EXTRACTOS:
EXTRACTOS: EXTRACTO Por Decreto MOP. (Exento) N%1021, de 05 de noviembre de 2024, modificado por Decreto MOP. (Exento) N*1076, de 26 de noviembre de 2024, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3* letra a), 10* letra c), 14* letra e) y 105" del DFL. MOP. N'850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N*15.840 y del DFL. MOP.
N"208 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno D-45, D-46.2, D-48, D-49 y D-58, para la obra: CONSTRUCCION EMBALSE EMPEDRADO, que figuran a nombre de ESPINOZA GAVILAN JAVIER ANTONIO, VALDES ARELLANO CRISTINA DEL CAR Y, SERGIO A. PALACIOS OPAZO NEGOCIOS F, PALACIOS CANCINO MANUEL y TEJOS OPAZO RAUL H, roles de avalúo 297-30,295-68,297195, 297-85 y 296-118, Comuna de EMPEDRADO, REGIÓN DEL MAULE, superficies 12.165, 439,1.260, 3.637 y 3.839 m2 respectivamente.
La Comisión de Peritos integrada por PATRICIA ANGELICA MORALES RIVERA, OMAR IGNACIO GOMEZ FIGUEROA y MIGUEL JUAN FERNANDEZ CADIZ, mediante informe de tasación de 19 de agosto de 2024, fifó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $20.497.000 para el lote D-45, $1.684.380 para el lote D-46.2, 54.949.000 para el lote D-48, $7.498.150 para el lote D-49, y $4.564.000 para el lote D-58, La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7" del Dereto Ley N'2186, de 1978. Fiscalía MOP. EXTRACTO.