Arriesga millonaria multa: formulan cargos contra empresa de Servicios Sanitarios San Isidro
Arriesga millonaria multa: formulan cargos contra empresa de Servicios Sanitarios San Isidro temuco. Por incumplimientos ambientales de la Planta de Tratamiento Labranza. Sanción podría superar los 8.500 millones de pesos. El Austral cronicaQaustraltemuco. cl a Superintendencia del Les Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio con la formulación de doscargos contralaempresa de Servicios Sanitarios San Isidro S. A,, titular del proyecto "Traslado de la Planta de "Tratamiento de Aguas Servidas, Labranza, ESSSIS.A. ". Este proyecto se encuentra ubicado en la comuna de Temuco. El proyecto consiste en la implementación de una nueva Plantade Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) para la localidad de Labranza, a partir del traslado de las instalaciones existentes y aprobadasambientalmente el año 2000,2001 y 2009.
Este procedimiento sancionatorio tiene como origen fiscalizaciones al proyecto realizadas en marzo de 2015 por la SMA, en conjunto conel equipo dela Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud de la Región deLa Araucanía, y cuya inspecdeLa Araucanía, y cuya inspec$8:794 ción se centró en la calidad del efluente, el manejo de lodos, la afectación al cuerpo receptor y Millones de pesos es el estado de obras de la nueva la multa que arriesga planta de tratamiento de aguas la empresa por los incumservidas. plimientos.
Juntoconloanterior, se realizó unasegunda fiscalización en febrero de 2022 en conjunto con SMArealizó un requerimiento elequipo del Seremi de Salud y de información al titular en del Servicio Agrícola y Ganade agostode2024, respectoalassiro(SAG)regional, lacualestuvo guientes temáticas: los lugares centrada en el estado de ejecu--de muestreoal cuerpo receptor ción del proyecto, la calidad del efluente, el manejo de lodos y plan decontingencia y el monitoreo del cuerpo receptor. río Cautín, los resultados delos monitoreos realizados al cuerporeceptorrío Cautín, elestado dela infraestructura, permisos sanitarios y el acopio de residuos.
Apartir del análisis de losanINCUMPLIMIENTOS En basea estas inspecciones, la En basea estas inspecciones, la SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE INFRACCIONES FUERON CLASIFICADAS COMO GRAVÍSIMA Y LEVE, POR LO QUE, DE ACUERDO A LA LEY ORGÁNICA DELA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE (LOSMA), EL TITULAR ARRIESGA UNA MULTA DE HASTA 11 MIL "UNIDADES TRIBUTARIAS ANUALES (UTA), EQUIVALENTES A MÁS DE $8.794 MILLONES.
Muestreo de parámetros coliformes de parámetros coliformes e La segunda infracción levantada, clasificada como leve, se sustenta en que la empresa no realizó el muestreo para el parámetro coliformes fecales mediante una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA). Respecto a las infracciones clasificadas como leves, los titulares arriesgan una amonestación por escrito o una multa de 1 hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA); mientras que, por las infracciones gravísimas, la multa asciende hasta 10.000 UTA.
En este caso la empresa, arriesga una multa pecuniaria de hasta 11 mil UTA, equivalentes a más de $8.794 millones. nes. tecedentes entregados por la empresa, la Superintendencia del Medio Ambiente imputó ygrasas(mg/L); El titular noreados incumplimientos al titu liza un monitoreo de aguas sular. perficiales, con frecuencia seEl primer hecho infraccional, mestral, 00 metros aguas abaclasificado como gravísimo, se jo, a la altura del título de Mer(mg/L), turbidez(NTU), Sólidos disueltos totales (mg/L), Aceites sustenta en que la empresain cedN0422. cumplió con las condicionesdel Traslanotificación deestaformonitoreo de calidad de agua mulación de cargos, laempresa del río Cautín, en lorelativoa: El cuenta con un plazo de 10 días titular no ha realizado el moni hábiles para presentar un protoreo delos siguientes paráme grama de cumplimiento y de15 tros: a) Temperatura (C), Color días hábiles para formular sus real (UPtCo), conductividad (uS/em), Oxígeno disuelto descargos, ambos plazos contadosdesde la notificación. 8 dosdesde la notificación. 8. - - - - -