Cortes de luz: Cómo reclamar y posibles compensaciones
Cortes de luz: Cómo reclamar y posibles compensaciones Después del masivo corte de luz que dejó a 8 millones de hogares en Chile sin suministro eléctrico, surge la pregunta: ¿ qué sucede si hubo perjuicios por el apagón? Ante esta situación, Juan Francisco Sánchez, socio de Valdivia Legal y experto en derecho público, explica que "la Ley Eléctrica obliga a las empresas transmisoras a compensar a los usuarios por los daños que provoque la interrupción del suministro", destacando que la compensación para los usuarios domiciliarios puede alcanzar hasta 15 veces la tarifa de energía no suministrada, con un límite máximo del 5% de los ingresos de la empresa transmisora. Sin embargo, aquellos que consideren que los perjuicios son mayores a la compensación establecida pueden reclamar daños adicionales.
Sánchez agrega que la Ley del Consumidor exige que el corte dure más de un día para poder interponer demandas colectivas, por lo que en este caso las colectivas, por lo que en este caso las colectivas, por lo que en este caso las demandas individuales son posibles, pero "recurrir a tribunales siempre es gravoso y poco práctico" tratándose de montos acotados, dice el abogado. En cuanto a los reclamos, Cleopatra Méndez, abogada de VA-Vidal Abogados, aclara que los consumidores pueden presentar su queja en primera instancia ante la empresa distribuidora.
Si la respuesta no es satisfactoria, pueden escalar el caso ala Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a través de su página web. "Se pueden adjuntar distintos tipos de documentos, como informes, boletas u otros que den cuenta de la situación y la afectación del cliente", señala Méndez. Además, resalta que, en caso de perjuicios adicionales se puede presentar una queja ante el Sernac. Hoy alas 14:00 horas, según informaron desde el Sernac, se darán a conocer las acciones que se tomarán con las distintas empresas de los diferentes mercados que pudieron afectar a los clientes. -