Excarabineros fueron condenados por delitos cometidos durante 1973
Excarabineros fueron condenados por delitos cometidos durante 1973 EL MINISTRO ÁLVARO MESA DICTÓ ACUSACIÓN CONTRA LOS IMPLICADOS, EN MAYO DEL AÑO PASADO. Excarabineros fueron condenados por delitos cometidos durante 1973 CONDENAS.
El entonces sargento primero Mamerto Ávila y el carabinero Carlos Galindo deben cumplir 6 años de cárcel. ministro en visita exE traordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos delasjurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, condenó a dos funcionarios de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en los delitos de homicidio simple del estudiante secundario Roberto Eder Huaiqui Barría y el homicidio simple frustrado de José Jovin Oporto del Río, en delitos perpetrados en la comuna de Lago Ranco, en septiembre de1973.
En el fallo (causa rol 22014), el ministro Mesa Latorre condenó al entonces sargento pi mero Mamerto Tercero Ávila Gonzálezy al carabinero Carlos Emilio Galindo Ruiz a sendas penas de cumplimiento efectivo de Gaños de presidio, más lasaccesorias legales deinhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y der chos políticos y la inhabilitaciónabsoluta para profesiones titulares durante el tiempo de las condenas, en calidad de cómplices de los delitos de lesa humanidad.
Además, en el aspecto civil secondenóal fisco a pagar una indemnización total de $600 millones por concepto de daño moral, a los hermanos dela víctima Roberto Huaiqui Barría. tima Roberto Huaiqui Barría. tima Roberto Huaiqui Barría. tima Roberto Huaiqui Barría.
ANTECEDENTES Según información del fallo, entreotros antecedentes, en la jornada del 11 de septiembre del año1973 "en la Tenencia de Carabineros de Lago Ranco se escuchaba vía radial rumores que en la zona de Neltume había enfrentamientos entre guerrilleros y militares, es por lo cual, que en aquel entonces, carabineros delos citados retenes (Riñinahue y Llifén) comenzaron a buscar a personas quemilitasen o fueren simpati zantes políticos en el sector (Partido Comunista).. ". «Que enel contexto antes descrito, días después del 1 de septiembre de 1973, se efectuó unoperativo en el cualel personal del retén de Riñinahue fue rodeado por personas, debiendolos Carabineros decitado re1én, huir de aquel lugar hacia Llifén, siendo ayudados por otros colegas.
Al día siguiente llegaron refuerzos militares de Valdivia, del Regimiento Maturana, los cuales tomaron el control, instalándose en el sector de Arquilhue, lugar donde tenían una especie de base, con camiones y patrullas militares, apostándose con carabineros del Retén de Riñinahue y Llifén e incluso civiles, con el fin de controlarla situación". Durante esos días, según agrega el fallo, hubo unaltercaagrega el fallo, hubo unaltercaagrega el fallo, hubo unaltercaagrega el fallo, hubo unaltercado en Calcurrupe, donde vecinos del lugar pedían auxilio debido al saqueo de sus casas, por parte de otrogrupo de personas.
Enel contexto de esta situación, se encontraban las dos víctimas acompañadas de otros cuatro jóvenes, quienes intentaban cruzar a Argentina, pero debido a las condiciones climáticas y nieve existente en el lugar, se regresaban a Lago Ranco por Riñinahue.
Fueen esta situación cuando los dos uniformados -ahora condenados: realizaron disparos a este grupo de personas que intentó escapar, hiriendo mortalmente a Huaiqui Barría (17 años), quien al recibir el impacto de bala cayó a al río Nilahue, nosiendo encontrado su cuerpo nunca más.
Paralelamente, Oporto del Río recibió un disparo en la espalda ala altura del pulmón izquierdo y mientras intentaba continuar con su huida, fue detenido por 'ungrupo de personas, quienes losiguieron hiriendo de gravedad, pero finalmente pudo sobrevivir, a pesar de ser llevado posteriormente ala cárcel. En los años siguientes, el cuerpo de Huaiqui fue buscado intensamente por su familia, pero finalmente en febrero de 2012 el Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno declaró la muerte presunta. es es.