Parque Fotovoltaico Loncoche SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2751480 EXTRACTO Patricia Valentina Manríquez Huerta, Notario Público Titular de la 48ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo N3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública, de fecha 30 de diciembre de 2025, Repertorio N17.086 -2025, ante mí, Austral Power Services SpA, Rol Único Tributario número 77.253.044-7, representada por Estefanía Alejandra Isla Peña, cédula nacional de identidad número 18.074.614-5, ambos domiciliados en Av.
Providencia N2237, LCV sesenta y cinco, comuna de Providencia, constituyó una sociedad por acciones y de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Parque Fotovoltaico Loncoche SpA”, pudiendo usar, para efectos comerciales, ante bancos e instituciones financieras y operacionales, el nombre de fantasía de “Parque Loncoche SpA”. Duración: Indefinida.
Objeto: La sociedad tiene por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las actividades de construcción, explotación, operación y mantenimiento de proyectos de generación y almacenamiento de energía eléctrica y transmisión y en combinación o no con actividades agrícolas y/o agropecuarias, así como el suministro, compra y venta y transmisión de energía eléctrica, productos derivados de la explotación agrícola y/o agropecuarias y demás atributos comercializables, sea por cuenta propia o de terceros; prestar servicios energéticos de todo tipo; adquirir, usar, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regulan la actividad energética, y asimismo, las concesiones de uso oneroso a que se refiere el decreto ley número mil novecientos treinta y nueve de mil novecientos setenta y siete, y los demás derechos y autorizaciones necesarios para la realización de las actividades que contemple el desarrollo del objeto de la Sociedad, y todo tipo de equipos e instalaciones relacionados con modalidades de producción y almacenamiento de energía eléctrica y producción agrícola, en especial, pero sin limitación, plantas fotovoltaicas, de almacenamiento de energía e instalaciones anexas; la adquisición y enajenación, por cualquier vía, de todo tipo de proyectos de generación y/o transporte de energía y/o proyectos agrícolas, y los permisos, derechos, autorizaciones y licencias o arrendamientos necesarios para conservar, promover, o desarrollar los fines de la Sociedad; comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir toda clase de equipos, materiales, insumos y/o productos terminados, relacionados directa o indirectamente con el objeto social.
Para el desarrollo del objeto principal antes señalado la Sociedad podrá: /i/ efectuar y desarrollar toda clase de inversiones por cuenta propia o ajena relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración que digan relación con el objeto principal; /ii/ concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, y participar con plenas facultades en ellas; y /iii/ realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y en concreto, la realización de todo tipo de actividades y prestación de toda clase de servicios en materias relacionadas con las actividades anteriormente descritas.
Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada, sin limitación alguna, para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u otros establecimientos que podrá constituir y mantener en cualesquiera otros lugares del país o del extranjero.
Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan íntegramente en dinero efectivo por Austral Power Services SpA, ingresando en este acto a caja social. Administración: Administrada por uno o más apoderados designados por los accionistas. En acto constitución social se designa como apoderados con amplias facultades a Estefanía Alejandra Isla Peña y a Francesco Miselli, quienes podrán actuar en forma individual. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de enero de 2026. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2751480 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl