Caso Audios: Sobre la acusación constitucional
Caso Audios: Sobre la acusación constitucional La acusación constitucional es un mecanismo que busca hacer efectiva la responsabilidad de altas autoridades del Estado por infracciones establecidas en la Consción. Participan tanto la Cámara de Diputados, encargada de acusar, como el Senado, que resuelve si la autoridad acusada. es culpable o no.
De acuerdo al artículo 52 No. 2 de la Constitución, la Cámara de Diputados puede acusar constitucionalmente a autoridades como el Presidente de la Repú Estado, magistrados blica, ministros de de los tribunales superiores, el contralor general; generales o almirantes de las Fuerzas Armadas, delegados presidenciales y autoridades encargadas del Gobierno de Isla de Pascua y del ArchipiélaTambién pueden go de Juan Fernández. acusar a gobernadores regionales, aunque la Constitución no los menciona explícitamente en el listado de autoridades, sí hace referencia a ellos en el mismo art. posterior52 y art. mente en el53.
Si se cumple el nec quórum rio para declarar lugar como ha la el acusación, primer efecto de pei a la suspensión es acusada ss en uriclones;con excención del Presi lr oo Regional mador El segundo efecto es que el caso pasa al Senado, órgano del que a la luz art. 53 No, 1 dela acConstitución tía como jurado para determinar si la autoridad es culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa. Para el Prelos gobernadores regionales, sidente y se requiere el voto de dos tercios de los senadores en ejercicio; para las demás autoridades, basta con la mayoría de senadores en ejercicio. Si se declara culpable ala autoridad, esta es destituida de su cargo y queda inhabilitada para ejercer cualquier función pública por cinco años.
En el contexto del “Caso Audios”, se ha planteado la posibilidad de acusar constitucionalmente a los ministros de la Corte Suprema Ángela Vivanco, Jean Pierre Matus y Mario Carroza, además de una eventual acusación contra el ministro Sergio Muñoz, pero en otros contextos.
Lasiones graves y reiterados en el cumplimiento de obligalasciones inheren-tes al cargo y en el torcido uso atribulas de ciones y facultds que ls ha confiado el ordenamiento bién competencias Enea esenciales para la Es“ semana se preespera la vida, como la re= sentación de ;, : solución prode primeras acusaciones conformales jueces los: tra la de Corte Suprema. Es crucial que este proceso se base en consideraciones solo potécnicas constitucionales y no líticas, como ha ocurrido en otros casos recientes.
Además, esta crisis debe ser vista como una oportunidad para imple= mentar reformas en el sistema de nombramiento de jueces que eviten situaciones similares en el futuro, como las derivadas de la filtración de los audios del abogado Hermosilla, La causal en discusión es a actos u omiel “notable abandono de deberes”, que se refiere a isi actos u omisiones graves so : y reiterados en el cumplimiento de las obligaciones inherentes al cargo y a am el torcido uso de las atribuciones y facultades que les ha confiado el ordenamiento jurídico. causal en discusión es el “notable abandono de deberes”, que refiere se a e. Jorge Astudillo Muñoz Académico de Derecho "UNAB Sede Viña del Mar.