad y de extrema pobreza, que participen en él, de modo de promover el acceso a mejores condiciones de vida. 2 Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 23 de la citada ley N 20.595 y en el artículo 9 del decreto supremo N 34, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba Reglamento de la ley N 20.595, sobre Subsistema de Protección y Promoción Social "Seguridades y Oportunidades", corresponderá al Ministerio de Desarrollo Social y Familia identificar la cobertura anual de nuevos usuarios del Subsistema "Seguridades y Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597361 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.055 Miércoles 22 de Enero de 2025 Página 2 de 2 Oportunidades" mediante decreto expedido por "Orden del Presidente de la República" y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, según la disponibilidad de recursos consultados en la Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente. 3 Que, en este contexto, el Jefe de la División de Promoción y Protección Social (S), dependiente de la Subsecretaría de Servicios Sociales, solicitó a través de memorándum electrónico SSS N 5893/2024 (Exp. 100339/2024), del 23 de octubre de 2024, la elaboración del presente acto administrativo que identifica la cobertura año 2024 para nuevos usuarios del Subsistema "Seguridades y Oportunidades", de los Programas de Acompañamiento Familiar Integral, de Apoyo Integra al Adulto Mayor y de Apoyo a Personas en Situación de Calle, atendida la disponibilidad de recursos establecida en la ley N 21.640 de Presupuestos del Sector Público vigente para el año 2024; por tanto, Decreto: 1 Identifíquese como cobertura anual 2024 de nuevos usuarios del Subsistema de Promoción y Protección Social Seguridades y Oportunidades que se indica a continuación: 2 Remítase copia digital del presente decreto al Gabinete, a la División de Promoción y Protección Social y a la División de Administración y Finanzas todos de la Subsecretaría de Servicios Sociales, a la Fiscalía del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y al Sr.
Ministro de Hacienda, a la Dirección de Presupuesto y a la Oficina de Partes. 3 Incorpórese por la Oficina de Partes copia digital del presente decreto en el sistema de gestión documental del Ministerio de Desarrollo Social y Familia denominado Socialdoc. Anótese, comuníquese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Javiera Toro Cáceres, Ministra de Desarrollo Social y Familia. - Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Saluda a Ud., Francisca Gallegos Jara, Subsecretaria de Servicios Sociales. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597361 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl