EXTRACTOS: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
EXTRACTOS: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Servicio de SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Dirección Regional de Valparaíso NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL: "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Viña del Mar" "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Viña del Mar" (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el articulo 30 bis de la Ley N* 19.300 y en el articulo 94 del D.S.
N* 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante Resolución Exenta N" 202405001175, de fecha 24 de septiembre de 2024, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Valparaiso, ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días hábiles, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Viña del Mar, el que estaria emplazado en la ¡ comuna de Concón, cuyo titular es el Ministerio de Obras Públicas.
Que, conforme a la descripción del proyecto la tipología en virtud de la cual ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), corresponde a aquellas contempladas en la letra e) del artículo 10 de la Ley N" 19.300 y del artículo 3? del Reglamento del SEIA D.S.
N? 40/2012, que dispone: "Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vias férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas. ", especificamente, lo indicado en el literal e. 1) "Se entenderá por aeropuerto el aeródromo público que se encuentra habilitado para la salida y llegada de aeronaves en vuelos internacionales.
Se entenderá por aeródromo toda área delimitada, terrestre o acuática, habilitada por la autoridad aeronáutica y destinada a la llegada, salida y maniobra de aeronaves en la superficie". El Proyecto produciría carga ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94 del D.S.
N* 40/2012, ya que generaría beneficios sociales y ocasionaria externalidades ambientales negativas en 40/2012, ya que generaría beneficios sociales y ocasionaria externalidades ambientales negativas en 40/2012, ya que generaría beneficios sociales y ocasionaria externalidades ambientales negativas en localidades próximas a su emplazamiento, durante su construcción y operación. Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al Proyecto, según lo dispuesto en el artículo 95 del D.S. N* 40/2012, y tendrá un plazo legal para efectuarlas ante la Dirección Regional del SEA, de 20 dias hábiles, contados a partir de la fecha de la presente publicación. Las observaciones deberán formularse por escrito, contener sus fundamentos y referirse a la evaluación ambiental del Proyecto.
El texto integro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: «Dirección Regional del SEA, ubicada en calle Prat 827, oficina 301, Valparaiso. + Sitio web: https:llwww.sea.gob.cl + https:/lseia. sea. gob. clldocumentos/documento php?idDocumento=2163320660 ictora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaiso. de Valparaiso. de Valparaiso..