Autor: PATRICIA REY
Cuatro imputaciones presentadas por la Fiscalia en la formalización de exgenerales
- - Cuatro imputaciones presentadas por la Fiscalia en la formalización de exgenerales Cuatro imputaciones presentadas por la Fiscalia en la formalización de exgenerales "La memoria es frágil: se incendiaron edificios, se quemaron iglesias", dijo Ricardo Yánez Cuatro imputaciones presentadas por la Fiscalia en la formalización de exgenerales La audiencia entró en receso hasta el 14 de octubre a la espera de la preparación de las defensas.
ParrIiCIA Rey E la segunda parte de formalizaE la segunda parte de formalización de los exgenerales de Carabineros Mario Rozas, Ricardo Váñez y Diego Olate, en sus roles de general director, director de Orden y Seguridad, y subdirector, respectivamente. La audiencia quedó suspendida hasta el 14 de octubre, plazo concedido por el juez Cristián Sánchez del Séptimo Juzgado de Garantía, para dar tiempo al nuevo defensor de Yáñez de preparar sus alegatos. Yáñez comentó que la imputación "carece de mucho, no solamente de información relevante, sino que también omite muchos antecedentes que contextualizan lo que ocurrió en esa época.
La memoria es frágil: se incendiaron edificios, se quemaron iglesias, se destruyó el patrimonio público, privado, se destruyeron monumentos nacionales, se afectó la vida de miles de personas que perdieron sus fuentes laborales, sus negocios, la plusvalía de un sector determinado bajó considerablemente, terminó incluso sacando monumentos nacionales, y los carabineros hicieron lo que pudieron, dentro del mandato constitucional". En la jornada, la fiscal Ximena Chong se centró en las omisiones que se imputan a los exuniformados y las agrupó en cuatro tipos: control y reglamentación del uso de armamento y municiones, cumplimiento y promoción de los derechos humanos, deber de supervigilancia, y el deber de disciplina. 1. Uso de armas y municiones.
Chong leyó un informe que el Laboratorio de Criminalística de Carabineros realizó en 2012 y 2016 "sobre los efectos en el cuerpo humano de disparos con la escopeta antidisturbios respectivamente, con cartuchos de 12 postas y con cartuchos de impacto tipo super sock". Según el análisis, "se recomienda el uso de la escopeta antidisturbios a una distancia superior a 30 metros, dada la gravedad de las lesiones provocadas a una menor distancia y considerando que el objeto de su uso es generar dispersión por dolor y no causar lesiones". También se aconsejaba el uso RUBÉN GARCÍA GARCÍA dijo el general (r) Yáñez. del arma "apuntando siempre hacia el tercio medio inferior del cuerpo". Puntualizó que "en conocimiento de la masividad de los traumas oculares y teniendo la facultad de limitar o suspender el uso de armamento y o municiones, los imputados Rozas Córdova, Olate Pinares y Yáñez Reveco omitieron establecer restricciones al empleo de estos con el fin de evitar el uso abusivo e incrementar los requisitos referidos con el uso seguro". 2. Cumplimiento de derechos humanos.
Recordó las recomendaciones y observaciones que hicieron organismos como Human Rights Watch, Amnistía Internacional, la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos y el Indh para que cesara el uso indiscriminado de estas escopetas contra las personas, además de torturas y malos tratos.
El organismo de la ONU, por ejemplo, recomendó al Estado de Chile "el cese inmediato del uso indiscriminado de escopetas antidisturbios para controlar las manifestaciones, además de limitar el uso de gases lacrimógenos a situaciones en que sea estrictamente necesarias". La respuesta de Chile fue el anuncio de medidas correctivas con la apertura de sumarios administrativos en Carabineros, el perfeccionamiento de protocolos de uso de la fuerza, despliegue en terreno de 251 instructores de derechos humanos de Carabineros para asegurar el cumplimiento de protocolos, restricción y suspensión del empleo de perdigones, entre otras, las que finalmente no se aplicaron, relató la fiscal Chong. 3. Deberes de supervigilancia.
Chong mencionó que pese "Se afectó la vida de miles de personas que perdieron sus fuentes laborales; a que se informaron medidas para la correcta aplicación del uso de la fuerza, entre ellas el uso de videocámaras corporales por parte de los funcionarios que utilicen escopetas antidisturbios, y la salida a terreno de instructores certificados de derechos humanos, no se realizaron estas medidas de vigilancia.
El 10 de noviembre de 2019, entre diversas medidas anunciadas, según la persecutora "los imputados Rozas Córdova y Yáñez Reveco, señalan que se dispondrá de 250 instructores certificados en derechos humanos para que se desplieguen en las movilizaciones, de modo de asegurar el cumplimiento de los protocolos", pero que según un informe posterior, solo 69 instructores estuvieron en terreno, y por pocos días. 4. Facultades disciplinarias.
La Fiscalía recordó que el reglamento de selección y ascenso del personal de Carabineros indica que "no pueden continuar en el servicio activo los oficiales que hubieren incurrido en violaciones manifiestas a los principios morales o disciplinarios, de tal gravedad, que su permanencia en las filas sea inconveniente para el prestigio institucional". Sin embargo, "ninguno de los imputados instruyó la apertura de sumarios administrativos frente a ciertos hechos, tampoco ordenaron denuncias al Ministerio Público en materia de lesionados oculares". Agregó que de 536 funcionarios que salieron de la institución durante el estallido social entre el 18 de octubre y el 31 de marzo de 2020, por diversos motivos, "12 bajas fueron por hechos de violencia policial en el contexto del estallido social". Sin Asignar.