Autor: Pedro Bárcena González pedro.barcena@laestrellachiloe.cl
Traficante queda libre tras fallo por caso en Aguantao
Traficante queda libre tras fallo por caso en Aguantao ese acreditarse su resPponsabilidad en el microtráfico de 825,9 gramos de marihuana y de mantener en su poder 13 plantas de cannabis, un joven que se exponía a más de 8 años de cárcel fue sentenciado a una pena de 3 años de libertad vigilada por este delito, cometido en el sector Aguantao de Castro. Un fallo que hasta hoy tiene plazo para ser recurrido de alzada. El fiscal Enrique Canales acusó al sujeto de iniciales J. L. A.
G. (38) no solo por el tráfico de sustancias ilícitas en pequeñas cantidades, sino también por cultivo de especies vegetales del género cannabis, invocando penas de 3 años y un día y 5 años y un día de presidio, respectivamente, por los hechos registrados el 12 de julio del 2023.
Dicha jornada, efectivos de la Sección de Investigación Policial (SIP) de Carabineros local desbarataron al interior de un domicilio emplazado en esa localidad de la península de Rilán dos sistemas de cultivo indoor e incautaron las plantas que BVE CHILE Z& 6253 2 COMISARIA CASTRO medían entre 24 y 100 centímetros, como también la marihuana a granel, $75 mil en efectivo, tres balanzas digitales y un centenar de bolsas dosificadoras.
Como detalló el persecutor en su presentación de cargos, el encartado no contaba "con la autorización competente" y tampoco justificó que estas especies estaban "destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo". DECISIÓN Sin embargo, en el juicio realizado en el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Castro la sala presidida por el magistrado Rodrigo Alarcón solamente condenó al oriundo de Chaitén por el microtráfiFFE FE co remarcando que el cultivo constituye un "acto preparatorio para las acciones posteriores de tráfico". Así lo explicó el defensor Jairo Acevedo, enfatizando que se estableció "que el cultivo estaba enmarcado en el otro delito, en su modalidad de porte y guarda". Esosí, el abogado insistió en que para desvirtuar la existencia de ambos tipos penales "presentamos recetas médicas por dolor crónico que presenta el imputados, como también informes toxicológicos para sustentar que las sustancias estaban destinadas al consumo.
Tampoco se identificó un comprador dentro de la causa u otra acción de tráfico". Más allá de no acogerse su alegación central, el proCARABINEROS TE 832 fesional se mostró conforme con el dictamen. "Se decretó una pena sustitutiva en base a la baja afectación al bien jurídico protegido (la salud pública) y el concurso aparente de delitos", sostuvo. Hoy vence el plazo para recurrir y hasta el cierre de la edición ningún interviniente ha presentado nulidad ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. De mantenerse así, la sentencia quedaría firme y ejecutoriada. « 14 medios probatorios tenía a disposición el fiscal para acreditar los delitos. Autor: Pedro Bárcena González pedro.barcena@laestrellachiloe.cl. Se acredito que el sujeto poseía 825,9 gramos de marihuana y 13 plantas de cannabis. 14 medios probatorios tenía a disposición el fiscal para acreditar los delitos. EN EL TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE CASTRO SE REALIZÓ ESTE JUICIO POR INFRACCIÓN A LA LEY 20.000 O DE DROGAS.