Las "excepciones" que establece la normativa sobre uso de celulares en colegios
Las "excepciones" que establece la normativa sobre uso de celulares en colegios El 30 de junio será el plazo final para que los establecimientos educativos presenten modificaciones de sus reglamentos internos que incluya las modificaciones respecto al uso de artefactos digitales al interior de recintos desde educación parvularia hasta la enseñanza media.
Tras la declaración alarmista por parte del ministro de la cartera, Nicolás Cataldo en que expresó que el reglamento también aplica a educadores, hace unos días reculó aseverando que los adultos si podrán utilizar dispositivos siempre y cuando, sea con fines pedagógicos. Lo concreto, es que en el reglamento interno de cada colegio deberá quedar explícito cómo será el uso de tecnologías educativas.
Pese a que, la nueva normativa indica que: "La prohibición de uso de dispositivos móviles se aplicará, especialmente, durante el desarrollo de actividades curriculares dentro de la sala de clases y se extenderá a todos los integrantes de la comunidad educativa". Casos "excepcionales" A su vez, presenta cinco casos "excepcionales" en las cuales los escolares pudiesen utilizar algún dispositivo tecnológico. -Si el estudiante presenta necesidades educativas especiales respecto de las cuales el uso adecuado de estos dispositivos móviles se considera como una ayuda técnica al servicio de sus aprendizajes.
Esta circunstancia deberá ser acreditada por el padre, madre o apoderado del estudiante a través de un certificado emitido por un profesional competente. -Si existe una situación de emergencia, desastre o catástrofe. -Si el estudiante presenta una enfermedad o condición de salud, diagnosticada por un médico, que requiera monitoreo periódico a través de dispositivos móviles.
Esta circunstancia deberá ser acreditada por el padre, madre o apoderado del estudiante a través de un certificado médico. -Si la utilización de estos dispositivos móviles es útil para la enseñanza en función de la naturaleza de la actividad curricular o extracurricular en los establecimientos educacionales que imparten educación básica o media.
Por otra parte, otra consideración que realiza la modificación de la normativa está dirigida al nivel de educación media que "podrán disponer espacios, horarios o actividades específicas en que la utilización de dispositivos móviles esté autorizada, en atención a la autonomía progresiva de los alumnos".. Medida que comenzará a regir desde este año escolar