Autor: CATALINA MUÑOZ-KAPPES
Especialistas valoran eficacia de fiscalización con drones del SII, pero difieren sobre alcance
Especialistas valoran eficacia de fiscalización con drones del SII, pero difieren sobre alcance La documentación del servicio da cuenta de su uso desde al menos 2021:En una carta al director de “El Mercurio” publicada ayer, el abogado Pablo Sanhueza cuestiona que el Servicio de Impuestos Internos (SII) use drones para fiscalizar: “La administración tributaria, comúnmente conocida como el Servicio de Impuestos Internos, ha implementado una medida que genera preocupación: la fiscalización por drones.
Un ejemplo de esto es lo que ha ocurrido en el lago Rapel, donde se han utilizado drones para monitorear construcciones y, en consecuencia, aumentar las contribuciones”. Según Jaime Preiss, socio Consultoría Legal Tributaria de CCL Auditores Consultores, esta es una herramienta que el SII utiliza desde hace un par de años.
“Así por ejemplo lo informó en el Plan de Gestión de C u m p l i m i e n t o T r i b u t a r i o (PGCT) del año 2021 respecto de propiedades asociadas a contribuyentes que desempeñan cargos públicos relevantes y contribuyentes con alto patrimonio inmobiliario, señalando que tanto el uso de d r o n e s c o m o d e imágenes satelitales, entre otras, serían herramientas de teledetección que permitirían actualizar la información de propieda-des informadas por los contribuyentes señalados”, indica. En el PGCT de 2022, Preiss afirma que el SII reiteró la estrategia del uso de drones, pero en términos más amplios.
En esa instancia, el servicio acotó que el uso de esta tecnología habría “potenciado la recolección de datos y el mapeo, convirtiéndose en una herramienta esencial para actualizar la información disponible en el Catastro de Bienes Raíces, siempre dinámica, y que es crítica para el correcto cobroterritorial de contribuyentes con alto patrimonio inmobiliario. de este tributo”. En los PGCT de 2023 a 2025 no hay mención del uso de drones.
Efectividad“Efectivamente el uso de drones ha sido y continuará siendo una herramienta útil para la fiscalización del impuesto territorial, impuesto que, por su propia naturaleza, hace necesario tener a disposición información completa del inmueble sobre el cual se aplica el impuesto”, señala Preiss.
P a r a J o a q u í n Urra, director del Área Legal y Tributaria de PwC Chile, el uso de drones es una medida efecti-va, especialmente en “construcciones nuevas y mediciones de metros construidos en casas que están emplazadas en lugares de difícil acceso; también permite optimizar el catastro de propiedades y, además, robustecer las estrategias de control tendientes a lograr el correcto cobro del impuesto territorial”. Pese a que la documentación del SII da cuenta de un uso acotado para la fiscalización del impuesto territorial, Juan Pizarro, presidente de la Comisión Tribu-taria del Colegio de Contadores, cree que los drones pueden tener más usos. Por ejemplo, señala que la tecnología también podría ser usada para fiscalizar la existencia del comercio ambulante o el uso de bodegas ilegales. LegalidadSin embargo, no está zanjado entre los abogados si el uso de drones es una invasión a la vida privada. En su carta, Sanhueza manifiesta que esta tecnología es “una clara vulneración del derecho de intimidad consagrado en nuestra Constitución Política”. Luis Felipe Ocampo, socio de Recabarren y Asociados, coincide con esta visión.
“El artículo octavo y nueve del Código Tributario establece los derechos de los contribuyentes, y dice que en los actos de fiscalización se respete la vida privada () Estas herramientas que le permiten fotografiar y filmar de una manera muy baja las propiedades yo creo que están impidiendo la privacidad”, dice. Según Urra, la herramienta podría ser usada bajo ciertas circunstancias. “Es perfectamente posible que, en una visita coordinada y autorizada por el propietario del inmueble, los tasadores del Servicio utilicen los medios de los cuales disponen, entre los cuales se incluyen los drones. Distinto es que, sin ninguna autorización, más aún contra la voluntad del contribuyente, utilicen esta tecnología infringiendo la intimidad del dueño del bien”, acota. En la misma línea, Preiss cree que es necesario regular el uso de los drones por parte del SII.
“Aunque no existe una norma específica que lo regule, podría argumentarse que la misma está comprendida dentro de las facultades generales que otorga el Código Tributario a los directores regionales en el artículo 60 quáter para “ordenar el diseño y ejecución de cualquier tipo de actividad o técnica de auditoría”, considerando al respecto que la definición de “técnica de auditoría” que la misma norma entrega es bastante amplia”, señala.
En ese sentido, el abogado indica que el uso de esta tecnología “puede fácilmente tornarse ilegítimo si no se realiza con un estricto cuidado de no vulnerar los derechos de los contribuyentes” y que sería recomendable que “el uso de este tipo de tecnología sea regulado con mayor detalle”. Consultados por “El Mercurio” sobre el uso de drones para fiscalizar, desde el SII no estuvieron disponibles para responder consultas. IMPUESTO TERRITORIALEste sería el principal uso de fiscalización de los drones del SII.. Algunos creen que esta herramienta viola la vida privada. Otros dicen que podría ser usada acotadamente. La documentación del servicio da cuenta de su uso desde al menos 2021: menciona el uso de drones para fiscalizar el impuesto