Resolución exenta número CP 14.858, de 2024.- Declara zona de riesgo sanitario sectores que indica de la comuna de Angol, provincia de Malleco
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.942 Miércoles 4 de Septiembre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2539486 MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO A SECTORES QUE INDICA DE LA COMUNA DE ANGOL, PROVINCIA DE MALLECO, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA (Resolución) Núm. CP 14.858 exenta. - Temuco, 4 de agosto de 2024. Visto: Estos Antecedentes: 1.
Artículo 67 del Código Sanitario, que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; 2.
Artículo 9 letra b) del Código Sanitario, conforme al cual corresponde en especial a la Autoridad Sanitaria en sus respectivos territorios dictar dentro de las atribuciones conferidas por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento; 3.
Artículo 14 del Código Sanitario, que señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal; 4.
Artículo 12 Nº 2 del DFL 1 de 2006, según el cual las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud tendrán las siguientes funciones, de acuerdo con las normas y políticas dictadas por el Ministerio de Salud: Nº 2: Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario-ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 5. Dto. Nº 236, de 1926, Reglamento de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; 6. Informe de Inspección de sistemas de alcantarillado particular en viviendas, Comuna de Angol, Región de La Araucanía, de fecha 03.08.2024; 7. Informe Alfa Nº 91.1, de fecha 02.08.2024, de doña Katia Guzmán Geissbühler, encargada municipal de emergencias; 8. Instrucciones del Secretario Regional Ministerial de Salud. Considerando: 1.
Que, de acuerdo a documentos de Vistos Nº 6 se informa, en resumen y en lo pertinente, lo siguiente: “Antecedentes: Con fecha 02.08.2024 se recibe informe Alfa 91.1 de fecha 02.08.2024 emitido por la Municipalidad de Angol, el cual solicita evaluación de riesgo sanitario por colapso de fosas sépticas en Quepe con Tilao, El Manzano, Trarulemu y rebase de alcantarillado en La Arboleda y Santa Teresita. En la tarde del 02.08.2024, en conversación telefónica con Sra.
Katia Guzmán, Encargada de Emergencias y Desastres de la Municipalidad de Angol con Jefa de OAS Angol y Jefa OPM, se informa que vivienda ubicada en Quepe con Tilao corresponde a una vivienda irregular tipo toma, construida en sector bajo y con pozo negro; en el sector El Manzano a la fecha se ha identificado una vivienda afectada por rebase del río; el Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2539486 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.942 Miércoles 4 de Septiembre de 2024 Página 2 de 3 sector Trarulemu se vieron afectadas 3 viviendas, de las cuales algunas personas se mantienen en el albergue municipal, por tanto se coordinó realizar la visita en conjunto con alguna persona de las afectadas. La vivienda afectada del sector Lolenco no tiene relación con causas sanitarias, por cuanto se descarta visitar el sector.
Se indica adicionalmente, que el número de viviendas y sectores afectados puede ir en aumento, considerando que en algunos sectores fueron afectadas por inundaciones y los dirigentes o afectados no han tomado contacto con el municipio.
Durante la jornada del día 01 y 02.08.2024, la OAS Angol realizó las gestiones para la limpieza y desinfección de sectores urbanos afectados, con encargado de Aguas Araucanía: Villa Nazareth: 01.08.2024 se produce rebase de alcantarillado público por ingreso de aguas lluviaal sistema. Se afectaron 01 vivienda en su interior y 04 viviendas en su patio. Aguas Araucanía realiza visita al sector y evaluando los domicilios, estableciendo intervención de limpieza y desinfección para el día siguiente, cuando bajara el nivel del agua. Intervención realizada el 02.08.2024. Villa La Arboleda y Villa Santa Teresita: ambos sectores se vieron afectados por desborde del Río Rahue durante la madrugada del viernes 2 de agosto. El ingreso de agua del río al sistema de alcantarillado público provoca contaminación de las aguas con aguas servidas. Se contacta a Aguas Araucanía, quien durante la jornada de la mañana del día viernes 2 realiza la limpieza y durante la tarde la sanitización.
