Ministerio de Vivienda Y Urbanismo Llama A Inscripción Para Asignación de Cupos de Vivienda Destinados A Familias Vulnerables Beneficiarias de Subsidio Al Proyecto Seleccionado, Portal Los Manzanos (Ex Portal Frutillar), Código 171970, de la Comuna de Frutillar, Del
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Secretaría Regional Ministerial Región de Los Lagos LLAMA A INSCRIPCIÓN PARA ASIGNACIÓN DE CUPOS DE VIVIENDA DESTINADOS A FAMILIAS VULNERABLES BENEFICIARIAS DE SUBSIDIO AL PROYECTO SELECCIONADO, PORTAL LOS MANZANOS (EX PORTAL FRUTILLAR), CÓDIGO 171970, DE LA COMUNA DE FRUTILLAR, DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL DS N° 19 (V. Y U. ), DE 2016, EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS (Resolución) Núm. 239 exenta. - Puerto Montt, 8 de febrero de 2024.
Vistos: a) El DS N° 19 (V. y U. ), de 2016, y sus modificaciones, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, en especial lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 16°, en relación a la incorporación de familias vulnerables que cuentan con subsidio; b) El DS N° 49 (V. y U. ), de 2011, y sus modificaciones, que regula el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda; c) El DS N° 1 (V. y U. ), de 2011, y sus modificaciones, que Reglamenta el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional; d) La Ley N° 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional; e) La resolución exenta N° 200 (V. y U. ), de fecha 22 de febrero de 2022, y sus modificaciones, que Llama a Postulación en Condiciones Especiales año 2022, para presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, DS N° 19 (V. y U. ), de 2016, en las regiones y comunas que se indican, fija el número de subsidios para la atención de los proyectos a seleccionar y su forma de distribución regional; f) La resolución exenta N° 1.826 (V. y U. ), de fecha 28 de diciembre de 2022, publicada en D.O., con fecha 4 de enero de 2023, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que exime requisitos, acoge reclamaciones, amplía selección y modifica resolución exenta Nº 200 y 1.519 (V. y U. ), ambas de 2022, que aprueba proyectos seleccionados del llamado a concurso en condiciones especiales año 2022, para la presentación de proyectos habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016; g) La resolución exenta N° 221, de fecha 3 de febrero de 2023, de Serviu Región de Los Lagos, que aprueba convenio DS N° 19 (V. y U. ) de 2016, entre Serviu Los Lagos e Inmobiliaria Martabid SpA.
Para el desarrollo del proyecto “Portal Frutillar”, código 171970; h) La resolución exenta N° 5.160, de fecha 30 de noviembre de 2023, de Serviu Región de Los Lagos que aprueba modificación convenio por cambio de nombre proyecto entre Serviu Los Lagos e Inmobiliaria Martabid SpA.
Proyecto Portal Frutillar, código 171970; i) La resolución exenta N° 513 (V. y U. ), de fecha 28 de febrero de 2023, y sus modificaciones, que regula sistema electrónico de inscripción y selección de familias, en cupos de vivienda destinados a familias vulnerables, en proyectos aprobados mediante el Programa de Integración Social y Territorial, DS N° 19 (V. y U. ), de 2016; DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.777 Jueves 15 de Febrero de 2024Página 2 de 10 CVE 2453589 | Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl j) La circular N° 24, de fecha 30 de junio de 2023, del Subsecretario (S) de Vivienda y Urbanismo, que imparte instrucciones y aclaraciones para la aplicación de la resolución exenta N° 513 (V. y U. ), de 2023; k) El oficio ordinario N° 33, de Serviu Región de Los Lagos, que remite antecedentes de familias con reservas, informa cupos disponibles en el proyecto Portal Los Manzanos (Ex Portal Frutillar) código 171970, y solicita a la Seremi Minvu Región de Los Lagos gestionar el Llamado a inscripción de familias vulnerables para la asignación de cupos disponibles y de interés, en el proyecto precitado; l) El correo electrónico, de fecha 5 de febrero de 2023, del profesional Serviu, encargado del Programa de Integración Social y Territorial, DS N° 19 (V. y U. ), de 2016, que tras el correo de la profesional trabajadora social María José Navarro, de Inmobiliaria Martabid SpA, informa el desistimiento al proyecto de una familia, lo que se refleja en el aumento de un cupo para el presente Llamado. m) El Plan de Emergencia Habitacional que define lineamientos y ejes estratégicos a trabajar en su implementación, y n) Las facultades que me confiere el DS Nº 397 de 1976 (V. y U. ) Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales y el decreto supremo N° 18, de fecha 06.05.2022, que designa Secretario Regional Ministerial de la Región de Los Lagos. Considerando: 1.
Que, la Ley N° 21.450, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y el Plan de Emergencia Habitacional, en especial lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, aprobada en su artículo cuarto, permite que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo implemente medidas que permitan aumentar la productividad de sus procesos, entre otras; 2.
Que, asimismo la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional, define objetivos y ejes estratégicos, dentro de los cuales destacan “contribuir a la reducción del déficit habitacional”, “recuperar el rol protagónico del Estado en la planificación y gestión habitacional” y “mejorar la atención de la ciudadanía”; en ese contexto se espera avanzar en la gestión de la demanda por parte del Estado en cuanto a la asignación de viviendas para familias vulnerables, en proyectos aprobados mediante el Programa de Integración Social y Territorial, proponiendo un procedimiento más eficiente y transparente; 3.
Que, el artículo 16° del DS N° 19 (V. y U. ), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, indica en su inciso segundo que, mediante resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo se regulará un sistema electrónico de inscripción y selección para la incorporación de familias vulnerables en proyectos seleccionados del citado Programa. En este sistema podrán inscribirse directamente los beneficiarios de subsidios o concurrir a las oficinas del Serviu para tales efectos; 4.
Que, el Resuelvo 2. de la resolución exenta Nº 513 (V. y U. ), de fecha 28 de febrero de 2023 establece que se autoriza a los/as Secretarios/as Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo a realizar Llamados a inscripción para la asignación de cupos de vivienda de los proyectos seleccionados, destinadas a familias vulnerables beneficiarias de subsidio, considerando proyectos con más de un 10% de avance de las obras y que no se encuentren paralizados ni con obras ralentizadas; 5.
Que, el Informe del Serviu, mencionado en el visto k), junto con el correo electrónico mencionado en el punto l), informan disponibilidad de 14 cupos de viviendas tipología “Llaima” destinadas a familias vulnerables y 2 cupos de vivienda tipología Movilidad Reducida, en el proyecto “Portal Los Manzanos” (ex Portal Frutillar), de la comuna de Frutillar, del Programa de Integración Social y Territorial, que cumple con un 87%, de avance de las obras, al 22 de diciembre de 2023, descontando las 3 viviendas destinadas a asignación directa y a familias beneficiarias de subsidio que se encuentren en situaciones especiales acreditadas por el Serviu, conforme a lo establecido en el Resuelvo 5 de la resolución exenta N° 513 precitada, y respecto de las 2 viviendas de movilidad reducida, se aplica el resuelvo 6° de la Res. Ex.
N° 513 de 2023 (V. y U. ), que regula el sistema electrónico de inscripción y selección de familias, en cupos de vivienda destinados a familias vulnerables, en proyectos aprobados mediante el Programa de Integración Social y Territorial, DS N° 19 (V. y U. ), de 2016.
En resumen, las viviendas disponibles para el llamado serían: • 14 viviendas Tipología Llaima • 2 viviendas Tipología Movilidad Reducida DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.777 Jueves 15 de Febrero de 2024Página 3 de 10 CVE 2453589 | Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl 6.
Por lo expuesto, se estima necesario realizar un llamado a inscripción de familias vulnerables beneficiadas con subsidio habitacional, en conformidad a lo dispuesto en resolución exenta N° 513 (V. y U. ), de 2023 y su modificación, por lo que procede dictar la siguiente: Resolución: 1.
Llamado, difusión, inscripción y familias objetivo Llámase a inscripción de familias vulnerables indicadas en el artículo 2°, letra c), del DS Nº 19 (V. y U. ), de 2016, o a familias beneficiarias de los subsidios DS N° 49/2011, modalidad individual y DS N° 1/2011, Tramo 1 (ex Título I tramo 1), sin aplicar, para la asignación de cupos de vivienda al proyecto seleccionado en el Llamado Nacional año 2022, del Programa de Integración Social y Territorial, a partir del día 16 de febrero de 2024, hasta las 17 horas del día 27 de febrero de 2024, período en que las familias podrán informarse respecto a la oferta existente, para posteriormente ingresar sus datos directamente a través de la plataforma de inscripción dispuesta para tales efectos o, el Serviu procederá a la inscripción e ingreso a la plataforma respectiva. Las familias deberán ingresar sus datos en la plataforma Sistema de Inscripción en Proyectos de Integración Social y Territorial DS N°19 Familias Vulnerables - Minvu.
La información de los proyectos del Llamado y sus características estarán disponibles a través de las páginas web y redes sociales del Serviu y la Seremi, y en los canales de atención presencial del Serviu, a partir de la tramitación de la presente resolución de este Llamado.
A continuación, se indica el proyecto que es parte de este Llamado: (*) El número total de cupos de viviendas disponibles en este Llamado excluye el 10% de viviendas destinadas a familias que se encuentren en situaciones especiales acreditadas por el Serviu, conforme a lo establecido en el Resuelvo 5. de la Res. Ex. N° 513 precitada. Como parte integrante de esta resolución se adjunta Ficha Técnica con todas las características del proyecto y sus viviendas, lo cual debe ser de conocimiento de las familias para tomar una decisión informada.
Podrán participar de este proceso familias beneficiarias con subsidio en esta región, o que hayan indicado esta región como preferencia de postulación al Llamado en el cual fueron beneficiadas y que tengan su subsidio vigente, o familias que hayan realizado su cambio a la Región de Los Lagos, con anterioridad a la fecha de este Llamado y cuyo subsidio se encuentre vigente. En el caso del DS N° 1 (V. y U. ), de 2011, será considerado hasta 60 meses desde el inicio de la vigencia del subsidio.
Establécese que el porcentaje máximo a destinar de beneficiarios/as del Programa DS N° 49 (V. y U. ), de 2011, modalidad Individual, no podrá superar el 60%; y que el porcentaje máximo a destinar de beneficiarios del programa DS N° 1 (V. y U. ), de 2011, tramo 1, no podrá superar un 40%; dicho porcentaje podrá excederse en uno de ellos, solo en caso de acreditar que no existan familias con subsidio del otro Programa o que no exista interés por parte de beneficiarios/as en ese mismo subsidio. 2.
Ahorro El ahorro exigido corresponderá al acreditado al momento de la postulación al Llamado mediante el cual obtuvo el beneficio, el que será destinado en su totalidad al financiamiento de la vivienda, según lo establecido en el artículo 3° letra a) del DS N° 19 (V. y U. ), de 2016.3.
Factores de priorización de las familias Los factores de priorización, para definir la nómina de prelación que permitirá asignar los cupos, serán los siguientes: DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.777 Jueves 15 de Febrero de 2024Página 4 de 10 CVE 2453589 | Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl 4. En caso de que dos o más beneficiarios empaten en puntaje, se dará prioridad al beneficiario con mayor puntaje en el punto 1 de la tabla de factores de priorización precitada. De mantenerse el empate se dará prioridad al beneficiario con mayor puntaje en el punto 2 y así sucesivamente hasta llegar al punto 5 a partir de lo cual, se dirimirá por sorteo. 5.
Las viviendas acondicionadas para recibir a personas con discapacidad asociadas a movilidad reducida, serán asignadas por orden de prelación de la nómina, la que identificará a aquellas familias que registren discapacidad inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad a que se refiere el artículo 55 de la ley N° 20.422, que Establece Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, a partir de lo cual el Serviu deberá verificar que la discapacidad corresponda a movilidad reducida. 6. En caso que se produzcan desistimientos de beneficiarios en los cupos de vivienda ya asignados, se seguirá con el orden respectivo de la lista de prelación. 7.
Inscripción al Llamado El Ministerio de Vivienda y Urbanismo dispondrá de una plataforma de inscripción para que las familias interesadas, beneficiarias indicadas en el Resuelvo 1. de esta resolución, puedan concretar su participación y optar a cupos de vivienda destinada a familias vulnerables de los proyectos del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS N° 19 (V. y U. ), de 2016. Las personas interesadas deben contar con su número de cédula de identidad y clave única otorgada por el Registro Civil. El acceso a la plataforma estará disponible en la página web del Serviu y Seremi de esta Región.
Las personas que no tengan acceso a internet, que no cuenten con clave única o que presenten dificultades para manejar la plataforma computacional, podrán acercarse a las dependencias del Serviu de esta Región a Urmeneta N° 680, Puerto Montt; Mackenna N° 851, Osorno; Balmaceda N° 281, Castro; San Carlos N° 598, Ancud, y Calle Pedro Aguirre Cerda S/N, esquina Calle Diego Portales, Chaitén; para que se les apoye en este proceso.
Las familias interesadas podrán participar de un solo llamado a la vez, por lo tanto, para inscribirse en un nuevo Llamado, en caso de no obtener un cupo de vivienda, deberá encontrarse cerrado este proceso. 8.
Prelación de familias y ratificación de la inscripción Una vez concluido el período de inscripción establecido en el Resuelvo 1° de la presente resolución, se dispondrá una nómina con las familias inscritas, en orden de prelación, de acuerdo con los factores de priorización y al porcentaje de atención de familias según Programa de origen, en base a lo indicado en el último párrafo del Resuelvo 1. de esta resolución. Esta nómina será sancionada mediante resolución del Seremi de esta Región y será publicada en la página web del Serviu, indicando el RUN y puntaje de cada beneficiario.
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Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl Con esta nómina, el Serviu procederá a contactar a las personas inscritas, respetando el orden de prelación, a través de todos los medios que las familias hayan registrado en la plataforma (correo electrónico, número de teléfono, etc. ) para que acudan al Serviu a escoger entre las ofertas que contempla el Llamado y ratificar su inscripción al proyecto o, en caso contrario, rechazar el cupo.
En el mismo momento que las personas ratifiquen su inscripción, el/la funcionario/a del Serviu deberá proceder con la inscripción de la persona en el módulo de Reserva de vivienda del sistema informático Rukan, entregando un comprobante de inscripción a la familia beneficiaria. Este procedimiento se realizará, hasta completar el total de cupos disponibles para familias vulnerables en cada proyecto considerado en este Llamado.
Las personas inscritas que no puedan acudir al Serviu a ratificar su inscripción, podrán otorgar un poder notarial a un familiar directo (padre, madre, cónyuge o conviviente civil, hijos mayores de 18 años, o integrantes acreditados en su núcleo familiar de postulación) para que asista en su representación. La persona que no asista en la fecha y hora estipulada por el Serviu se entenderá que desiste de su cupo.
Las personas que hayan ratificado su cupo e inscriban su reserva de vivienda en el sistema informático, deberán firmar un “Comprobante de aceptación o rechazo de cupo” entregado por el Serviu, quedando una copia en poder de la persona y otra en poder de ese mismo Servicio, también se entregará en el mismo acto, el “Comprobante de Reserva de vivienda” que emite el sistema Rukan.
Las familias que, debido al orden de prelación, no hayan podido optar a una vivienda en alguno de los proyectos dispuestos en el presente Llamado, podrán seguir participando en los próximos Llamados a realizar por esta Seremi. Sin embargo, sólo podrán participar de un Llamado en forma simultánea. 9.
Publicación de Resultados Una vez que todas las familias ratifiquen su inscripción y se encuentren inscritas en el sistema informático, completando los cupos de viviendas disponibles en los proyectos contemplados en este Llamado, esta Seremi emitirá la nómina definitiva de las familias que hayan reservado su cupo, la que será publicada a través de los medios electrónicos habilitados para estos fines (página web Serviu) y estará disponible para la Entidad Desarrolladora respectiva. 10.
Participación en Plan de Integración Social De acuerdo a lo estipulado en el Art. 3 letra c) del DS N° 19 (V. y U. ), de 2016, las familias que se incorporen a los proyectos deberán participar de las actividades del Plan de Integración Social, el cual tiene por objetivo apoyar a las familias en el proceso de instalación en sus viviendas, a favorecer su integración en el nuevo barrio y a fortalecer la cohesión social.
Por ello, posterior a la incorporación de las familias al proyecto, la Entidad Desarrolladora deberá contactarlas, explicarles en qué consiste el Plan de Integración Social, e informarles la fecha tentativa en que empezarán a ejecutar las actividades. Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese. - Fabián Ignacio Nail Álvarez, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos.
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