Revocar decreto o emitir uno nuevo, entre opciones para revertir compraventa
Revocar decreto o emitir uno nuevo, entre opciones para revertir compraventa El fallido intento por convertir en un museo la casa de Guardia Vieja, que perteneció al expresidente Salvador Allende, generó críticas y confusiones por distintos flancos.
Pese a la salida de la exministra de Bienes Nacionales Marcela Sandoval, un incierto escenario se abre para la senadora Isabel Allende y la ministra de Defensa, Maya Fernández, herederas del inmueble que estamparon su firma en el contrato, debido a que en sus cargos no pueden efectuar negocios con el Estado. Desde la mirada de los expertos, no todos consideran que se cumplan los requisitos para incurrir en la causal de cesación. Es la opinión del abogado constitucionalista Tomás Jordán, militante DC, quien comenta que "hay que distinguir en cada caso el tipo de contrato.
No es solamente la frase `suscribir contratos', sino que además produzcan perjuicio al fisco porque la norma busca evitar los conflictos de interés". A su juicio, en este contexto es necesario que se haya producido un efecto y "con la información que sabemos el contrato no cumplió con todas las formalidades para esto y no se produjo perjuicio fiscal porque no se desembolsaron los más de $900 millones". En cambio, la exintegrante de la Comisión Experta del Consejo Constitucional y actual investigadora del Centro de Justicia Constitucional de la UDD, Catalina Salem, considera que la causal sí se aplica, dado que hubo un contrato sujeto a la condición de que se efectuara el correspondiente acto administrativo, "pero lo cierto es que el contrato se celebró y la norma constitucional es clara, no permite muchas interpretaciones". Sobre los posibles caminos para retractar la compraventa, la académica de la U. de los Andes Rosa Fernanda Gómez explicó que "una de las vías es invalidar el decreto mediante el cual se autorizó la adquisición del inmueble". Esto se puede hacer al argumentar que existe una prohibición constitucional que afecta la legalidad del acto (infracción a miento administrativo habrá terminado sin perfeccionar contrato alguno". De otra forma, por ejemplo, mediante "un mutuo acuerdo o resciliación", se "podría dar a entender que el contrato existió". Por su parte, Gómez también aclara que "solo la inscripción de la escritura pública de compraventa en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces es lo que perfecciona el procedimiento de compra, que no se habría concretado". los artículos 37 bis y 60 de la Carta Fundamental)". Pero no es el único camino, puesto que "se podría revocar el referido decreto argumentando razones de mérito, oportunidad o conveniencia, que impiden continuar adelante con la compra". Una línea similar plantea Eduardo Cordero, académico en derecho administrativo de la UCV, ya que la "mejor solución" sería "que el ministerio emitiera un decreto que no autoriza el contrato y, por tanto, el procediEspecialistas entregan sus posturas ante decisión del Ejecutivo: Revocar decreto o emitir uno nuevo, entre opciones para revertir compraventa Respecto de causales de cesación en los cargos, frente a próximo requerimiento ante el TC, hay división sobre si es necesario que el contrato produzca sus efectos para que ello ocurra. E. CANDIA Y J.
P. GUZMÁN `` El contrato se celebró y la norma constitucional es clara (... ). Hay un contrato celebrado, por más que las partes lo quieran dejar sin efecto".. ................................................................ CATALINA SALEM INVESTIGADORA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO `` La inscripción de la escritura de compraventa en el (... ) Conservador de Bienes Raíces es lo que perfecciona el procedimiento de compra (... ), que no se habría concretado".. ................................................................ ROSA FERNANDA GÓMEZ ACADÉMICA U. DE LOS ANDES. - -