Resolución exenta número 1.353, de 2024.- Autoriza al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, para destinar recursos, de conformidad a la glosa 8 de la partida del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la Ley N° 21.640, de Presupuestos para el año 2024
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.943 Jueves 5 de Septiembre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2541215 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO AUTORIZA AL SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA, DESTINAR RECURSOS QUE SE INDICAN, DE CONFORMIDAD A LA GLOSA 8 DE LA PARTIDA DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE LA LEY N 21.640, DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2024 (Resolución) Santiago, 30 de agosto de 2024. - Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 1.353 exenta.
Visto: La Ley N 21.640 de Presupuesto para el Sector Público correspondiente al año 2024; la resolución exenta N 662 (V. y U. ), de 2024, que aprueba los criterios y aspectos operativos para la ejecución de estudios preliminares y adquisición de terrenos en conformidad con la glosa 8 común a los Serviu de la Partida del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la ley N 21.640 ; el decreto exento N 27, de fecha 26 de junio de 2024 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Aprueba el Programa de Expropiación de Terreno destinado a la implementación del Proyecto denominado "Construcción de Viviendas con Equipamientos y Áreas Verdes de Esparcimiento y Recreación en Club Hipico de Punta Arenas", comuna de Punta Arenas; el ordinario N 1.065, de fecha 24 de julio de 2024, del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, y Considerando: a) Que la Glosa 8, de la partida referida al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, asociada al subtítulo 33 de la ley N 21.640, contempla la posibilidad de que los Servicios de Vivienda y Urbanización, puedan destinar hasta el 10% de los recursos de la asignación presupuestaria del Programa de Integración Social y Territorial y del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, para estudios preliminares y adquisición de terrenos, incluyendo sus cierres y resguardos. b) Que la resolución exenta N 662 (V. y U. ), de 9 de mayo de 2024, aprueba los criterios y aspectos operativos para la ejecución de estudios preliminares y adquisición de terrenos en conformidad con la glosa 8 común a los Serviu de la Partida del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la ley N 21.640. c) Que la solicitud requerida por el Serviu de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, se funda en el requerimiento de recursos para financiar estudios preliminares, en específico, estudios periciales para determinar el valor de la expropiación del terreno denominado "Club Hípico" de la comuna de Punta Arenas; cuyo plan de expropiación, se autorizó mediante el decreto exento N 27, de fecha 26 de junio de 2024 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que Aprueba el Programa de Expropiación de Terreno destinado a la implementación del Proyecto denominado "Construcción de Viviendas con Equipamientos y Áreas Verdes de Esparcimiento y Recreación en Club Hipico de Punta Arenas". d) En este entendido, este terreno ha sido identificado como un espacio estratégico para la construcción de viviendas de interés público en la Región de Magallanes, en particular, dentro del Programa de Arriendo Protegido.
Debido a la naturaleza del proceso de adquisición, es crucial contar con información precisa y detallada sobre el valor del terreno para garantizar que Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541215 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.943 Jueves 5 de Septiembre de 2024 Página 2 de 3 Serviu cumpla con sus obligaciones legales y financieras de manera transparente y suficiente, según lo que se detalla a continuación: d. 1. Necesidad de Redistribución de Recursos: Dado que los costos de adquisición superan el 10% del presupuesto regional disponible, es imperativo realizar una redistribución de los recursos para garantizar la viabilidad financiera del proyecto. Para proceder con esta solicitud, es esencial definir con precisión el valor de adquisición del terreno, el cual debe ser determinado por la comisión de peritos tasadores. El informe pericial resultante de este análisis será la base fundamental para justificar y estructurar la solicitud de redistribución de recursos a las instancias superiores. d. 2. Determinación del Valor de Adquisición: El estudio pericial es una herramienta crucial para establecer el valor justo y objetivo del terreno. A través de este informe, se obtendrá una evaluación detallada que considere múltiples factores, tales como el valor del suelo, las condiciones técnicas del terreno, y las posibles restricciones legales. Este valor será esencial no solo para garantizar una compensación adecuada a los actuales propietarios, sino también para fundamentar la solicitud de recursos adicionales necesarios para cubrir los costos de adquisición. Por lo tanto, este estudio es una inversión que contribuye a la viabilidad y sostenibilidad del proyecto a largo plazo. d. 3.
Base Técnica para la Toma de Decisiones: El informe pericial no solo servirá para definir el valor de adquisición, sino que también ofrecerá una base técnica sólida para la toma de decisiones en todas las etapas del proyecto. Este análisis previo es imprescindible para garantizar que las decisiones relacionadas con la adquisición y desarrollo del terreno sean informadas, estratégicas y alineadas con los objetivos de desarrollo regional y nacional. De esta forma, la asignación de recursos para un estudio pericial en este contexto es no solo necesaria, sino estratégica.
Este estudio permitirá definir con precisión el valor de adquisición, justificar la redistribución de recursos, y asegurar que la planificación financiera del proyecto de viviendas en la comuna de Magallanes se realice con la máxima eficiencia y responsabilidad. e) En este contexto, la resolución exenta N 662 (V. y U. ), de 2024, regula la implementación de estas medidas, permitiendo la asignación de recursos para la ejecución de estudios preliminares, según lo indicado en: e. 1. E1 numeral 5 que señala que los recursos destinados a estos estudios no podrán superar el 1% del presupuesto del programa regional. e. 2.
El numeral 8. de la resolución menciona que, en caso de requerirse estudios preliminares para determinar la factibilidad técnica y legal de la adquisición de terrenos, se deberá indicar el tipo de estudios necesarios y adjuntar un presupuesto para su ejecución. Los tipos de estudios que pueden ser financiados incluyen: mecánica de suelos, levantamiento topográfico, estudios de títulos, estudios periciales, estudios estructurales, tasaciones, estudios arqueológicos, medioambientales, de contaminación de suelos, entre otros. e. 3.
El numeral 12 establece que, mediante resolución, el Ministro de Vivienda y Urbanismo autoriza la adquisición y/o realización de estudios preliminares, y posteriormente, el numeral 13 indica que los resultados de dichos estudios deberán ser informados para determinar si se continúa con la adquisición. f) En este entendido, esta autoridad concluye que la solicitud se encuentra plenamente justificada, por lo que dicto la siguiente: Resolución: 1.
Autorízase al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, destinar la cantidad de $36.000.000 (treinta y seis millones de pesos), del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, de conformidad a la glosa 8 de la Partida del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de la ley N 21.640, de Presupuestos para el año 2024, con la finalidad de financiar los estudios periciales, para determinar el valor de expropiación del lote Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541215 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.943 Jueves 5 de Septiembre de 2024 Página 3 de 3 singularizado en el decreto exento N 27, de fecha 26 de junio de 2024 del Misterio de Vivienda y Urbanismo, que Aprueba el Programa de Expropiación de Terreno destinado a la implementación del Proyecto denominado "Construcción de Viviendas con Equipamientos y Áreas Verdes de Esparcimiento y Recreación en Club Hípico de Punta Arenas", comuna de Punta Arenas. 2.
Impútese el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al subtítulo 33, ítem 01, asignación 133, subasignación 010, del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, del presupuesto del Servicio de Vivienda y Urbanización de la ·Región de Magallanes y la Antártica Chilena, vigente para el año 2024. Anótese, publíquese y archívese. - Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento. - Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2541215 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl