Tribunal Ambiental acoge reclamación del Consejo del Salmón
Tribunal Ambiental acoge reclamación del Consejo del Salmón Contra la SMA Tribunal Ambiental acoge reclamación del Consejo del Salmón El Tercer Tribunal Ambiental revocó las resoluciones de la SMA que negaron al Consejo del Salmón S.A. participar como interesado en el proceso sancionatorio contra Cooke Aquaculture Chile S.A.
Este proceso se originó en abril de 2021, cuando la SMA inició el procedimiento procedimiento sancionatorio Rol D-096-2021 debido a nueve infracciones cometidas en los proyectos “Centro de Engorda de Salmones Punta Garrao”, “Centro de Engorda de Salmones Huillines 2” y Centro de Engorda de Salmones Huillines 3”. Entre las infracciones imputadas se encuentran encuentran dos relacionadas con la sobreproducción sobreproducción de salmones, las cuales generaron preocupación en el Consejo del Salmón, representante gremial del sector.
Tras solicitar solicitar ser considerado como interesado en agosto de 2023, el gremio vio rechazada su solicitud en dos ocasiones, en septiembre y noviembre de 2023, lo que motivó la presentación presentación de la reclamación ante el Tercer Tnbunal Ambiental.
La decisión del tñbunal de acoger la reclamación implica un avance significativo significativo para el Consejo del Salmón y podría impactar en el desarrollo y resultado final del proceso sancionatorio contra Cooke Aquaculture Chile SA., estableciendo un precedente importante en matena de participación y transparencia en los procedimientos ambientales.
Para el Tribunal, “la Reclamante, al solicitar ser parte del procedimiento administrativo sancionador, justificó ante la SMA un interés en el contenido de la resolución final que se ajusta a lo exigido por el art. 21 N3 de la ley N 19.880, y a lo señalado por la citada docffina, esto es, acreditando o justificando el beneficio o peuicio que producirá a su respecto lo que se determine en el acto terminal”. Ordenan a la SMA que otorgue la calidad de interesado al gremio en el proceso contra CookeAquaculture. E.