Sector Trarulemu: Se constata en terreno la situación informada en sector Trarulemu, 2 viviendas anegadas, propietarios mencionan que producto del reciente sistema frontal y las intensas lluvias han provocado desbordes de canales aledaños, provocando la inundación de sus viviendas en sector rural de la comuna de Angol. Producto de lo antes mencionado, se constata el ingreso de aguas servidas provenientes del anegamiento de fosas sépticas en terreno, afectando el interior de las viviendas y saturación de los sistemas particulares. Viviendas corresponden a un solo núcleo familiar, viéndose afectadas 10 personas de las cuales 8 se encuentran albergadas en Angol.
Calle Quepe esquina Tilao Angol: Se realiza visita en el sector, no encontrando moradores en el lugar, se toma contacto con vecina, la cual indica que tras las fuertes lluvias se anegóvivienda haciendo colapsar (pozo negro) ya que vivienda no cuenta con alcantarillado al ser una toma (palabas de informante). El Manzano, Cordillera Nahuelbuta: Se entrevista a Sra.
Leslie Tisi, quien manifiesta que su vivienda rural fue afectada por rebase del río, inundando parte de su predio, afectando la calidad de agua para beber, dado que su pozo se inunda con agua del río. Además, producto de la inundación, su terreno se colmata, sin que los drenes de aguas servidas puedan funcionar correctamente, estimando 2 días para recuperar su funcionalidad. Su fosa no se rebasa y su terreno no se ve afectado por aguas servidas.
Su sistema de agua potable se encuentra afectado, dado que queda bajo el agua de inundación, tanto el pozo como el sistema eléctrico de impulsión, no pudiendo restablecer el sistema por no funcionamiento del motor impulsor. El agua se observa turbia y los sistemas de filtro y desinfección no están operativos.”. 2. Que, Informe de Vistos Nº 7, indica, en lo pertinente, lo siguiente: “Producto de evento meteorológico se registra catastro formal de 18 viviendas anegadas. Total de damnificados, 49 personas. Los sectores afectados son Villa Nazareth, calle Valparaíso, Los Confines Norte, El Retiro, calle Quepe con Tilao, Trarulemu, Santa Teresita, El Manzano, Lolenco”. 3.
Que, es un deber legal de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes. 4. Que, se deben adoptar medidas inmediatas de mitigación que permitan abordar la grave situación sanitaria que afecta a los distintos sectores, ya individualizados, de la comuna de Angol. 5.
Que, producto de lo antes expuesto resulta necesario declarar zona de riesgo sanitario a dichos sectores, a fin de que su municipio gestione los recursos necesarios para implementar medidas inmediatas de mitigación y de esta forma asegurar que no se vea afectada la salud de la población. Teniendo presente: 1. DFL Nº 1 de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763/79 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.2. DS 136/2005, que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud. 3. Decreto afecto Nº 32, de fecha 18.03.2022, del Ministerio de Salud, que designa a don Ricardo Andrés Cuyul Soto, en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía. 4. DFL Nº 725/67, Código Sanitario. 5. Resolución 07/2019 de la Contraloría General de la República; dicto la siguiente Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2539486 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.942 Miércoles 4 de Septiembre de 2024 Página 3 de 3 Resolución: Primero: Declárese Zona de Riesgo Sanitario a los siguientes sectores: Villa Nazareth, calle Valparaíso, Los Confines Norte, El Retiro, calle Quepe con Tilao, Trarulemu, Santa Teresita, El Manzano, Lolenco, todos ellospertenecientes a la Comuna de Angol, debido a las intensas lluvias y vientos que afectaron recientemente a dicha comuna, en virtud de lo expuesto en Vistos y Considerando, de la presente resolución.
Segundo: Déjese establecido que la Municipalidad de Angol deberá implementar todas las medidas sanitarias de mitigación conducentes a asegurar que la salud de las personas que habitan los sectores urbanos y rurales ya referidos de dicha comuna, no se vea afectada por riesgos sanitarios provocados por las fuertes precipitaciones y vientos de los recientes días, según se ha expuesto. Tercero: Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Cuarto: Téngase presente que esta resolución entrará en vigencia sin esperar su publicación en el Diario Oficial, en razón de la urgencia requerida para adoptar las medidas necesarias a fin de hacer frente a las diversas situaciones de emergencia acaecidas en la Comuna de Angol. Anótese, comuníquese, notifíquese y publíquese. -Ricardo Andrés Cuyul Soto, Secretario Regional Ministerial de Salud Región de la Araucanía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2539486 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl