Juez del caso Bruma: “No se detectaron graves falencias en el modelo de prevención del delito”
Juez del caso Bruma: “No se detectaron graves falencias en el modelo de prevención del delito” Junto con descartar el nombramiento de un interventor como medida cautelar para la empresa Blumar, propietaria del barco "Cobra", el juez de garantía de Coronel, Jorge Henríquez, fijó acciones precautorias para el capitán de la nave, Roberto Mansilla; el piloto, Luis Macaya, y el vigía de la embarcación, Jaime Sandoval, quienes fueron previamente formalizados por siete cuasidelitos de homicidio, por el abordaje, hundimiento, desaparición y muerte de siete pescadores de la lancha "Bruma". Los hechos investigados ocurrieron en la madrugada del 30 de marzo de 2025.
El miércoles pasado, al comenzar la formalización de cargos por esta causa, la fiscal regional de Biobío, Marcela Cartagena, expuso que junto a las responsabilidades atribuidas a la tripulación se presentarían evidencias para establecer incumplimientos de la empresa Blumar, por no incluir en sus protocolos de seguridad el riesgo de ilícitos episodios de abordaje y anticipó que solicitaría la figura de un profesional que supervisara la incorporación de los elementos faltantes a los manuales internos.
Además, la persecutora hizo notar que se trataba de la primera vez que se formalizaban cargos contra una empresa por incumplimiento a la Ley 20.393 (Responsabilidad penal de las personas jurídicas), aludiendo con ello a la norma que sanciona a empresas, sociedades o fundaciones "por delitos graves cometidos en su beneficio por sus dueños, directores o empleados", y que considera como ilícitos "cohecho, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, delitos informáticos y ambientales", y establece que "la empresa puede evitar sanciones implementando un "Modelo de Prevención de Delitos". Con todo, ayer, en parte de su fundamentación, el magistrado sostuvo que "la responsabilidad de los imputados en los hechos, a juicio del tribunal, se funda en las conclusiones y resoluciones del sumario administrativo (realizado por la Armada), que tiene el valor de una pericia y el hecho de que esa investigación se inició apenas el barco `Cobra' llegó a puerto, después de la ocurrencia de los hechos". El magistrado advirtió que si bien "una cosa es la investigación administrativa y otra la penal, la primera constituye una pericia en relación con la segunda, y en ese sumario, todos los imputados fueron sancionados". También fundamentó por qué no accedió a la petición referida a la empresa, en su calidad de persona jurídica. Al desestimar la figura del interventor, el juez argumentó que "no se detectaron graves falencias en el modelo de prevención del delito que impone la Ley 20.393 ", vigente al ocurrir el accidente.
En la misma dirección, sostuvo que "la empresa posee un sistema de prevención de delitos, y no se ha explicitado en la audiencia cómo se da la grave insuficiencia que exige la ley y cómo esta tuvo incidencia en la perpetración del delito". "Medidas adecuadas" Conocido el dictamen, la empresa Blumar destacó que "en el fallo, que representa un hito jurídico, al ser el primer proceso bajo la nueva Ley de Delitos Económicos, se rechazó lo solicitado por los querellantes", porque "el tribunal estableció que posibles cuestionamientos al Modelo de Prevención de Delitos no generan de manera automática responsabilidad penal". Además, añadió que "no se precisó qué hicieron mal o qué debían hacer los tripulantes". Tribunal descartó aplicar cautelares a la pesquera Blumar Juez del caso Bruma: "No se detectaron graves falencias en el modelo de prevención del delito" Eso sí, capitán, piloto y vigía del barco "Cobra" cumplirán las medidas precautorias de arraigo nacional, firma quincenal y la prohibición a comunicarse entre sí y con la empresa.
VÍCTOR FUENTES Y FELIPE GONZÁLEZ DIQUE SECO. --Dentro de la evidencia mostrada durante la formalización se exhibieron los peritajes a la proa del buque "Cobra". El análisis confirmó la presencia de restos de pintura roja, pertenecientes a la lancha "Bruma". IMAGEN DE VIDEO `` La empresa posee un sistema de prevención del delito y no se ha explicitado cómo se da la grave insuficiencia que exige la ley y cómo esta facilitó la perpetración del delito".. ............................................................... JORGE HENRÍQUEZ JUEZ DE GARANTÍA DE CORONEL. - -