Hacia un nuevo modelo de protección de datos personales
Hacia un nuevo modelo de protección de datos personales EI derecho a la protección de datos personales otorga da individuo el poder de disposición y control sobre nformación personal.
Este derecho permite decidir datos compartir con terceros, ya sea el Estado o culares, y cuáles pueden ser recopilados por estos. nás, habilita a las personas para conocer quién posee datos personales, dando la posibilidad de oponerse a posesión o uso si así lo desean. La protección de datos personales es un derecho orno, con su propio contenido y se encuentra estrechamente relacionado con la autodeterminación mativa de las personas. Al mismo tiempo, es un pilar damental para la defensa de otros derechos, como la privada, la no discriminación y la libertad de trabajo, tre otros. En este contexto, si los datos personales, ecialmente aquellos considerados sensibles (corno estado de salud o la orientación sexual), no son amente protegidos, pueden ser utilizados para perjudicar o abusar de las personas. Actualmente, la protección de los datos personales en Chile está regulada por la Ley 19.628 sobre “Protección de la Vida Privada”, promulgada en 1999.
Sin embargo, tras 4 años de vigencia, existe un consenso entre los expertos ue esta normativa resulta insuficiente, ya que carece herramientas adecuadas para enfrentar los desafíos de ra tecnológica y prioriza la regulación del mercado de tos por sobre la protección efectiva de los mismos. Por lo, se celebra con entusiasmo la inminente entrada en igor de la nueva Ley de Protección de Datos Personales aprobada tras años de debate en el Congreso.
La nueva Ley de Protección de Datos Personales implica un cambio sustantivo en el modelo hasta hoy vigente y logra establecer un marco normativo moderno es concordante con las regulaciones más completas ctuales sobre la materia como es, por ejemplo, el eglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea. De esta forman, esta normativa se construye sobre incipios fundamentales.
Entre los pilares clave se uentran los principios de licitud y lealtad, que impone a obligación de tratar los datos personales de forma justa de acuerdo con la ley; el principio de finalidad, en virtud cual los datos solo se usarán de acuerdo con los jetivos específicos para los cuales fueron recolectados; 1 principio de proporcionalidad, que establece que solo ben procesarse los datos estrictamente necesarios ara cumplir con estos objetivos.
También se destacan os principios rectores que informan el tratamiento de datos como son la responsabilidad, la transparencia y la, dencialidad en el manejo de estos datos. demás, incorpora una serie de derechos a favor de los ulares de datos personales quienes tendrán la facultad acceder, rectificar, suprimir, oponerse, portar y bloquear s datos. Por otro lado, las organizaciones y empresas eberán establecer procedimientos claros y accesibles para que los titulares puedan ejercer estos derechos de manera efectiva y sin costo. Entre las novedades más destacadas se encuentra la reación de la Agencia de Protección de Datos Personales, ganismo encargado de supervisar, sancionar y certificar adecuado cumplimiento de esta normativa. La ley exige medidas de seguridad más fuertes, la notificación de Inerabilidades y de documentos claves para los titulares os datos como políticas de privacidad. También fomenta ogramas voluntarios certificados, que pueden atenuar s sanciones en caso de infracciones.
Por último, La nueva ley clasifica las infracciones y contempla sanciones, uida la suspensión del tratamiento de datos, buscando n ello ponerse a la par con estándares internacionales y ordar los desafíos actuales en protección de datos. En conclusión, estamos frente a una oportunidad istórica para garantizar una protección de datos que esté a altura de las demandas de la era digital.
Sin embargo, éxito de esta ley dependerá de su implementación ctiva, del compromiso político, de la disposición de las anizaciones y empresas que manejan bases de datos rsonales y del rol activo de la ciudadanía en exigir sus rechos, entre otros factores. rfllón Muñoz Académico Derecho UNAB. icia un nuevo modelo de tección de datos personales.