Extracto de resolución exenta número 20250300197, de 2025.- Da inicio a proceso de participación ciudadana en Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Continuidad Operacional Faena Minera Cobre Norte
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.201 Viernes 18 de Julio de 2025 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2672606 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental / Región de Atacama NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: “CONTINUIDAD OPERACIONAL FAENA MINERA COBRE NORTE” (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS Nº 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante resolución exenta Nº 20250300197, de fecha 4 de julio de 2025, del Servicio de Evaluación Ambiental, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la ley Nº 19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Continuidad Operacional Faena Minera Cobre Norte”, cuyo titular es Inversiones Nutram SpA.
Que, conforme a la descripción y naturaleza del Proyecto “Continuidad Operacional Faena Minera Cobre Norte”, es pertinente señalar que tiene por objetivo aumentar la capacidad de procesamiento de minerales sulfurados en Planta Cobre Norte, pasando de 5.000 Ton/mes a 30.000 Ton/mes, asegurando de esta forma la continuidad operativa de la Faena Minera Planta Cobre Norte. La vida útil del Proyecto es de 12 años.
Las partes y obras del Proyecto se localizan en la Región de Atacama, al noreste de la comuna de Vallenar, por detrás de un cordón de cerros del sector agrícola de Cavancha, específicamente en los Llanos del Marañón, a 4 km al norte del río Huasco.
Que, esta Dirección Regional estima que se genera carga ambiental pues pertenece al tipo de proyectos que generan beneficios sociales a la vez que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación, de acuerdo con lo establecido en el inciso 6 del artículo 30 bis de la ley Nº 19.300.
En virtud de lo anterior y conforme al artículo 30 bis de la ley Nº 19.300 ; y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cualquier persona natural o jurídica podrá presentar observaciones al Proyecto y tendrá un plazo legal de 20 días hábiles para efectuarlas por escrito ante el SEA, contados a partir de la fecha de la presente publicación. El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: Dirección Regional del SEA Atacama, calle Yerbas Buenas 295, Copiapó. Sitio web www.sea.gob.cl Verónica Ossandón Pizarro, Directora Regional, Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2672606 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl