OBESALUD SERVICIOS MEDICO LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.881 Viernes 21 de Junio de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2508509 EXTRACTO PAMELA FERNANDA VASQUEZ AVENDAÑO, Notario Público Suplente de la 37ª Notaría de Santiago, de doña Nancy de la Fuente Hernández, con oficio en calle Huérfanos 1117, oficina 1014, certifica: por escritura de fecha 14 de junio de 2024, Rep N 1959-2024, ante mí, don FELIPE IGNACIO PATIÑO SALAS y don SEBASTIAN ANDRÉS REYES JIMENEZ, ambos domiciliados para estos efectos en calle Huérfanos 1117 oficina 1011 de la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: “OBESALUD SERVICIOS MEDICO LIMITADA”. Nombre fantasía: “OBESALUD LIMITADA” o “OBESALUD LTDA.”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio agencias, sucursales o establecimientos resto país o extranjero.
Objeto El objeto de la sociedad será: A) la prestación de todo tipo de servicios médicos, como los de consulta, diagnóstico, curación, de tratamientos de todas clases, imagenología, operaciones e intervenciones de todo tipo y en general, toda actividad destinada a llevar a efecto de forma preventiva o interventiva prestaciones de medicina general o especializada en todas las áreas autorizadas en la actualidad por los Servicios de Salud del territorio de la república.
B) la realización y participación en todo tipo de inversiones de cualquier naturaleza, sea en su conformación o en forma de participación ante todo tipo de organismos públicos o privados; así como la participación o constitución de sociedades de cualquier giro u objeto en forma de inversionista o en asociación o cuenta en participación, sociedades y en general, inversiones de todo tipo o naturaleza. C) la participación en todo tipo de licitaciones de prestación de servicios profesionales en las áreas de la letra a o en toda otra relativa a la letra b de la presente clausula.
D) En general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social, la realización de todo acto o contrato destinado al cumplimiento del objeto social, pudiendo formar y participar en sociedades y asociaciones de todo tipo con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y que tengas por objeto la realización del objeto social, así como otras relacionadas o afines con las anteriores que los accionistas acuerden o determinen.
E) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos; debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; F) La compra, venta, arrendamiento, instalación, administración, explotación y comercialización de centros médicos, de salud, clínicas, consultas e interconsultas y centros terapéuticos y hospitalarios en general, orientados a la atención de personas en todas sus formas y especialidades.
Se entiende incorporado en ello la prestación de servicios profesionales, quirúrgicos, dentales, de Imagenología, rayos y afines, toma de muestras, exámenes, laboratorios clínicos, la compra y venta de insumos y artículos terapéuticos, prótesis y afines, como asimismo actividades de investigación científica, capacitación y educación. - G) Administrar las inversiones, proyectos y actividades anteriores y percibir sus frutos o rentas. y cualquier otro negocio que acuerden los socios.. Duración : La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término, mediante una declaración que se efectuará por escritura pública, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo estipulado o de alguna de sus prórrogas Capital: El capital social corresponde a la suma de $3.000.000 que se aporta por los socios en la siguiente forma: Uno) El socio don FELIPE IGNACIO PATIÑO SALAS, la suma de $1.500.000. - pesos que entera y pagan en este acto en dinero efectivo, ingresados en la caja social.
Dos) El socio don La socia SEBASTIAN ANDRÉS REYES JIMENEZ, la suma de $1.500.000. - pesos que entera y pagan en este acto en dinero efectivo, ingresados en la caja Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508509 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Utilidades: Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus aportes. - Administración y uso razón social La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios, quien anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de junio de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2508509 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl